Mes: febrero 2018

  • Ayudas a pymes para participar en el Plan Internacional de Promoción: Encuentro empresarial Francia – subsector alimentos frescos

    Ayudas a pymes para participar en el Plan Internacional de Promoción: Encuentro empresarial Francia – subsector alimentos frescos

    ANUNCIO de la Cámara de Comercio de Zaragoza, relativo a la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Encuentro Empresarial Francia – Sector Agroalimentario – Subsector Alimentos Frescos/perecederos, del 10 al 12 de abril de 2018).

    La Cámara de Comercio de Zaragoza anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Encuentro Empresarial Francia – Sector Agroalimentario – Subsector Alimentos Frescos/perecederos, del 10 al 12 de abril de 2018).

    Beneficiarios

    Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Objeto

    El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Cuantía

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 22.370 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 50% con cargo a los fondos FEDER, a través del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”.

    Convocatoria

    El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Zaragoza. Además puede consultarse a través de la web www.camarazaragoza.com.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 28 de febrero de 2018. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com

  • Informe sobre el Anteproyecto de Ley de secretos empresariales para reforzar la seguridad jurídica

    Informe sobre el Anteproyecto de Ley de secretos empresariales para reforzar la seguridad jurídica

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    El Consejo de Ministros celebrado el pasado día 9 de febrero ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales por la que se traspone al ordenamiento jurídico español una Directiva comunitaria de 2010, la Directiva relativa a la protección de los secretos comerciales.

    Esta Directiva tiene por objeto armonizar la legislación en esta materia de los Estados miembros de la Unión y fomentar la competitividad, al establecer normas mínimas comunes en materia de protección de los titulares de secretos empresariales, frente a la obtención, utilización y revelación ilícitas de los mismos y frente a la explotación no consentida de mercancías infractoras.

    Objetivos

    La norma tiene dos objetivos: por un lado, garantizar que la competitividad de las empresas europeas que se basa en información empresarial no divulgada esté protegida de manera adecuada, por otro, mejorar las condiciones y el marco para el desarrollo y la explotación de la innovación y la transferencia de conocimientos en el mercado interior.

    Las empresas están cada vez más expuestas a prácticas desleales que persiguen la apropiación indebida de secretos empresariales como el robo, la copia no autorizada, el espionaje económico o el incumplimiento de los requisitos de confidencialidad que comprometen la capacidad de su titular legítimo para aprovechar las ventajas que por su labor de innovación le corresponden. En consecuencia, la creatividad empresarial se puede ver desincentivada con los consiguientes efectos para la inversión y el buen funcionamiento del mercado.

    España cuenta con una regulación moderna en esta materia que entronca con las pautas europeas que garantizan el respeto a la propiedad industrial y ofrece medios adecuados para su tutela judicial. Actualmente la protección del secreto empresarial en España se realiza mediante cláusulas de confidencialidad en los contratos celebrados con otros operadores económicos, pactos de confidencialidad incluidos en los contratos de los trabajadores de la empresa y a través de la Ley de Competencia Desleal.

    El Anteproyecto de Ley de Secretos Empresariales, para la que se autoriza la tramitación urgente del procedimiento de elaboración, regula aquellos aspectos procesales que permiten ofrecer a los titulares de secretos empresariales herramientas efectivas para la tutela judicial de su posición jurídica a través de un sistema de acciones robusto y de un proceso eficaz y respetuoso con las garantías de justicia y equidad pero desprovisto de formalidades innecesarias y concebido para tramitarse en un plazo razonable.

    Medidas

    Las acciones de defensa de los secretos empresariales habrán de aplicarse de forma proporcionada y evitando tanto la creación de obstáculos al libre comercio, como su ejercicio de forma abusiva o de mala fe. El marco jurídico se refuerza, así, con medidas en tres aspectos:

    • Incorpora una serie de reglas al objeto de preservar el tratamiento confidencial de la información que se aporte o se genere en el proceso y que pueda constituir secreto empresarial.
    • Ofrece un marco normativo para que el demandante pueda preparar el ejercicio de su acción. Se garantiza, así, el derecho a la tutela judicial efectiva a través del desarrollo de diligencias de comprobación de hechos, medidas para acceder a las fuentes de prueba en poder del futuro demandado o de terceros y, en su caso, de medidas de aseguramiento de las mismas.
    • Incorpora reglas singulares en materia de medidas cautelares para asegurar la eficacia de su acción y evitar de manera inmediata la revelación, uso u obtención ilícita del secreto empresarial.

