Mes: septiembre 2018

  • El Grupo de Trabajo de Riesgos Psicosociales del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral crea un espacio web

    El Grupo de Trabajo de Riesgos Psicosociales del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral crea un espacio web

    RiesgosPsicosociales

    El Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL) es consciente de la necesidad de hacer llegar al mundo empresarial, así como a los trabajadores de nuestra Comunidad Autónoma de Aragón, la importancia del conocimiento de la presencia de factores de riesgo psicosocial asociados a la relación de convivencia dentro del entorno laboral y que pueden constituir factores de riesgo y generar un menoscabo en la calidad de vida del trabajador.

    Por este motivo, en octubre de 2015 se constituyó el Grupo de Trabajo de Riesgos Psicosociales en el seno del CASSL, de forma que la Administración, las Organizaciones Empresariales y las Organizaciones Sindicales pudieran tener un escenario donde trabajar para hacer visible esta dimensión de la prevención de riesgos laborales menos conocida.

    Como una de las primeras tareas del Grupo, del que CEPYME Aragón forma parte, se planteó crear un espacio web a través del cual ofrecer de forma sencilla y asequible para todos, información sobre el tema, distribuido y ordenado en distintos apartados. El contenido de esta página es el resultado de la colaboración y el consenso de los representantes de las organizaciones que conforman el Grupo de Trabajo.

    En su diseño, se ha hecho hincapié en la trascendencia que tienen, entre otros, la identificación y evaluación de estos riesgos psicosociales, así como la responsabilidad y compromiso, tanto de la empresa como de los trabajadores, definiendo de forma clara y accesible, ciertos criterios y conceptos importantes.

    Desde el seno de este Grupo de Trabajo, se mantendrán actualizados los contenidos de forma regular.

    Folleto informativo Web

  • Subvenciones para la contratación estable de jóvenes cualificados

    Subvenciones para la contratación estable de jóvenes cualificados

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    ORDEN EIE/1428/2018, de 5 de septiembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ).

    Convocatoria, para el ejercicio 2018, de las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ).

    Este programa de subvenciones se inserta en el Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad Joven que el Gobierno de Aragón presentó, junto con las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y los sindicatos UGT y CC.OO., el pasado mes de abril.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación estable y de calidad de personas jóvenes cualificadas y favorecer la mejora de su empleabilidad a través de empleos relacionados con su titulación universitaria, de formación profesional o de formación para el empleo.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos y las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en dicha orden y en la presente convocatoria, contraten a personas jóvenes por cuenta ajena mediante contratos laborales cuya duración sea al menos de dos años.

    Cuantía

    Las subvenciones previstas en esta orden contarán con una cofinanciación del 50 por ciento, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015.

