Mes: marzo 2019

  • CEPYME Zaragoza forma parte de la Estrategia Zaragoza +20 de Ebrópolis

    CEPYME Zaragoza forma parte de la Estrategia Zaragoza +20 de Ebrópolis

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    La Asamblea General de socios de Ebrópolis, de la que forma parte CEPYME Aragón, aprobó el pasado miércoles la Estrategia Zaragoza +20. Este documento recoge el trabajo desarrollado a lo largo de dos años y en el que han participado más de dos centenares de personas a través de los distintos foros y grupos de trabajo, así como con sus aportaciones a la redacción del documento en diferentes momentos.

    Zaragoza y las localidades de su entorno tendrán así un nuevo pacto de ciudad -el cuarto en los últimos 25 años-, en el que se marcan las líneas estratégicas de futuro basadas en la mejora de la calidad de vida de las personas a través de un desarrollo sostenible y desde una visión metropolitana.

    Para la definición de la Estrategia Zaragoza +20 se han articulado operativamente cuatro grandes áreas: alcanzar una visión de futuro compartida, focalizar y priorizar áreas de actuación, identificar las líneas de trabajo y proyectos de acuerdo a las oportunidades que ofrecen Zaragoza y su entorno, y movilizar a expertos, agentes sociales y ciudadanos y comprometerles con el futuro de su ciudad.

    El acto contó con los responsables de las 13 entidades fundadoras de Ebrópolis, entre las que se encuentra CEPYME Aragón. Además, Federico Buyolo, director general del Alto Comisionado para la Agenda 2030, habló sobre la importancia de que las ciudades se alineen con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU y de cómo Zaragoza se ha posicionado en esta dirección gracias a la Estrategia Zaragoza +20.

  • Convocatoria para la presentación de proyectos a financiar con cargo al Fondo Verde para el Clima

    Convocatoria para la presentación de proyectos a financiar con cargo al Fondo Verde para el Clima

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    El Fondo Verde para el Clima (Green Climate Fund -GCF-) es un instrumento financiero constituido por la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en 2011. Su objetivo es financiar y apoyar proyectos y programas de mitigación y adaptación al cambio climático en países en desarrollo y emergentes. La movilización, canalización y gestión de los recursos del Fondo se realiza a través de entidades acreditadas como COFIDES1 , única entidad española con dicha certificación.

    COFIDES invita, a través de esta Convocatoria, a entidades privadas (empresas, consultores, bancos comerciales, gestores de fondos, etc.) y organismos públicos (ministerios, autoridades regionales, locales, instituciones públicas, etc.) a presentar proyectos públicos y privados de mitigación y adaptación en los países en desarrollo y emergentes elegibles para el GCF que requieren de financiación. 

    Requisitos

    • Económicos:
      Coste del proyecto. El coste total del proyecto será de al menos 10 millones de USD y no podrá superar los 250 millones de USD.
      Divisa. La solicitud de financiación de los proyectos deberá ser en USD o EUR.
      Solicitud de financiación a COFIDES. La financiación solicitada a COFIDES será como máximo el importe menor entre: el 20% del total del coste del proyecto o 30 millones de USD.
      Recursos solicitados al GCF. Los recursos solicitados al GCF (independientemente de su naturaleza) no podrán ser superiores al 25% del importe total del proyecto.
      Límite de donación. La solicitud de donación al GCF no podrá ser superior al 5% del importe aportado por el GCF.
      Apalancamiento. El apalancamiento de recursos privados deberá ser al menos de 1:3.
      Modelo financiero. El proyecto deberá contar con un modelo financiero para justificar la viabilidad del mismo. La Nota Conceptual deberá incluir una propuesta de estructura financiera preliminar con todos estos condicionantes financieros.
    • De alcance:
      Elegibilidad geográfica. Los proyectos deberán desarrollarse en los países elegibles para el GCF que son los firmantes de la Conferencia de las Partes (COP) de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y que figuran en el Non-Annex 1. Más información sobre los países elegibles, aquí. 
      Elegibilidad sectorial. El proyecto presentado deberá estar contemplado en las ocho áreas de impacto establecidas por el GCF. Pueden consultarse las ocho áreas de impacto aquí
      Adicionalmente, no podrán presentarse proyectos en aquellos sectores o actividades recogidos en la lista de exclusión de COFIDES
      – Criterios de inversión del GCF. El proyecto debe cumplir con los seis criterios de inversión establecidos por el GCF (en la Nota Conceptual se deberá detallar qué subcriterio o subcriterios establecidos por el GCF cumple el proyecto). Pueden consultarse los seis criterios de inversión, sus subcriterios y los indicadores establecidos por el GCF aquí.
      Interés local. El proyecto deberá estar alineado con las prioridades y la programación del punto focal del país (National Designated Authority -NDA-) o países de destino.

