Mes: abril 2017

  • Ayudas a PYMES de Aragón para participar en el Programa Plan Internacional de Promoción (Misión comercial a Corea y Taiwán)

    Ayudas a PYMES de Aragón para participar en el Programa Plan Internacional de Promoción (Misión comercial a Corea y Taiwán)

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    ANUNCIO de la Cámara de Comercio de Zaragoza, relativo a convocatoria de ayudas a empresas PYMES de Aragón.

    La Cámara de Comercio de Zaragoza anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Misión Comercial a Corea y Taiwán que se celebrará del 15 al 22 de julio de 2017).

    Beneficiarios:

    Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Cuantía:

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 59.640 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 50% con cargo a los fondos FEDER, a través del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”.

    Convocatoria:

    El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Zaragoza. Además puede consultarse a través de la web www.camarazaragoza.com

    Plazo:

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 22 de mayo de 2017. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com.

  • Concursos y Licitaciones: BOA – 28/04/2017

    Concursos y Licitaciones: BOA – 28/04/2017

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    • CORRECCIÓN de errores del anuncio del Departamento de Educación, Cultura y Deportes, de licitación de un contrato de redacción de anteproyecto de actuaciones de protección y proyecto de obras para la protección de la estancia 26 de la Villa romana de la Malena (Azuara, Zaragoza). (Publicado en BOA nº75 de 20 de abril de 2017)
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Ejecución de obras del “Proyecto constructivo de actuaciones de mejora destinadas al incremento de la capacidad de regulación interna y la optimización energética del funcionamiento de las infraestructuras de riego de la C.R. Margen Derecha del Guadalope, en los términos municipales de Caspe, Fabara y Maella (Zaragoza)”.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Suministro de una impresora industrial 3D de gran formato para el diseño y fabricación de piezas y componentes dedicados al mantenimiento de equipos e instalaciones del Hospital Universitario Miguel Servet.
      [Ver ANUNCIO BOA]
  • CEPYME Aragón valora positivamente el crecimiento del empleo pero reclama objetivos a largo plazo

    CEPYME Aragón valora positivamente el crecimiento del empleo pero reclama objetivos a largo plazo

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    Según la Encuesta de Población Activa (EPA), publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la tasa de ocupación de Aragón ha subido un 1,69% respecto a 2016 y el paro ha bajado un 13,4%, así la cifra total de desempleados en Aragón es de 85.700 y la tasa de paro es del 13,32%, más de 5 puntos por debajo de la media nacional.

    Respecto a los datos intertrimestrales, el número de personas en desempleo ha descendido este primer trimestre de 2017 un 2,4% respecto al cuarto trimestre de 2016 pero debido a una disminución de la población activa (-0,83%) mayor que el de la población ocupada (-0,58%).

    El presidente de CEPYME Aragón, Aurelio López de Hita, ha señalado que “los datos interanuales son positivos e indican que la senda que seguimos es la correcta, sin embargo siguen existiendo otros problemas como la distribución de la riqueza o la falta de confianza empresarial”.

    Los datos trimestrales así como sectoriales (el empleo en la industria y la construcción sigue cayendo) ponen de manifiesto la importancia del apoyo a la actividad empresarial y, más especialmente, a las PYMES y autónomos que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad. Además, CEPYME Aragón quiere recordar que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores.

    No hay que conformarse con las cifras, ya que éstas cada mes pueden variar, sino que hay que plantearse políticas a medio y largo plazo que permitan reequilibrar el tejido empresarial y generar estabilidad”, ha destacado López de Hita. “La pequeña empresa está teniendo dificultades y necesita apoyo para seguir adelante”, ha recordado.

  • Verso Suelto (26/04/2017) –  La lentitud y sobrerregulación administrativa

    Verso Suelto (26/04/2017) – La lentitud y sobrerregulación administrativa

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    VERSO SUELTO.
    Opinión de nuestro Presidente, D. Aurelio López de Hita, en relación al panorama empresarial actual.

    Tema:  La lentitud y sobrerregulación administrativa 

     

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  • Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME

    Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME

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    ORDEN EIE/516/2017, de 10 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2017 ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

    Beneficiarios:

    1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, puntos 3, 4 y 5 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016).

    2. Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar validamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial en el sentido que determina el Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma o a otras actividades económicas cuando éstas tengan un potencial diferenciado de valor añadido, económico o social.

    3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este apartado como beneficiarios.

    4. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma.

    Actuaciones subvencionables:

    1. Se considerarán actuaciones subvencionables a desarrollar por los beneficiarios las previstas en el apartado tercero de esta orden y recogidas en la Actuación: “AP01-Incentivos a la competitividad industrial y de la PYME en Aragón” del P. O. FEDER Aragón 2014-2020, los proyectos que se realicen de forma efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón en el período subvencionable correspondiente, dentro de las categorías de ayudas regionales a la inversión, ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental y ayudas específicas en materia de innovación-derechos de propiedad industrial y en materia de servicios de consultoría, de las recogidas en el Capítulo II, artículo 7.1 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).

    2. Las ayudas podrán concederse dentro de las siguientes categorías de las contempladas en el artículo 7.1 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016):

    Ayudas regionales a la inversión:

    • Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

    Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:

    • Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
    • Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

    Ayudas a la innovación:

    • Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

    Ayudas para servicios de consultoría técnica:

    • Podrán ser objeto de ayuda los costes de servicios de consultorías de carácter técnico contratados. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

    3. El período para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de octubre de 2016 y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (…) los proyectos no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria, al margen de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos relacionados.

    4. En caso de que la importancia de la actuación para la que se solicita subvención requiera de un período de ejecución material superior a un ejercicio económico o período subvencionable, el solicitante podrá presentar el detalle de la programación plurianual prevista hasta un máximo de 3 anualidades consecutivas, a fin de que pueda disponerse de una información conjunta del proyecto y se pueda evaluar el interés socioeconómico de éste en toda su extensión, pudiendo aquél optar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016), y en concordancia con lo que pudiera establecerse en sucesivas convocatorias, a la presentación de solicitudes consecutivas que permitan una continuidad en el reconocimiento del interés del proyecto y de su suficiente desarrollo en el tiempo.

    Plazo:

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será de un mes, computado de fecha a fecha, a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria.

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