    Criterios de cuantificación del importe de la subvención

    • Para los contratos indefinidos iniciales la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 24 una cantidad equivalente al 40 por ciento de la base mínima de cotización vigente correspondiente al grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional de la persona trabajadora contratada.
    • Para otras modalidades contractuales que prevean una duración inicial de al menos 24 meses de duración, la subvención será de un importe igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 24 una cantidad equivalente al 25 por ciento de la base mínima de cotización vigente que corresponda al grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional de la persona trabajadora contratada.
    • Las cuantías resultantes tras el cálculo descrito en los apartados anteriores se incrementarán por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes:
      – Un 10 por ciento adicional cuando la persona contratada sea mujer. Dicho porcentaje se elevará al 50 por ciento cuando el contrato se haya celebrado con mujeres desempleadas víctimas de violencia de género que acrediten documentalmente dicha condición en la forma prevista en la letra i) del apartado 3 del artículo 10 de la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio.
      – Un 10 por ciento adicional cuando la persona objeto de subvención sea contratada para prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en municipios de menos de 5.000 habitantes. Para computar el número de habitantes de los municipios aragoneses se tomarán como referencia las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal, referidas al día 1 de enero del año anterior a la correspondiente orden de convocatoria del programa, siempre que en la fecha de ésta hayan sido publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y declaradas oficiales por el Gobierno. De no ser así, se tendrán en cuentas las anteriores que hayan sido objeto de publicación.
      Los incrementos establecidos en este apartado serán compatibles y acumulables entre sí.
    • El importe de la subvención por contrato no podrá superar el límite del 70 por ciento de los costes salariales del trabajador contratado, excluidos los costes de Seguridad Social, correspondientes a dos anualidades. Quedará acreditado que no se supera el citado límite cuando la subvención aplicable no rebase el 70 por ciento de la cantidad que resulte de multiplicar por 2 el salario mínimo interprofesional anual con 14 pagas vigente en la fecha de inicio del contrato subvencionado.
    • No obstante, cuando el crédito para distribuir entre las solicitudes presentadas en una misma fecha no alcanzase al necesario para cubrir el importe total de las subvenciones a conceder, se procederá al prorrateo proporcional de dicho crédito entre los correspondientes solicitantes en función de la cantidad que les hubiera correspondido percibir, previa aceptación de los mismos en el plazo de 10 días. Si alguno de los solicitantes no aceptara el importe que le pudiera corresponder, dicho importe pasará a incrementar el total del remanente, que se prorrateará de nuevo entre el resto de solicitantes sin necesidad de una nueva aceptación.

    Plazo

    El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

    Para aquellos supuestos subvencionables que, encontrándose dentro del ámbito temporal de la presente convocatoria, se hubieren producido con anterioridad a la publicación de esta orden, el plazo de un mes para la presentación de solicitudes se contará a partir de su producción de efectos.

  • Jornada de Seguridad vial laboral: Carga y estiba

    Jornada de Seguridad vial laboral: Carga y estiba

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    Día: 19 de septiembre de 2018
    Hora: de 9 a 12 horas
    Lugar: Salón de actos del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. C/ Bernardino Ramazzini, 5, planta 1ª, Zaragoza.

    La Jornada Técnica “Carga y estiba“, organizada por Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral. (ISSLA) y la Jefatura Provincial de Trafico de Zaragoza, revisará la Guía Europea de mejores prácticas en sujeción de cargas y el RD 563/2017 sobre inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales.

    El objetivo de esta jornada es concienciar de la importancia de la estiba y sujeción en garantizar la seguridad del vehículo, la carga y las personas, para conseguir un tráfico más seguro por carretera, sin olvidar quién debe asumir la responsabilidad de una inadecuada carga y estiba.

    La jornada está dirigida a: 

    • Jefes de transporte y logística
    • Conductores profesionales
    • Personal de almacén
    • Operadores de carga y manipulación de mercancías
    • Asesores de transporte
    • Agentes de tráfico
    • Otras personas que intervengan en operaciones de transporte de mercancías.

    Programa e inscripción

  • Subvenciones para la implantación de instalaciones de refrigeración en establecimientos dedicados a la distribución comercial de alimentos

    Subvenciones para la implantación de instalaciones de refrigeración en establecimientos dedicados a la distribución comercial de alimentos

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    Real Decreto 1114/2018, de 7 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la implantación de instalaciones de refrigeración basadas en tecnologías alternativas a los gases fluorados de alto potencial de calentamiento atmosférico en establecimientos dedicados a la distribución comercial (Plan PIMA FRÍO).

    Concesión directa de ayudas para la sustitución, en establecimientos existentes de distribución comercial de alimentos, de sus instalaciones de refrigeración por instalaciones basadas en el uso de gases de bajo o nulo potencial de calentamiento (PCA) o bien la implantación, en establecimientos de distribución comercial de alimentos nuevos, de instalaciones de refrigeración basadas en gases de bajo o nulo PCA.

