Mes: octubre 2017

  • Ley de Unidad del Mercado y sentencias del T.C.

    Ley de Unidad del Mercado y sentencias del T.C.

    BOE

    Ley 20/2012, de Unidad del Mercado y sentencias del Tribunal Constitucional de 22 de junio y 5 de octubre de 2017.

    En sentencia Nº 79/2017, de 22 de junio de 2017 (BOE 19 de julio), y resolviendo un recurso planteado por el Parlamento de Cataluña, sobre la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, se han declarado  inconstitucionales dos preceptos de la misma por los que se articula la “licencia única”, referida al principio de eficacia en todo el Estado de las normas y actos dictados por una comunidad autónoma para ejercer actividades económicas.

    Sin embargo el TC “ha acordado anular los artículos 19 y 20 de la ley, que regulaban la eficacia supraterritorial de las normas y actos de las comunidades autónomas para la producción o puesta en el mercado de un producto o servicio”, porque, a su juicio,  los artículos 19 y 20 de la ley “prescinden del requisito previo de equivalencia de las normativas aplicables en las distintas comunidades autónomas para la producción o comercialización del mismo bien o servicio, privando, de esta forma, de eficacia a la normativa aprobada en los territorios de destino basándose en sus propias competencias”. Se exigiría, pues, que antes de establecer la licencia única, “el Estado apruebe estándares mínimos comunes a través de los títulos competenciales horizontales que le proporcionan los artículo 149.1 y 13 de la Constitución”.

    Era intención de la citada Ley  el  reducir los trámites burocráticos para poner en marcha una empresa antes de entrar en funcionamiento extendiendo la validez de ciertas autorizaciones a todo el territorio nacional. La ley estableció la licencia única para comercializar bienes y servicios en toda España y preveía la creación de un Consejo de Unidad de Mercado. Con esta norma el Gobierno aspiraba a solucionar la fragmentación del mercado interior, fruto de la existencia de 17 normativas autonómicas distintas.

    Pero el tema no ha acabado ahí: dos nuevas sentencias Nºs 110 y 111, de 5 de octubre de 2017 (BOE 24 de octubre), declaran igualmente la inconstitucionalidad de los artículos 6 (Principio de eficacia de las actuaciones de las autoridades competentes en todo el territorio nacional), 21.2 (Determinación de la Autoridad competente en la supervisión de los operadores económicos) y realizan una interpretación auténtica del 26,5-b).

    Tras estas sentencias (en especial tras la declaración de la inconstitucionalidad del citado artículo 6), la Ley 20/2012, de Unidad del Mercado, se queda en un instrumento legal muy lejos de los objetivos previstos en su exposición de motivos y de escasa eficacia práctica.

    Recordemos que, en su día, la norma recibió el respaldo claro de las asociaciones empresariales (CEPYME y CEOE) que vieron en la misma una forma real de ahorro y de eliminación de trabas burocráticas en la actividad de las empresas.


    Sentencias del TC:

    http://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25467

    http://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25468

    http://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25412

  • Ayudas a empresas en centros de emprendedores o parques tecnológicos

    Ayudas a empresas en centros de emprendedores o parques tecnológicos

    BOA_EscudoBoletin

    EXTRACTO de la Orden EIE/1630/2017, de 19 de septiembre, por la que se convocan las ayudas con destino a la inversión a favor de empresas instaladas en CEEI ARAGON, Parques Tecnológicos y Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

    Las ayudas tienen como finalidad el desarrollo y consolidación de proyectos de inversión de empresas instaladas o en proceso de instalación en los Centros Europeos de Empresas e Innovación existentes en Zaragoza, Huesca y Teruel (CEEI Aragón), los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, así como para empresas instaladas o en proceso de instalación en el Parque Tecnológico Walqa y en el Parque Tecnológico del Motor de Aragón.

    Beneficiarios

    Solo podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas y jurídicas privadas, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el párrafo segundo del apartado 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las excepciones recogidas en el siguiente punto.

    Será condición imprescindible que, en el momento de la solicitud de la ayuda, la empresa esté instalada o bien aprobada su instalación en CEEIARAGON, en un centro perteneciente a los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, en el Parque Tecnológico Walqa o en el Parque Tecnológico del Motor.

