Mes: mayo 2018

  • Horeca Hoteles Zaragoza pone en marcha la I Edición del Concurso “Lo Tuyo es Puro Teatro”

    Horeca Hoteles Zaragoza pone en marcha la I Edición del Concurso “Lo Tuyo es Puro Teatro”

    Horeca

    La Asociación de Empresarios de Hoteles de Zaragoza y su Provincia y la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, ponen en marcha la primera edición del concurso “Lo Tuyo es Puro Teatro”, en Hoteles de Zaragoza y su Provincia, a través de la cual las cafeterías y bares de los hoteles, toman la forma de escenario teatral, representándose las obras finalistas del concurso de Microteatro organizado.

    El concurso de obras de Microteatro, que se desarrolló bajo el lema “está pasando en un bar” tuvo una excelente acogida, y en ella participaron escritores que están comenzando a dar sus primeros pasos como escritores, y que desearon enviar las obras redactadas exclusivamente para ésta ocasión, debiendo contextualizarse la trama de la historia, en el entorno de una cafetería o bar. De éste modo, se recibieron obras desde Argentina, Andalucía, Cataluña o Aragón.

    Tras las deliberaciones realizadas por el Jurado designado, se han seleccionado un total de cuatro obras que serán las que se representen durante los días 1,2, 8 y 9 de junio, siendo el propio público que decida disfrutar de ésta experiencia quien decidirá el ganador del concurso, y la asignación del resto de premios diseñados.

    Esta acción, tiene por objetivo abrir los hoteles a la propia ciudadanía de la localidad en que se sitúan, poniendo en valor los servicios complementarios de que disponen, habilitar nuevos espacios culturales accesibles para el público general, y potenciar a los grupos y actores locales que se están iniciando en éste noble arte.

    El acceso a las representaciones será totalmente gratuito, y libre. A continuación pasamos a detallar, la programación diseñada:

    • Viernes 1 de junio, a las 20:00 y 21:30 horas, se representará la obra “Lexatines” en el Hotel Ibis Centro** (C/ Sobrarbe 95, Zaragoza).
    • Sábado 2 de junio, a las 20:00 y 21;30 horas, se representará la obra “ Y si fuera ella”, en el Habitat Center “Los Girasoles”****.(Av. César Augusto,27, Zaragoza.
    • Viernes 8 de junio, a las 20:00 y 21:30 horas, se representará la obra “Verse”, en el Hotel Tryp de Zaragoza**** (Av. Francia s/n, Zaragoza).
    • Sábado 9 de junio, a las 20:00 y 21:30 horas, se representará la obra “Gin Tonic”, en el Hotel Sauce** (C/ Espoz y Mina, 33, Zaragoza).
  • Competencias autonómicas en materia de responsabilidad ambiental

    Competencias autonómicas en materia de responsabilidad ambiental

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    DECRETO 87/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

    Hace unos días anunciábamos la promulgación de la Orden estatal APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modificaba su anexo.

    Adaptándose a las exigencias de esa normativa y al calendario en ella fijado, se publica por el Gobierno de Aragón este Decreto 87/2018 en el que – realizando una reestructuración de las competencias del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad – añade una nueva disposición adicional sexta con la siguiente redacción:

    “Disposición adicional sexta. Competencia para la iniciación y resolución de los procedi­mientos de exigencia de responsabilidad medioambiental.

    Son órganos competentes del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad para la iniciación y resolución de los procedimientos de exigencia de responsabilidad medioambiental establecidas en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, los directores de los servicios provinciales cuando la valoración inicial de los daños sea inferior a doce mil euros; los directores generales cuando la valoración inicial de los daños sea superior a doce mil euros e inferior a treinta mil euros y el consejero cuando la valoración inicial de dichos daños sea superior a treinta mil euros”.

  • Modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

    Modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

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    Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, y la Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017.

    El Gobierno español aprobó el 13 de abril de 2018 el Real Decreto-Ley 2/2018, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

    Se realiza la transposición de la Directiva 2014/26/UE (la “Directiva 2014/26) relativa a la gestión de los derechos de autor y derechos afines, así como la Directiva (UE) 2017/1564 , sobre prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual, o con otras dificultades para acceder a textos impresos y, además, se introducen nuevos preceptos en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

    La precitada Directiva 2014/26 se marcaba tres objetivos:

    • La armonización del régimen jurídico aplicable a las entidades de gestión colectiva y a los nuevos operadores y figuras dentro de la gestión colectiva a nivel comunitario.
    • Refuerzo de la transparencia de estas entidades y establecer mecanismos para el control de su gestión.
    • Introducción de normas unificadas sobre licencias multiterritoriales y  obras musicales en los Estados CE.

    Con la transposición de tal Directiva, se abre el mercado a nuevos participantes, y se facilita el acceso al repertorio de obras musicales dentro de la Unión Europea, gracias a las licencias multiterritoriales.

    Así, el RDL contempla la posibilidad de que operen en España tanto las entidades de gestión colectiva de otros Estados, como las demás sociedades dependientes de entidades de gestión colectiva y los llamados operadores de gestión independientes, lo que abre el mercado de la gestión colectiva en España a nuevos participantes. Todas estas figuras tienen sus artículos y requisitos, y comparten el deber de comunicar el inicio de sus actividades al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

    Se introduce igualmente la figura legal de los operadores de gestión independiente: entidades legalmente constituidas y autorizadas por un contrato de gestión para gestionar derechos de explotación u otros de carácter patrimonial en nombre de varios titulares de derechos. A diferencia de las entidades de gestión colectiva, tienen ánimo de lucro y no están controlados por titulares de derechos.