    Beneficiarios

    • Podrán ser beneficiarias de las ayudas todas las personas físicas o jurídicas dedicadas a la distribución comercial de alimentos que tengan su residencia fiscal en España. En el caso de establecimientos gestionados bajo un contrato de franquicia, será el franquiciado el que solicite la ayuda. Por distribución comercial de alimentos se consideran todos aquellos establecimientos dedicados al almacenamiento, exposición o distribución de productos, para su venta a usuarios finales, en venta al por menor y servicios alimentarios.
    • No podrán tener la condición de personas beneficiarias aquéllas en quienes concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Requisitos de los establecimientos de distribución comercial

    • Las instalaciones frigoríficas no deberán contener gases fluorados de efecto invernadero con un PCA igual o superior a 150, excepto en los circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada conforme a la definición de circuitos refrigerantes primarios de los sistemas en cascada que establece el artículo 2.38) del Reglamento (UE) n.º 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 842/2006, donde podrán emplearse gases fluorados de efecto invernadero con un PCA inferior a 1500.
    • Para todos los casos, el 100 % de la superficie de muebles de congelados y el 70% de los metros lineales de muebles frigoríficos que enfrían a temperatura igual o inferior a 6 ºC instalados en el establecimiento de refrigeración comercial deberán estar cerrados, ya sea mediante la instalación de puertas o tapas. Dentro de este porcentaje del 70%, no se considerarán los metros lineales de muebles frigoríficos correspondientes a la venta asistida de alimentos, así como de los muebles frigoríficos autónomos.
    • La nueva instalación ha de tener más de 40 kW de potencia frigorífica instalada.

    Cuantía

    La cuantía de las ayudas se determinará conforme al siguiente ratio: 650 euros por kW de potencia frigorífica instalada, con un máximo de 100.000 euros por instalación y de 200.000 euros por persona beneficiaria en el caso que una misma persona que resultare beneficiaria presente varias solicitudes.

    En ningún caso la misma empresa podrá obtener en tres ejercicios fiscales ayudas de minimis que superen en su conjunto 200.000 euros

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la finalización del plazo de un mes a que se refiere el artículo 1.3. En caso de que cualquiera de los días incluidos en el plazo de presentación resultara inhábil en alguna comunidad autónoma, conforme el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de Común de las Administraciones Públicas, se permitirá la recepción de solicitudes a efectos del cómputo de plazos y prelación temporal.

  • Jornada de Innovación y Tecnología para el cambio social

    Jornada de Innovación y Tecnología para el cambio social

    Jornada Cooperación Desarrollo

    Día: 26 septiembre de 2018
    Hora: De 10 a 14 horas
    Lugar: Sala Cook, Itainnova. Calle María de Luna, 7, Zaragoza

    Jornada de capacitación e intercambio de buenas prácticas que pondrá en contacto a ONGs, Instituciones, empresas, comunidad Universitaria , estudiantes y ciudadanía en general. En la jornada  se analizarán los problemas y retos a los que se enfrentan los diferentes actores implicados en la Cooperación al Desarrollo, y en la que todos los participantes trabajarán diferentes propuestas para promover la puesta en marcha y el lanzamiento de una serie de proyectos que impulsen la sostenibilidad económica y la viabilidad a largo plazo, escalables, sostenibles y replicables que den solución a las necesidades reales detectadas en la Cooperación al Desarrollo.

    La jornada constará de dos partes: una introductoria, dedicada a presentar las diferentes temáticas y necesidades y explicar qué es la metodología Design Thinking o “pensamiento de diseño” y una segunda parte, que se desarrollará en formato de taller en la que los participantes se integrarán en uno de los 5 talleres (en función del objetivo que han planteado en su inscripción) que trabajarán con la metodología Design Thinking, una potente herramienta que integra conceptos como el diseño, la innovación, la creatividad y tecnología y que permite abordar cualquier temática desde perspectivas inusitadas y facilita soluciones innovadoras a problemáticas de alto impacto social.

    Inscripción

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