    Cuantía

    El importe total de la convocatoria es de ciento quince mil euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

    Provincia de Teruel:

    Hasta el 35% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 25% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 15% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Provincias de Huesca y Zaragoza (a excepción de la ciudad de Zaragoza):

    Hasta el 30% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 20% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 10% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Ciudad de Zaragoza:

    Hasta el 20% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
    Hasta el 10% de los costes subvencionables para medianas empresas.
    Hasta el 5% de los costes subvencionables para grandes empresas.

    Los porcentajes de ayudas a conceder en concepto de subvención por alquiler serán los siguientes:

    a) 50% del coste del alquiler del primer año.
    b) 25% del coste del alquiler del segundo año.

    La suma de las ayudas correspondientes en concepto de alquiler del primer y segundo año no podrá superar el 75% de la subvención total concedida a la empresa.

    El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de minimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Novedades tributarias de la nueva Ley de Autónomos

    Novedades tributarias de la nueva Ley de Autónomos

    aeat

    Reproducimos, por su interés y complementando anteriores Circulares, el contenido de la pagina Web de la Agencia Tributaria sobre tal tema.

    PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 6/2017, DE 24 DE OCTUBRE, DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

    Deducibilidad de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad en estimación directa.

    El artículo 11 de la Ley 6/2017 añade las letras b) y c), con efectos desde el 1 de enero de 2018, a la regla 5ª del apartado 2 del artículo 30 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los siguientes términos:

    1. Contribuyentes que afecten parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica.
      En estos casos, serán deducibles los gastos de suministros de dicha vivienda entendiéndose por tales agua, gas, electricidad, telefonía e Internet.
      Tales gastos serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
      El procedimiento para calcular el importe deducible de estos gastos se muestra a través del siguiente ejemplo:
    La vivienda habitual de un contribuyente tiene 100 m². El contribuyente afecta a la actividad económica que desarrolla 40 m². Los gastos anuales por suministros ascienden a 5.000 euros.

    Proporción de la vivienda habitual afecta: 40 m² / 100 m² = 40%
    Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%
    Gastos deducibles: 5.000 € x 12% = 600 €
    1. Gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica.
      Los contribuyentes podrán deducir para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica en estimación directa los gastos de manutención que cumplan los siguientes requisitos:
      · Ser gastos del propio contribuyente.
      · Realizarse en el desarrollo de la actividad económica.
      · Producirse en establecimientos de restauración y hostelería.
      · Deberán abonarse utilizando cualquier medio electrónico de pago.

    Estos gastos tendrán como límite máximo los importes establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores que se contienen en el artículo 9.A.3.a) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


    Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (BOE, 25-octubre-2017)

  • Concursos y Licitaciones: BOA – 31/10/2017

    Concursos y Licitaciones: BOA – 31/10/2017

    BOA_EscudoBoletin

    • Suministro e instalación de alumbrado ornamental exterior del Palacio de la Aljafería.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Acondicionamiento de la carretera A-220 de La Almunia de Doña Godina a Belchite, del P.K. 20+500 al P.K. 26+500. Tramo: Cariñena-Tosos.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Ensanche, acondicionamiento y refuerzo de firme de la carretera A-121, de Magallón a La Almunia de Doña Godina, del P.K. 15+000 al P.K. 24+670. Tramo: Fuendejalón-Ricla. Fase I
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Licitación de tres contratos de servicios:
      – Servicios de limpieza en las Oficinas Comarcales Agroambientales y sus delegaciones en el Alto Gállego (Sabiñánigo), Sobrarbe (Boltaña), Ribagorza (Graus y Castejón de Sos), la Litera-Binéfar y la Litera-Tamarite de Litera), Cinca Medio (Monzón), Los Monegros (Grañén y Bujaraloz), Hoya de Huesca (Ayerbe y Almudévar) todas ellas dependientes del Servicio Provincial del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca
      – Servicio de limpieza y recogida de selectiva de residuos en las Oficinas Comarcales Agroambientales y sus Delegaciones de Albarracín, Alfambra, Andorra, OCA y Laboratorio de Mora de Rubielos, Oficina Veterinaria de Mosqueruela, Valderrobres, Panel de Catas de Alcañiz, Oficina Auxiliar de la OCA de Alcorisa en Mas de las Matas y de la sede de la Subdirección Provincia de Medio Ambiente de Teruel.
      – Servicios de limpieza en las Oficinas Comarcales Agroambientales y sus delegaciones en Alagón, Ariza, Belchite, Borja, Cariñena, Caspe, Daroca, Ejea De Los Caballeros, Épila, Illueca, La Almunia Quinto de Ebro, Sos del Rey Católico, Sádaba (Oficina Auxiliar de Sos), Tarazona, Tauste y Zuera. Todas ellas Dependientes del Servicio Provincial del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Mejora del impacto de Aragón Open Data entre los diferentes tipos de usuarios potenciales y la creación de Aragón Open Data News como canal de comunicación
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Dirección (arquitecto e ingeniero) de las Obras de construcción del nuevo Centro de Salud de Binéfar (Huesca).
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Dirección de ejecución y coordinación de seguridad y salud de las obras de construcción del nuevo Centro de Salud de Binéfar (Huesca).
      [Ver ANUNCIO BOA]
  • Arex centralizará la atención a empresarios afectados por la crisis de Cataluña

