Mes: marzo 2020

  • Comunicación de la Dirección General de Migraciones sobre el alcance del estado de alarma en los procedimientos en materia de extranjería

    Comunicación de la Dirección General de Migraciones sobre el alcance del estado de alarma en los procedimientos en materia de extranjería

    Compartimos la Comunicación de la Dirección General de Migraciones sobre el alcance del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, en relación con la suspensión de plazos administrativos y su incidencia en los procedimientos en materia de extranjería.

    Incluye información sobre:

    • Solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, cuya tramitación se encuentre en fase de propuesta de resolución favorable
    • Emisión de los certificados de silencio positivo en las solicitudes presentadas al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
    • Suspensión de los procedimientos de solicitudes (iniciales o renovaciones) presentadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, cuya tramitación se encuentre en fase de propuesta de resolución denegatoria o de archivo
    • Serán aceptados aquellos documentos exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya expirado durante la actual situación de excepcionalidad
    • Suspensión de los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible a consecuencia de la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus
    • Solicitudes de autorizaciones (iniciales y renovaciones) presentadas con posterioridad al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo e impulso del procedimiento en la medida en que ello sea posible sin causar perjuicios de los interesados

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  • Criterio operativo sobre medidas y actuaciones de Inspección de Trabajo por el coronavirus

    Criterio operativo sobre medidas y actuaciones de Inspección de Trabajo por el coronavirus

    Por su interés y por su utilidad para la adopción de medidas de prevención en los centros de trabajo, se acompaña el Criterio Operativo nº 102/2020 sobre medidas y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social relativas a situaciones derivadas del nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2).

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  • Actualidad fiscal

    Actualidad fiscal

     

    Pago de deudas con tarjetas de crédito y de débito mediante Cl@ve PIN

    Se permite el sistema de firma electrónica no avanzado (Cl@VE PIN) en los pagos de deudas a Entidades colaboradoras que se realicen con tarjetas de crédito o de débito. Ya se permitía este sistema para los pagos con cargo en cuenta.

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    Urgente: Certificados electrónicos de próxima caducidad

    En relación con aquellos contribuyentes cuyo certificado electrónico esté caducado o próximo a caducar, se informa que la AEAT permite el uso de los certificados caducados en su SEDE de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

    Es posible que su navegador habitual no se lo permita en cuyo caso se recomienda por la AEAT que se traslade al FireFox para poder seguir usándolo.

    Si se tienen dudas  sobre cuestiones técnicas informáticas se facilitan los siguientes teléfonos:

    Teléfono: 901 200 347 o 91 757 57 77.

     

    IRPF y Patrimonio del ejercicio 2019. Modelos y plazos de declaración

    Como en todos los ejercicios fiscales, se publica la Orden que determina los sujetos pasivos obligados a realizar la autoliquidación del IRPF y Patrimonio, las características de los modelos de declaración, el borrador y forma de obtención del mismo, así como el modo y plazo de presentación.

    No varía el plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, que será el comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive.

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  • La AEAT elabora un documento con preguntas frecuentes para aclarar dudas tras la declaración del Estado de Alarma

     

    Se publica en la AEAT un documento (pdf) con preguntas frecuentes que pretenden aclarar las dudas derivadas de la aplicación en el ámbito tributario del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

    El documento incluye:

    • Preguntas generales
    • Preguntas sobre plazos iniciados antes del 18 de marzo
    • Preguntas sobre plazos iniciados desde el 18 de marzo
    • Preguntas sobre el plazo para interponer recursos y reclamaciones
    • Preguntas sobre procedimiento inspector 

    Acceder al documento

  • Gestión de los residuos domésticos en hogares con positivos o en cuarentena por coronavirus

    Gestión de los residuos domésticos en hogares con positivos o en cuarentena por coronavirus

    Con motivo de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha sido emitida por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico una Instrucción sobre gestión de residuos domésticos y el COVID-19.
     

    Hogares con positivos y/o cuarentena

    Siguiendo dicha Instrucción, desde el Ayuntamiento de Zaragoza se ruega a la ciudadanía atender las siguientes indicaciones sobre manejo domiciliario de los residuos en hogares con positivos o en cuarentena por COVID-19, atendiendo el principio de precaución y agradeciendo la máxima colaboración de toda la ciudadanía:

    1.- Los  residuos del paciente, incluido el material desechable utilizado por la persona enferma (guantes, pañuelos, mascarillas), se han de eliminar en una bolsa de plástico (bolsa 1) en un cubo de basura dispuesto en su habitación, preferiblemente con tapa y pedal de apertura, sin realizar ninguna separación para el reciclaje.

    2.- Esa bolsa de plástico (bolsa 1) debe cerrarse adecuadamente y ser introducida en una segunda bolsa de basura (bolsa 2), al lado de la salida de la habitación, donde además se depositarán los guantes y mascarilla utilizados por el cuidador y se cerrará adecuadamente antes de salir de la habitación.

    3.- La bolsa 2, con los residuos anteriores, se depositará con el resto de los residuos domésticos en la bolsa de basura (bolsa 3) correspondiente al cubo de fracción resto, es decir, al contenedor verde habitual. La bolsa 3 también se cerrará adecuadamente.

    4.- Inmediatamente después de llevar a cabo este proceso, se deberá realizar una completa higiene de manos, con agua y jabón, al menos 40-60 segundos.

    5.- La bolsa 3 se depositará exclusivamente en el contenedor de fracción resto (contenedor verde), estando terminantemente prohibido depositarla en los contenedores de recogida separada de cualquiera de las fracciones separadas (orgánica, envases, papel, vidrio o textil) o su abandono en el entorno.

     

    Hogares sin positivos ni en cuarentena

    En el caso de los hogares sin positivos ni en cuarentena, la separación de los residuos se realizará como viene haciéndose habitualmente, sin ninguna modificación.

    Esta información y el cartel explicativo serán distribuido por el Ayuntamiento de Zaragoza a través de sus redes habituales. Se ruega también la colaboración de los medios de comunicación.

    Además, va a ser remitido al Colegio de Administradores de Fincas, para que puedan impulsar su distribución en las comunidades de propietarios.
     

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