Mes: diciembre 2017

  • ACCIONES PRL CEPYME ARAGÓN. AÑO 2017

    ACCIONES PRL CEPYME ARAGÓN. AÑO 2017

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    CEPYME ARAGÓN ha venido desarrollando durante 2017 diversas actuaciones en virtud del Convenio de colaboración celebrado con el Gobierno de Aragón para el desarrollo de acciones en materia de PRL.

    La Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo (2017-2020), fruto del con­senso establecido en el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL), integra el objetivo de mejora continua de las condiciones de trabajo y de la seguridad y salud de las empresas aragonesas y de sus trabajadores y trabajadoras como sello de iden­tidad propio de nuestra Comunidad Autónoma, así como la reducción permanente y constante de la gravedad y número de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

    Es primordial el papel de las organizaciones empresariales y sindicales para el desarrollo, ejecución e implantación en los centros de trabajo de cada uno de los objetivos específicos de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo: analizar y evaluar la sinies­tralidad laboral y la gestión preventiva; mejorar la eficiencia y el fortalecimiento de las institu­ciones; reforzar la participación de los interlocutores sociales; promover, apoyar y fomentar la prevención de riesgos laborales; impulsar la formación y educación en seguridad y salud; potenciar la innovación en prevención e intensificar la vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.

    En los últimos años, los índices de siniestralidad han aumentado en nuestra Comunidad; por ello, es fundamental que tanto la Administración autonómica como los agentes sociales continúen esforzándose en mejorar la calidad de la gestión de la prevención en riesgos labo­rales.

    En este contexto se ha desarrollado el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y Cepyme Aragón para el desarrollo de acciones en materia de prevención cuyas acciones son las siguientes:

    Acción número 1. Comunicación en prevención: divulgación de actividades, eventos y noticias relacionados con la prevención de riesgos laborales.
    El objetivo de esta acción es sensibilizar y divulgar a las empresas, autónomos y asocia­ciones empresariales información pertinente, actualizada y ajustada a sus necesidades sobre prevención de riesgos laborales que les ayude al cumplimiento de sus obligaciones legales y responsabilidades y a realizar un trabajo sin ningún riesgo, con la finalidad expresa de conse­guir unos entornos laborales más seguros y saludables a través de nuestro Blog Canal PRL y nuestras redes sociales.
    Acción número 2. Proyecto sobre coordinación de prevención de riesgos laborales en el gremio electricidad.
    CEPYME ha elaborado un Manual para la prevención de riesgos laborales en el sector de la electricidad, con la colaboración de la Federación Aragonesa de Instaladores Electricistas (FARIE).
    Con la elaboración de este manual se pretende, por un lado, que las empresas del sector electricidad conozcan los riesgos específicos existentes relativos a su actividad y establecer buenas prácticas que permitan prevenir problemas que pudieran surgir por los riesgos detectados. Y, por otro lado, que dispongan de toda la información necesaria para conocer y llevar a cabo la coordinación de actividades empresariales.
    Acción número 3. Prevención y seguridad vial en desplazamiento “in itinere” y en el interior de las empresas situadas en polígonos industriales.
    Continuando con la labor de concienciación sobre la prevención en materia de seguridad vial a empresas situadas en polígonos industriales iniciada en el 2016, CEPYME en colaboración con la Asociación de Industriales de la Ribera Baja del Ebro ha elaborado en este 2017 un nuevo estudio sobre puntos críticos de posible siniestralidad en materia de seguridad vial en los polígonos industriales El Espartal (El Burgo de Ebro), La Atalaya I y II (Gelsa) y La Zaida, aportando recomendaciones y medidas preventivas con la finalidad de evitar accidentes de tráfico, tanto desde la perspectiva del desplazamiento en misión como in itínere.
    Acción número 4. Jornadas de difusión a empresas incluidas en los polígonos, objeto de estudio de las acciones 2016.
    CEPYME ARAGÓN con la colaboración de la Asociación de Industriales de la Ribera Baja del Ebro han trabajado conjuntamente en la realización de dos Jornadas sobre Seguridad vial en empresas situadas en los polígonos de La Noria – El Vadillo de Burgo de Ebro, La Corona de Fuentes de Ebro, Los Royales de Pina de Ebro, el Polígono Industrial de Quinto y empresas situadas en la carretera N-232 entre el Burgo de Ebro y Quinto para la difusión de los resultados del estudio realizado en 2016 sobre puntos críticos en materia de seguridad vial en los polígonos industriales antes mencionados, aportando recomendaciones y medidas preventivas con la finalidad de evitar accidentes de tráfico.
    Dichas jornadas contaron con la presencia de la Directora General de Trabajo del Gobierno de Aragón, Soledad de La Puente así como de los representantes de los Ayuntamientos afectados y de las empresas pertenecientes a los polígonos objeto de estudio.