    Arex centralizará la atención a empresarios afectados por la crisis de Cataluña

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    ©DGA

    La consejera de Economía, Industria y Empleo, Marta Gastón, ha anunciado hoy que la empresa pública Aragón Exterior (Arex), centralizará a partir de mañana la atención a los empresarios catalanes y aragoneses que desde hace semanas vienen acudiendo a distintas instancias de la Comunidad en busca de información ante la incertidumbre creada por la crisis política y social de Cataluña.

    Gastón ha explicado ésta y otras decisiones adoptadas por el grupo de trabajo constituido recientemente, del que CEPYME Aragón forma parte, para seguir y prevenir o atenuar en lo posible las inevitables afecciones que la crisis en la Comunidad vecina tendrá especialmente en Aragón, más que en otros territorios del país, dado que las relaciones comerciales son mucho más intensas.

    Como dijo días atrás, en la primera reunión del grupo de trabajo, Aragón es el primer cliente de Cataluña, con unas compras por valor de 10.000 millones de euros al año -tanto como la mercancías que salen a Francia-, y el segundo proveedor, con unas ventas de 4.000 millones de euros a la Comunidad vecina.

    La consejera ha recordado que en las últimas semanas se vienen intensificando las consultas tanto de empresarios catalanes, interesados sobre todo en las posibilidades de cambio de domicilio social (que suele ir aparejado al fiscal), y también de empresas aragonesas con relaciones comerciales con la Comunidad vecina, que se centran en otros ámbitos como puede ser el financiero.

    “Hemos consensuado que el marco idóneo para unificar todas estas respuestas y canalizar todas estas consultas va a ser Arex”, ha explicado. Y ha añadido que los profesionales de esta sociedad –integrada en la Corporación Empresarial Pública de Aragón (CEPA) dentro del Departamento de Economía-, atenderán las consultas en horario de mañana y tarde en colaboración con todos los integrantes de grupo de trabajo y en particular con el Colegio de Economistas para los aspectos más técnicos y consultas especializadas.

    Asimismo, ha señalado que se contará para esta tarea de información y asesoramiento a las empresas afectadas por la crisis de Cataluña con los clústeres constituidos en Aragón para lo que sean cuestiones específicas de los respectivos sectores de actividad económica.

    Y respecto a la principal inquietud manifestada por numerosas empresas aragonesas que mantienen intensas relaciones comerciales con Cataluña, referente a posibles dificultades de financiación, ha explicado que desde Arex también se les brindará la disponibilidad de las herramientas financieras propias del Gobierno de Aragón: Avalia en el ámbito de las garantías para operaciones de crédito y Sodiar (Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón) y en el caso de Teruel también SUMA (Sociedad para la Promoción y Desarrollo Empresarial de Teruel).

    Los estudios que vaya realizando el Observatorio de Coyuntura que se decidió crear para seguir la crisis catalana permitirán conocer con más detalle las afecciones en cuanto a crecimiento o impacto en los distintos sectores productivos de la Comunidad.

    Por consenso se ha decidido que el ámbito académico debe ser el núcleo de este Observatorio destinado a “evaluar o tratar de anticiparse a los posibles y distintos escenarios que puedan ir surgiendo” -como el de las elecciones autonómicas catalanas anunciadas por el Gobierno central para el 21 de diciembre o la concurrencia o no a las mismas de los distintos partidos políticos- para facilitar la toma de decisiones.

    En ese ámbito académico, se integrará junto al resto de miembros del grupo de trabajo y asumirá la gestión del Observatorio un equipo de la Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Zaragoza coordinado por el catedrático de Economía Aplicada, Eduardo Bandrés, que fue además diputado autonómico y consejero de Economía, Hacienda y Empleo entre 1999 y 2006.

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