    Esta norma regula por primera vez las licencias multiterritoriales no exclusivas de derechos en línea sobre obras musicales. Estas tienen por objeto facilitar a los proveedores de servicios de música en línea la obtención del permiso necesario, mediante una única autorización trasfronteriza, para utilizar, sin carácter de exclusiva, los derechos -i.e., reproducción y de comunicación pública, incluida la puesta a disposición- sobre obras o repertorios musicales en el territorio de varios Estados miembros e, incluso, de toda la Unión Europea.

    Se introduce un nuevo artículo 31 ter en el TRLPI, en el que se dispone que no se requerirá autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual para llevar a cabo actos de reproducción, distribución y comunicación pública de obras ya divulgadas que se realicen en beneficio de personas con discapacidad, siempre que tales actos no tengan ánimo de lucro; guarden una relación directa con la discapacidad de que se trate; se lleven a cabo mediante un procedimiento o medio adaptado a la discapacidad; y se limiten a lo que esta exige.

    Como materias no incluidas en la transposición de la Directiva, se mencionan como novedades:

    • La exigencia de tener saldadas las deudas con la entidad de gestión colectiva para que el titular de derechos pueda revocar su contrato de gestión (artículo 158.6 del TRLPI).
    • Establecimiento del plazo de cinco años del artículo 20.4 del TRLPI sobre reclamación de derechos por retransmisión por cable, para igualarlo con el plazo general de cinco años previsto en el artículo 177 del TRLPI para la reclamación de derechos de propiedad intelectual.

    La introducción de un plazo de un año, a contar desde la fecha de la factura de adquisición del equipo o soporte que motivó el pago de la compensación equitativa, para ejercer la acción de reembolso del artículo 25.8 del TRLPI.

  • Ayudas para la elaboración e implantación de planes de igualdad

    Ayudas para la elaboración e implantación de planes de igualdad

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    EXTRACTO de la Orden EIE/819/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan ayudas a la pequeña y mediana empresa para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes a 2018.

    Se convocan para el ejercicio 2018, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a pequeñas y medianas empresas de entre 50 y 250 personas trabajadoras, con centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo fin sea elaborar o implantar, por primera vez, planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Existe asignado a este fin un crédito total de doscientos mil euros (200.000,00€) pudiéndose financiar hasta el 80% de la actividad subvencionada. La cuantía máxima a percibir será de veinte mil euros (20.000,00€) y solo se otorgará una única ayuda para cada empresa.

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” (25 de mayo de 2015), por lo que el plazo finaliza el 15 de junio de 2018.

  • Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

    Subvenciones para la prevención de riesgos psicosociales en el trabajo

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    EXTRACTO de la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    MODIFICACIÓN POSTERIOR: Extracto de la Orden EIE/1404/2018, por la que se modifica la Orden EIE/822/2018, de 17 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    Beneficiarios

    • Tendrán la condición de beneficiarios, las empresas y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta orden.
    • Las empresas y entidades beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos generales siguientes:
      a) Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
      b) Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
    • Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.
    • Las empresas y entidades beneficiarias deberán acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.

    Acciones subvencionables

    • Programa de formación en liderazgo y comunicación destinado a trabajadores de las empresas o entidades que ocupen mandos intermedios.
      Objetivo: Potenciar el liderazgo y las estrategias comunicativas de los mandos intermedios, complementando sus conocimientos con contenidos prácticos de formación directiva y de comunicación.
      – Acciones formativas dirigidas a los mandos intermedios, con la finalidad de dotarlos de recursos y herramientas apropiadas, que permitan una correcta transmisión de información a sus equipos de trabajo y, que contribuyan a mejorar la calidad de las relaciones laborales y la productividad de la empresa.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Intervención y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud de los trabajadores de las empresas del sector medios de comunicación audiovisuales y prensa escrita.
      Objetivo: Sensibilizar e incrementar la cultura preventiva de los trabajadores pertenecientes a este sector, dotándoles de herramientas que les permitan gestionar los factores de riesgo psicosocial.
      – Acciones formativas dirigidas a directivos, mandos intermedios y trabajadores pertenecientes al sector que faciliten el conocimiento de las herramientas o medidas que pueden establecer para la mejora de la seguridad y salud laboral.
      – Se incluirá talleres prácticos para la obtención de habilidades de liderazgo y comunicación, que supondrán como mínimo un 50 % de las acciones formativas.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis sobre los riesgos psicosociales en las empresas del sector “call center”.
      Objetivo: Examinar los posibles factores de riesgo psicosocial, a los que se pueden enfrentar los trabajadores pertenecientes al sector “call center”.
      – Estudio y análisis de los factores de riesgos psicosociales de los trabajadores de este sector.
      – Recursos humanos del sector: características, perfiles, necesidades.
      – Diseño de intervenciones y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud laboral de estos trabajadores.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.
    • Análisis de los factores de riesgo psicosocial de la población juvenil ante la incorporación al mercado de trabajo.
      Objetivo: Analizar y evaluar las competencias clave, así como el grado de conciencia y conocimiento de los jóvenes en materia de prevención e intervención relacionada con la prevención primaria de los riesgos psicosociales en su incorporación al mercado laboral. Sensibilizar y formar en prevención de riesgos psicosociales y planificar acciones para este colectivo.
      – Estudio de fuentes documentales y análisis experimental que permita una evaluación del estado de percepción de los riesgos psicosociales en los jóvenes y su influencia en la satisfacción laboral y la eficacia profesional.
      – Planificación y desarrollo de la acción formativa, conclusiones y difusión de los resultados.
      Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros

    Plazo

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”, y, deberá ir acompañada de la documentación que se indica en el apartado noveno de la presente convocatoria. El solicitante de la subvención deberá ser la empresa, entidad o representante legal y se presentará en modelo normalizado según anexo I de esta orden, que estará disponible en la página web del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

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