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  • ACCIONES IGUALDAD CEPYME ARAGÓN. AÑO 2017

    ACCIONES IGUALDAD CEPYME ARAGÓN. AÑO 2017

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    CEPYME ARAGÓN ha venido desarrollando a lo largo de 2107 diversas actuaciones en virtud del convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la financiación de gastos derivados de acciones en materia de igualdad durante el año 2017.

    Dentro del seno del Consejo de Relaciones Laborales de Aragón, se ha creado el grupo de trabajo sobre planes de igualdad en las empresas del que forman parte la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los agentes sociales y, dentro del cual se ha constatado tanto la eficacia de los planes de igualdad como el déficit de información y sensibilización en el tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Aragón respecto a la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de las relaciones laborales.

    Por todo lo cual, es fundamental el papel de las organizaciones empresariales y sindicales para asesorar e implantar en los centros de trabajo planes y medidas de igualdad a través de la negociación colectiva, así como para sensibilizar e informar con la máxima difusión posibles sobre los beneficios de la plena incorporación de mujeres y hombres en condiciones de igualdad a las empresas de la Comunidad Autónoma.

    Las acciones desarrolladas por CEPYME ARAGÓN en virtud del citado convenio, durante el año 2017 han sido las siguientes:

    Acción número 1: Diagnóstico sobre la implementación de medidas y planes de igualdad en las empresas de Aragón.
    Se trata de obtener un diagnóstico real y actualizado de la situación de empresas, organizaciones y entidades privadas y públicas que operan en Aragón, en relación a la adopción de medidas y planes de igualdad en el ámbito laboral, con el objeto de asesorarles y tratar de proponer las medidas adecuadas que permitan seguir avanzando en esta materia. Estas actuaciones se desarrollarán en común por los agentes sociales.
    Acción número 2: Campaña de divulgación de actividades, eventos, noticias, publicaciones, relacionados con la igualdad en el ámbito laboral.
    Se ha continuado dotando de contenidos actualizados en el blog canal de comunicación específico de igualdad dentro de la web corporativa de CEPYME-Aragón y se ha realizado difusión de información específica en materia de igualdad en las redes sociales más extendidas.
    Acción número 3: Servicio de Asesoramiento a Pymes en materia de igualdad.
    La misión principal de este servicio de asesoramiento es la de atender a las necesidades concretas de las pymes aragonesas, a lo largo del itinerario del diseño y ejecución de los planes de igualdad o de cualquiera de las fases del proceso de implantación; para ello, se ha creado dentro del canal de información sobre igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral en el que las empresas han podido realizar consultas en la materia, dando apoyo a la implantación voluntaria de planes de igualdad en pymes, colaborando en el diseño, implantación y seguimiento de los mismos y dando información a las empresas que así lo han solicitado sobre medidas de igualdad a desarrollar en la empresa. Así mismo se ha habilitado un espacio en el que se han incluido un listado con las preguntas más frecuentes (FAQ´s) que se hacen las pymes en materia de igualdad.