    Plazo

    La fecha límite para el envío de las notas conceptuales a COFIDES será el 30 de junio a las 19:00 horas CET.

    Más información

  • Verso Suelto (27/03/2019) – La sobrerregulación normativa

    Verso Suelto (27/03/2019) – La sobrerregulación normativa

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    VERSO SUELTO.
    Opinión de nuestro Presidente, D. Aurelio López de Hita, en relación al panorama empresarial actual.

    Tema:  La sobrerregulación normativa

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  • Jornadas informativas sobre la convocatoria de ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

    Jornadas informativas sobre la convocatoria de ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables

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    Con motivo de la publicación de la ORDEN EIE/263/2019, de 14 de marzo, por la que se convocan para el año 2019, ayudas en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el BOA del 22 de marzo, se van a realizar presentaciones de dicha convocatoria en Huesca, Teruel y Zaragoza.

    Beneficiarios

    • Podrán ser beneficiarios  las empresas privadas y autónomos, las corporaciones locales, las instituciones o entidades sin ánimo de lucro y las comunidades de propietarios. Los particulares, entendiendo como tales exclusivamente las personas físicas, podrán ser beneficiarios de subvenciones a la inversión en las actuaciones subvencionables recogidas en el apartado segundo, punto 1.b) geotermia y punto 1.e) solar fotovoltaica.
    • Para que una corporación local pueda obtener la condición de beneficiario, esta debe acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este apartado como beneficiarios.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
    • Cuando se trate de empresas, éstas deberán cumplir todos los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca, lo que deberá acreditarse mediante certificación o informe favorable del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad sobre declaración responsable emitida por la empresa. Asimismo quedan excluidas del acceso a cualquier tipo de ayuda o subvención, por el período de tiempo que dure la sanción, las empresas que hubiesen sido sancionadas por la autoridad laboral competente mediante Resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46.bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, lo que se acreditará mediante informe de la citada autoridad laboral.
    • Cuando las actuaciones subvencionables se realicen mediante inversiones de empresas de servicios energéticos, en el ejercicio de sus funciones, la solicitud de ayuda por dicha actuación subvencionable tan solo la podrá realizar la empresa de servicios energéticos. Dicha empresa de servicios energéticos deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 7 y 9 del Real Decreto-Ley 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

