Mes: enero 2016

  • SMI 2016

    SMI 2016

    Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2016.

    El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

    Al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.

    Los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo antes indicado la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que en ningún caso la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 31,03 euros por jornada legal en la actividad, así como la parte proporcional  correspondiente a las vacaciones legales mínimas en los supuestos en que no existiera coincidencia entre el período de disfrute de las vacaciones y el tiempo de vigencia del contrato.

    En los demás casos, la retribución del período de vacaciones se efectuará de acuerdo con el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de aplicación.

    Para el caso de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, el salario mínimo  será de 5,13 euros por hora efectivamente trabajada.

    Real Decreto 1171/2015 (BOE 30/12/2015)

     

  • Ayudas. Eficiencia energética en desaladoras.

    Ayudas. Eficiencia energética en desaladoras.

    EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO, aprobó la RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 25 de noviembre de 2015, del Consejo de Administración, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en desaladoras – BOE núm. 310 de fecha 28 de diciembre de 2015

    El objeto del presente programa de ayudas (en adelante Programa) es incentivar y promover la realización de actuaciones en desaladoras, que disminuyan las emisiones de dióxido de carbono mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, conforme a las condiciones establecidas por las presentes bases y el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020, al estar prevista su cofinanciación por FEDER.

    BENEFICIARIOS

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas los promotores titulares de las inversiones correspondientes a cualesquiera de las actuaciones contempladas en las tipologías establecidas en la base tercera y anexo I, que cumplan, además, alguno de los siguientes requisitos:

    1. Empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que sean propietarios de plantas desaladoras.
    2. Empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que sean concesionarias o explotadoras de plantas desaladoras. En este caso se deberá acreditar documentalmente el vínculo concesional o de explotación con el propietario de las instalaciones.
    3. Empresas de servicios energéticos, entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser beneficiaras, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en los anteriores apartados a) o b) y llevar a cabo las inversiones incluidas en la tipología de proyectos recogidos en estas bases, debiendo acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada. En este caso, la ayuda deberá ser repercutida al concesionario, explotador o propietario de las instalaciones.

    Las ayudas objeto de esta convocatoria podrán solicitarse una vez transcurra un mes natural desde el día siguiente al de publicación de las bases en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta la conclusión de la vigencia del Programa, lo cual sucederá cuando se produzca la primera de las siguientes circunstancias:

    1. Que conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible, incluidas, en su caso, las posibles ampliaciones presupuestarias que pudieran acordarse.
    2. Que transcurra (1) un año natural desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo establecido en el siguiente apartado.

    Más información en http://www.iaf.es/admin/ayudas/ver.php?id=293

  • Programa EMPRENDETUR INTERNACIONALIZACIÓN

    Programa EMPRENDETUR INTERNACIONALIZACIÓN

    EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO, aprobó la RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se convocan por tramitación anticipada ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Internacionalización en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo, correspondientes al ejercicio 2016 – BOE núm. 312 de fecha 30 de diciembre de 2015

    Se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Internacionalización en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.

    La presente convocatoria se regirá por la Orden IET/2200/2014, de 20 de noviembre, («BOE» núm. 285, de 25 de noviembre de 2014), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Internacionalización en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.

    El plazo máximo de presentación de solicitudes será de quince días que se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

    Más información en http://www.iaf.es/admin/ayudas/ver.php?id=294

  • Programa ARAID. Convocatoria 2015

    Programa ARAID. Convocatoria 2015

    La Fundación ARAID informa que ha lanzado su Convocatoria 2015 del Programa ARAID (Contratación de investigadores en universidades, centros de investigación y empresas ubicadas en
    Aragón) que permite abrir nuevas líneas de investigación o reforzar estratégicamente las existentes.

    Se pretende contratar hasta un máximo de 8 Investigadores/as que demuestren una trayectoria investigadora sólida y gran capacidad de liderazgo.

    Áreas de Investigación prioritarias:
    • Biomedicina y ciencias de la salud
    • Ingeniería de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC)
    • Ciencia y tecnologías agroalimentarias
    • Desarrollo social y cultural
    • Medioambiente y sostenibilidad
    • Nanociencia y nanotecnología
    • Desarrollo tecnológico basado en nuevos materiales y procesos

    – requisitos –

    Los candidatos/as han de ponerse directamente en contacto con la Institución (Universidad/Centro de Investigación en Aragón/Empresa) en la que estén interesados/as para obtener su aceptación (Formulario de Expresión de interés) y remitir a ARAID su solicitud por vía electrónica a través de la web de ARAID antes del 29 de Febrero de 2016.

    En la web de ARAID (www.araid.es) se encuentra toda la información necesaria para poder completar las solicitudes.

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