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  • G.T. Prevención y Seguridad Industrial de PYMES (Boletín 03/2017)

    G.T. Prevención y Seguridad Industrial de PYMES (Boletín 03/2017)

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    Se acaba de publicar el Boletín nº 3 (2017) del Gabinete Técnico de Prevención y Seguridad Industrial de PYMES de CEPYME ARAGÓN relativo a las noticias, normativa, publicaciones, etc… que en materia de Prevención de Riesgos Laborales han surgido, y destacamos, en los últimos meses.

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  • Subvenciones del Plan Renove Aragón 2017. Resolución

    Subvenciones del Plan Renove Aragón 2017. Resolución

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    ORDEN EIE/2101/2017, de 18 de noviembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del “Plan Renove Aragón 2017” de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

    Dado que el volumen de solicitudes con derecho a ayuda es muy numeroso y con el fin de no demorar excesivamente el pago a los beneficiarios directos, se ha aplicado lo
    dispuesto en el artículo 11 de la orden de convocatoria, que dispone que “los establecimientos o empresas instaladoras adheridas, podrán realizar justificaciones al ritmo de ejecución de las
    acciones subvencionadas, abonándose la ayuda por cuantía equivalente a la justificación presentada”.

    Se concede ayuda…

    …a los particulares, beneficiarios finales, a través de los comercios y empresas instaladoras adheridos al Plan Renove Aragón 2017, beneficiarios directos, de conformidad con la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2017 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, relativa a las solicitudes presentadas desde el 5 de octubre al 10 de noviembre de 2017, que figuran en el anexo, “Informe 2 sobre las ayudas concedidas. Periodo del 5 de octubre de 2017 al 10 de noviembre de 2017” por las cuantías que en el mismo se indican y por el importe total para cada una de las líneas de actuación siguiente:

    1. Línea Electrodomésticos: 350.457,86 euros.
    2. Línea Calderas: 44.302,32 euros.
    3. Línea Aires Acondicionados: 200 euros.

    Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir todas las obligaciones que se establecen en el artículo 9 de la mencionada convocatoria.

  • Limitación de las emisiones de determinados agentes contaminantes

    Limitación de las emisiones de determinados agentes contaminantes

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    Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.23.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente. La habilitación para llevar a cabo este desarrollo reglamentario está contenida en la disposición final novena, apartado 1, de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.que faculta al Gobierno para que en el ámbito de sus competencias apruebe cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación, ejecución y desarrollo de lo establecido en la ley.

    El artículo 13 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, faculta al Gobierno, a revisar, con la participación de las comunidades autónomas, al menos cada cinco años, el anexo IV en el que se recoge el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y, en su caso, actualizarlo.

    El objetivo es adoptar una norma básica de aplicación en todo el territorio nacional, que establezca las medidas de reducción de las emisiones atmosféricas de los tres contaminantes a los que se refiere la directiva Directiva (UE) 2015/2193, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre del 2015, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas: dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y partículas -polvo- con independencia del combustible que empleen.

    Como precedentes debe nombrarse la aprobación de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) que regula el control de la contaminación de las instalaciones de combustión, con potencia térmica nominal igual o superior a 50 MW y que se ha transpuesto al ordenamiento jurídico español a través del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales.

    Sin embargo las instalaciones de combustión con potencia térmica nominal inferior a 50 MW, no se encontraban, en general, reguladas en el ámbito de la Unión Europea, existiendo por lo tanto un vacío normativo.

    El presente real decreto tienen por objeto incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2015/2193, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre del 2015, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas. Esta directiva establece, por vez primera, valores límites de emisión para este tipo de instalaciones, esto es, con una potencia térmica nominal igual o superior a 1 MW e inferior a 50 MW, que son una fuente importante de emisiones de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y partículas (polvo). Asimismo, viene a completar el vacío existente en la normativa europea que hasta ahora cubría el control de la contaminación de las instalaciones de combustión con potencia térmica nominal igual o superior a 50 MW. De este modo, se cubre completamente el control de las emisiones de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y partículas (polvo) para los rangos de potencia térmica nominal iguales o superiores a 1 MW. En ningún caso, la limitación de las emisiones de los contaminantes mencionados puede tener como consecuencia el aumento de otros agentes contaminantes como el monóxido de carbono, al que la norma pretende, al menos, tener medido.