    Actuaciones subvencionables

    • Se considera actuación subvencionable la ejecución de proyectos e instalaciones en materia de ahorro y diversiifcación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:
      a) Biomasa. Aprovechamiento de los residuos agrícolas, forestales, ganaderos, urbanos y cultivos energéticos para su explotación energética en procesos productivos y en calderas de calefacción y agua caliente. En concreto, la utilización de la biomasa en calderas de potencia máxima de 1 MW para producción de energía térmica para uso residencial, servicios, agrícola, ganadero o industrial. Ya se trate de una nueva instalación, o de la sustitución de una caldera o quemador de otra tecnología.
      b) Geotermia. Sondeos y captaciones de energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su aprovechamiento en los sectores residencial, servicios, agrícola, ganadero o industrial con una potencia térmica máxima de 70 kW para el caso que los beneficiarios sean particulares, o de 500 kW para el caso que los beneficiarios sean empresas privadas, autónomos, corporaciones locales, instituciones o entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios.
      c) Solar Térmica. Captación de energía térmica del sol para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, con una potencia térmica máxima de 250 kW.
      d) Minihidráulica. Instalaciones de autoconsumo eléctrico con o sin conexión a la red de distribución eléctrica hasta un máximo de 100 kW de potencia instalada. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
      e) Solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos. Instalaciones de autoconsumo eléctrico, con o sin conexión a la red de distribución eléctrica, hasta un máximo de 100 kWp de potencia eléctrica instalada de paneles solares fotovoltaicos y, en su caso, de paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente) hasta un máximo de 250 kW de potencia térmica. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
      f) Eólica y solar fotovoltaica. Instalaciones de autoconsumo eléctrico de tecnología eólica o que integren las tecnologías eólica y fotovoltaica, con o sin conexión a la red de distribución eléctrica, hasta un máximo de 100 kW de potencia instalada total. Para su aprovechamiento en instalaciones agrícolas, ganaderas, industriales, del sector servicios o residencial, electrificación rural, vivienda, alumbrado, bombeo, regadío, producción de hidrógeno, aplicaciones para la movilidad sostenible, etc.
    • Serán subvencionables las actuaciones relativas a la ejecución de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes. Cuando se trate de la sustitución de anteriores instalaciones de energía renovable, solo será subvencionable la parte de la inversión proporcional a la potencia aumentada de la instalación.
    • Las actuaciones indicadas deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • El período para realizar y pagar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de enero de 2019 y se extiende hasta el 5 de noviembre de 2019, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dado el carácter cofinanciado de estas ayudas por parte del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), las actuaciones no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria, al margen de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos relacionados.

    Jornadas informativas

    Zaragoza

    Día: 5 abril
    Hora: 
    16:00h
    Lugar: 
    Sala Jerónimo Zurita.
    Edificio Pignatelli, puerta 19 planta baja.
    Paseo María Agustín, 36.

    Huesca

    Día: 3 abril
    Hora:
     16:00h
    Lugar:
    Edificio Ricardo del Arco.
    C/ Ricardo del Arco, 6

    Teruel

    Día: 4 abril
    Hora:
     16:00h
    Lugar
    : Salón de Actos.
    Edificio Carmelitas.
    C/ San Francisco, 1

  • La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón organiza la exposición “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”

    La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón organiza la exposición “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”

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    Día: del 8 al 14 de abril
    Lugar: Sala Hipóstila, Auditorio de Zaragoza

    La Asociación de Artistas Plásticos Goya Aragón ha preparado una nueva exposición colectiva en nuestra ciudad, que se realizará del 8 al 14 de Abril de 2019, en el mismo espacio del pasado año: la magnífica Sala Hipóstila, del Auditorio de Zaragoza, dentro del Distrito Universidad de nuestra ciudad.

    En esta ocasión, el proyecto se abrirá también a la participación de la asociación y del colectivo de varios artistas de las asociaciones del Este de París, Artistes Belleville, Menilmontant, Lilas, Belleville y Le 100 y lleva por título “CONFLUENCIAS, Ebro-Sena”, en referencia a los dos simbólicos ríos, Sena y Ebro, que bañan nuestras respectivas ciudades de París y Zaragoza.

    UN OBJETIVO DE INSPIRACIÓN PARA TODOS 
    Las dos ciudades implicadas en el proyecto que tienen en común la suerte del fluir de dos caudalosos ríos, Ebro y Sena, que siempre han sido origen de vida, de historia, de cultura, de arte…
    A lo largo del tiempo, la confluencia de los ríos de estas dos ciudades ha supuesto sentimientos encontrados de unión y división, de nexo y frontera, de progreso y desastre, de amor y temor, de paz y guerra…

    Los limos que aportan las corrientes de ambos ríos, son un regalo de promesa de vida.
    En el respeto de sus riberas confluye una maravillosa riqueza vegetal y una variadísima fauna como promesa de prosperidad, y de futuro… Por el contrario, en la agresión a esta naturaleza se unirán la inquietante amenaza,la tragedia humana, el caos, la muerte…

    La palabra Confluencias encierra en sí misma prometedoras connotaciones: ríos, corrientes, reuniones de personas de diferentes lugares,.. que inspiran este proyecto, creando ríos de cultura y creatividad, corrientes de ideas compartidas, reunión de grupos de artistas procedentes de dos ciudades lejanas, con un nexo común: el enriquecimiento mutuo a través del intercambio de arte y su libre expresión.

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