Mes: julio 2018

  • Recordatorio de la normativa sobre el cobro de bolsas de plástico en comercios

    bolsascampaña

    Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.

    Como recordatorio de nuestras anteriores Circulares, publicadas con motivo de la promulgación del Real Decreto, reproducimos a continuación el texto informativo de la Dirección General de Sostenibilidad sobre la materia, destacando en todo caso del texto de la  norma lo siguiente:

    “ … c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.

    d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores”.

    Información útil para ciudadanos y comerciantes

    El Real Decreto indica que a partir del 1 de julio de 2018:

    Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico, a excepción de las muy ligeras (de menos de 15 micras) y las gruesas (de espesor igual o superior a 50 micras) con un porcentaje de al menos el 70% de plástico reciclado.

    El precio lo fija el comerciante, aunque el anexo I del Real Decreto establece los siguientes precios orientativos (con el IVA incluido):

    Espesor <15 micras necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granel.

    gratuitas

    Espesor <15 micras NO necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granel.

    0,05 € / bolsa

    Espesor ?15 micras y <50 micras.

    0,15 € / bolsa

    Espesor ?50 micras con un contenido en plástico reciclado <50%

    0,15 € / bolsa

    Espesor ? 50 micras con un contenido en plástico reciclado ?50% pero <70%

    0,10 € / bolsa

    espesor ? 50 micras con un contenido en plástico reciclado ? 70%

    gratuitas

    El comerciante debe informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.

    A partir del 1 de enero de 2020:

    • Se prohíben las bolsas de plástico fragmentable (fabricadas con aditivos que facilitan la fragmentación del plástico)
    • Las bolsas gruesas (de espesor igual o superior a 50 micras) deben contener al menos un 50% de plásticos reciclado

    A partir del 1 de enero de 2021:

    • Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor, excepto si son de plástico compostable.

    Estas medidas afectan tanto a las bolsas de plástico entregadas en los puntos de venta como a las que puedan suministrarse en la venta online y las entregadas a domicilio.

    Información útil para fabricantes e importadores de bolsas de plástico

    El Real Decreto también establece una serie de obligaciones para aquellos que ponen por primera vez bolsas de plástico en el mercado nacional. Estos son los fabricantes nacionales y los importadores de bolsas de plástico terminadas.

    Es obligatoria su inscripción antes del 19 de agosto de 2018 en la sección de bolsas de plástico del Registro de Productores de Productos, adscrito a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica, así como es obligatorio proporcionar la información anual relativa a la puesta en el mercado de bolsas de plástico.

    En breve se pondrá a disposición de los fabricantes la aplicación informática para su inscripción en el registro. En cuanto esté disponible se anunciará en la página web del Ministerio de Transición Ecológica.


    Modelo/Ejemplo (descargable) de cartel OBLIGATORIO para comercios y establecimientos:

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  • Envía tu idea o propuesta de mejora en la Cooperación al Desarrollo

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    Cada vez existe una mayor necesidad de aportar planteamientos innovadores para solventar problemas ecológicos, sociales y económicos complejos y, por ello, debe ser cubierta por personas y organizaciones de todo tipo, distintos sectores y un amplio entorno social.

    La Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado del Gobierno de Aragón promueve un completo Programa de Innovación y Tecnología para el Cambio Social, para que ONGs, Instituciones, empresas, comunidad Universitaria , estudiantes y ciudadanía en general, conozcan los problemas y retos a los que se enfrentan los diferentes actores implicados en la Cooperación al Desarrollo y, de este modo, promover la puesta en marcha y el lanzamiento de proyectos que impulsen la sostenibilidad económica y la viabilidad a largo plazo, escalables, sostenibles y replicables que den solución a las necesidades reales detectadas.

    Para ello, se pide la colaboración de todos en la cumplimentación de un formulario para enviar una idea o propuesta de mejora aplicable en la Cooperación al Desarrollo.

    Durante el mes de julio y agosto los miembros de Grupo de trabajo Innovación y Desarrollo estudiarán las diferentes propuestas con el objetivo de organizar los talleres de Design thinking que se celebrarán el próximo mes de septiembre.

    Formulario

  • Ayudas a pymes y autónomos para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1115/2018, de 11 de junio, del Instituto Aragonés de Fomento, por la que se convocan ayudas para infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas en la provincia de Teruel.

    Beneficiarios

    Empresas (grandes y pymes), autónomos y las entidades y administraciones públicas de la provincia de Teruel.

    Finalidad

    Proyectos de inversión en la provincia de Teruel relacionados con infraestructuras eléctricas, gasísticas e hidráulicas, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y de riqueza, sean generadores de empleo y contribuyan a la fijación de la población.

    Importe

    El importe total de la convocatoria es de un millón de euros. El importe de cada subvención no podrá ser inferior a 20.000 euros ni superar los 200.000 euros en el caso de empresas y los 500.000 euros en el caso de administraciones y entidades públicas.

    Plazo

    Un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Concursos y Licitaciones: BOA – 29/06/2018

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    • Prestación del servicio de comedor escolar y vigilancia y atención al alumnado en centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la provincia de Teruel para los cursos escolares 2018/2019 (período lectivo enero-junio del 2019) y curso 2019/2020. (3 lotes).
      [Ver ANUNCIO BOA]

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