    Las instalaciones de combustión medianas desarrollan actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y, en consecuencia, se encuentran recogidas en el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera del anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. En estos momentos, resulta necesario revisar y actualizar parte del catálogo mencionado para adecuar, en algunas de las actividades de la combustión, los rangos de potencia térmica y la asignación al grupo establecido en el catálogo, solo en algunos casos, con objeto de que se les pueda exigir el régimen de intervención administrativa y los controles de emisiones establecidos en la Directiva (UE) 2015/2193 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre del 2015, que ahora se transpone.

    La norma se estructura en 12 artículos que recogen la regulación aplicable a las instalaciones de combustión medianas y en particular, el objeto, ámbito de aplicación, definiciones del real decreto, normas de adición, valores límites de emisión, permisos, obligaciones para los titulares, evaluación del cumplimiento de valores límite de emisión, inspección, eficiencia energética, requisitos de información y comunicación así como una referencia al régimen sancionador.

    Esta norma incorpora, como novedad, valores límites de emisión para dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas y, además, establece mediciones para el control de las emisiones de monóxido de carbono (CO) procedentes de las instalaciones de combustión medianas. Esta norma será de aplicación a las instalaciones de combustión medianas cualquiera que sea el tipo de combustible que utilicen, así como a la combinación de nuevas instalaciones de combustión medianas cuya potencia térmica total sea igual o superior a 50 MW térmicos y no les sea de aplicación el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación. Además, se establece la obligación de que las autoridades competentes realicen un registro de todas las instalaciones medianas de combustión con la información que los titulares de las instalaciones aporten y que queda fijada en el anexo I.

    El texto se completa con tres disposiciones adicionales y cinco disposiciones finales.En cuanto a la disposición final primera, se actualiza la parte del catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, que afecta a las instalaciones de combustión medianas. Se modifican algunas de las actividades pertenecientes a los subgrupos de actividad de la generación de electricidad para red pública –0101–, generación de calor para distritos urbanos –0102–, refino de petróleo –0103–, transformación de combustibles sólidos –0104–, minería del carbón –0105–, combustión en los sectores comercial e institucional –0201–, residencial –0202– y agrario –0203–, y combustión en los sectores industriales -0301-. Se equiparan los rangos de potencia con los de la directiva y algunas de las actividades modificadas pasan a pertenecer al grupo «C», todo ello con el objeto de que se les puedan aplicar los requisitos establecidos en este real decreto en cuanto a régimen de intervención administrativa, plazos y controles de seguimiento de las emisiones, entre otros.

    Las actividades no contempladas en esta disposición final permanecen tal y como se establece en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, y en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.

    Por último, el real decreto incluye cuatro anexos con la información contenida en los anexos de la Directiva (UE) 2015/2193 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015.

    Se incorpora un anexo I con la información adicional que debe presentar el titular de una instalación de combustión mediana a la autoridad competente de las comunidades autónomas.

    En el anexo II se regulan los valores límite de emisión para las instalaciones de combustión medianas, como consecuencia de la transposición de la Directiva (UE) 2015/2193 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, en todo el territorio español a excepción de las instalaciones de combustión medianas situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, debido fundamentalmente a problemas técnicos y logísticos relacionados con la ubicación aislada de esas instalaciones. En esta Comunidad Autónoma se aplicarán unos valores límite de emisión específicos debidos a su insularidad y carácter ultraperiférico que se establecen en el anexo III.

    Y, por último, en el anexo IV se establecen los requisitos necesarios para que el titular de una instalación de combustión mediana pueda realizar el seguimiento de las emisiones así como la evaluación del cumplimiento de los valores límites de emisión.

    El Decreto, que tiene carácter de normativa básica (aplicable a todo el territorio nacional) entra en vigor al día siguiente de su publicación (24/12/2017)

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