    (Fuente: Gobierno de España)

  • ARADE y Cruz Roja organizan la jornada: “El acceso al empleo en el sector de la dependencia”

    ARADE y Cruz Roja organizan la jornada: “El acceso al empleo en el sector de la dependencia”

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    Día: 14 de febrero
    Hora: 12 horas
    Lugar: 
    Oficina provincial de Cruz Roja Española en Zaragoza. C/ Sancho y Gil 8.

    La Asociación Aragonesa para la Dependencia, ARADE, y Cruz Roja Zaragoza organizan junto a la Agencia de las cualificaciones profesionales de Aragón la jornada: El acceso al empleo en el sector de la dependencia.

    La jornada está dirigida a informar al sector de la atención a personas dependientes sobre la acreditación de competencias y el acceso al empleo. Además, a la finalización del evento, las empresas interesadas se podrán adherir al marco de colaboración aprobado.

    El pasado mes de diciembre, ARADE y Cruz Roja Zaragoza firmaron un convenio de colaboración para favorecer el empleo de personas con especiales dificultades de inserción laboral en residencias, centros de día y de asistencia domiciliaria.

    ARADE forma parte de CEPYME Aragón, que se unió a Cruz Roja Zaragoza y a su #RetoSocialEmpresarial en 2017 para fomentar la inserción laboral de los colectivos más vulnerables.

    Programa

  • Modificación del Reglamento de instrumentación de los compromisos por pensiones con los trabajadores y el Reglamento de planes y fondos de pensiones

    Modificación del Reglamento de instrumentación de los compromisos por pensiones con los trabajadores y el Reglamento de planes y fondos de pensiones

    BOE

    Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

    – Información ampliada –

    Se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones para incluir el nuevo supuesto de liquidez en planes de pensiones y sistemas análogos y adaptar los procedimientos de movilización de derechos.

    En este mismo sentido, se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios en relación con los seguros concertados con mutualidades de previsión social y planes de previsión social empresarial.

    Se ha optado por no establecer limitaciones ni condicionantes adicionales para la disponibilidad de los derechos consolidados, considerando que este supuesto de liquidez, en función de la antigüedad de las aportaciones, supone un incentivo para la contratación de estos productos que puede impulsar el desarrollo de los sistemas de previsión social complementaria. Adicionalmente, se incide especialmente en el contenido de la información a los partícipes y asegurados y en las movilizaciones de derechos.

    Por otra parte, se modifica el artículo 84 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, que regula las comisiones de gestión y depósito a percibir por las entidades gestoras y depositarias de fondos de pensiones. En el caso de las comisiones de gestión, se sustituye el importe máximo único por una tabla de comisiones máximas en función de las diferentes políticas de inversión de los fondos, lo que se ajusta más a las características propias de la gestión de las inversiones de los fondos de pensiones, promoviendo una reducción mayor en los fondos con criterios inversores más prudentes y orientados a la preservación del capital, como son los que tienen un componente total o mayoritario de renta fija.

    También se reduce la comisión máxima de depósito para todos los fondos de pensiones. Igualmente, se introducen en el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones algunas modificaciones en materia de inversiones de los fondos de pensiones con el fin de adaptar algunas referencias normativas y la tipología de activos aptos a la normativa europea y a determinadas leyes como la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. También se han introducido modificaciones en relación con la concreción formal de los criterios de cálculo del valor liquidativo de las participaciones en las especificaciones de los planes y fondos de pensiones.

  • Desayuno ARAME – 23/02/2018

    Desayuno ARAME – 23/02/2018

    CARTELARAME

    El primer #DesayunoARAME del año ya tiene fecha y con una gran ponente como es Ana Vázquez Beltrán, Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, con el título El INAEM: Un aliado para el empleo.

    Día: 23/02/2018
    Hora: 8.45h
    Lugar: Hotel Reina Petronila (Av. Alcalde Sainz de Varanda, 2). Parking gratuito
    Precio: 7 euros

    Es necesario confirmar asistencia en inscripcionesarame@arame.org

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