Mes: noviembre 2021

  • El seminario IP Perspectives llega a Aragón para impulsar la protección de la propiedad industrial en la región

    El seminario IP Perspectives llega a Aragón para impulsar la protección de la propiedad industrial en la región

     

    Aumentar el rendimiento que las entidades aragonesas obtienen de su inversión en I+D, mejorar su competitividad y su posicionamiento en el mercado internacional es el objetivo de la primera edición de IP Perspectives Aragón. La Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad de Zaragoza y la firma ABG Intellectual Property han organizado este seminario el próximo 2 de diciembre, que se celebrará en línea y cuya inscripción es gratuita y está abierta al público.

    El uso de las diferentes figuras legales de protección, como son patentes, modelos de utilidad o diseños industriales, es fundamental para transferir a la sociedad los avances científico-técnicos que se generan en la universidad en forma de spin-off. De hecho, desde la Universidad de Zaragoza se han solicitado más de 50 patentes en los últimos 5 años y se han establecido 25 acuerdos de licencia con empresas entre las que se encuentran las spin-off impulsadas por la Universidad de Zaragoza. Dicha institución cuenta ya con 40 spin-off creadas a partir de los resultados de la investigación que se han convertido en empresas de base científico tecnológica referentes en su sector a nivel internacional.

    Además, según un macroestudio conjunto de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea y la Oficina Europea de Patentes, las empresas con derechos de propiedad industrial (patentes, marcas y diseños) cuentan con un 163% de trabajadores más y sus salarios son un 19% más altos. Las compañías obtienen también un 20% más de ingresos por empleado.

    La jornada se celebra en un momento en el que los datos sobre propiedad industrial en Aragón muestran las aspiraciones de internacionalización de su sector innovador. La región se sitúa sexta en la lista de comunidades autónomas por número de solicitudes de patente europea, mientras que en el ranking de patentes solicitadas ante la Oficina Española de Patentes y Marcas para ese mismo período cae hasta el undécimo puesto.

    Sobre esos datos, las diferentes figuras legales para la protección de la I+D y las mejores estrategias a seguir para conseguir la exclusividad en el mercado versará el programa de IP Perspectives Aragón, que será impartido por especialistas de la Universidad de Zaragoza, la Oficina Española de Patentes y Marcas y de ABG Intellectual Property. El seminario viene precedido por el éxito obtenido en las diversas ediciones tanto nacionales como regionales que se vienen organizando desde 2014 en Madrid, País Vasco y Galicia.

    Programa

    Inscripción

  • CEPYME Aragón, en contra de la exigencia de certificados COVID

    CEPYME Aragón, en contra de la exigencia de certificados COVID

     

    CEPYME Aragón vuelve a mostrar su rechazo a la medida anunciada por el Gobierno de Aragón de establecer el certificado COVID para ciertas actividades. La organización empresarial considera que no se puede culpabilizar a la actividad económica de las cifras de contagios, ni se puede utilizar a las empresas para incentivar la vacunación; discriminando, además, a unos sectores sobre otros.

    CEPYME Aragón insiste que este cribado ni beneficia, ni mitiga el riesgo de contagio o exposición al virus ya que la vacunación protege frente a la enfermedad, pero no impide la capacidad de contagio. Además, la imposición de medidas que generan diferencia de derechos entre los ciudadanos puede dar lugar a fuertes reacciones entre el sector de población que se siente discriminada, afectando directamente a unos empresarios que, recordamos, son solo empresarios, no policías o jueces.

    Asimismo, existen muchos contrasentidos como el hecho de solicitar entre particulares un documento acreditativo de un acto voluntario o el de no aclarar la exigencia del certificado a los empleados de esas instalaciones, que además son quienes van a manipular los productos que en ellos se sirven. Más allá, igualmente, de la posible vulneración de la Ley de protección de datos, pues la información médica es considerada muy sensible.

    Se debe lanzar una campaña dirigida a convencer a los reticentes, no tomar medidas que afectan directamente a las empresas. Las medidas restrictivas y/o coercitivas deben ir destinadas a aquellas personas no vacunadas, no perturbando al 90% de la población que sí lo está.

  • El certificado COVID será obligatorio para el ocio nocturno, celebraciones y eventos multitudinarios

    El certificado COVID será obligatorio para el ocio nocturno, celebraciones y eventos multitudinarios

     

    El Departamento de Sanidad publica hoy una orden por la que se adoptan medidas específicas para el control de la pandemia de COVID-19 y en concreto establece la obligatoriedad de presentar, a partir de mañana, el certificado COVID  para determinadas actividades económicas.

     

    ¿Quién debe presentar el certificado COVID?

     

    A partir de mañana las personas mayores de 12 años que accedan a:

    • Establecimientos de ocio nocturno (salas de fiesta, salas de baile y similares).
    • Celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles que puedan tener lugar en establecimientos de hostelería y restauración.
    • Eventos de cualquier naturaleza que reúnan a más de 500 asistentes en lugar cerrado o 1.000 asistentes en espacios abiertos.

     

    ¿Qué documento se deberá presentar?

     

    Deberán presentar uno de estos documentos:

    • Certificado de haber recibido la pauta completa de vacunación COVID-19, habiendo transcurrido, por lo menos, 14 días desde la última dosis de ella.
    • Certificado de haberse recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y encontrarse en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive, después de prueba diagnóstica positiva.
    • Documento acreditativo de prueba diagnóstica de infección negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).

    La exhibición de la información requerida solo podrá ser solicitada en el momento de acceso al establecimiento o recinto. No se conservarán estos datos ni se crearán ficheros con ellos.

    Además, en el caso de los eventos multitudinarios que superen la cifra de asistentes mencionada anteriormente, los organizadores del evento deberán elaborar un plan de actuación en el que se contengan las medidas de prevención y control del COVID-19, y su celebración quedará sujeta a la oportuna autorización por parte del servicio provincial competente del departamento responsable en materia de salud.

    Orden completa

  • Se prorroga la moratoria para la solicitud de declaración del concurso de acreedores

    Se prorroga la moratoria para la solicitud de declaración del concurso de acreedores

     

    Se publica en el BOE 24/11/2021 este Real Decreto –Ley del que destacamos, entre otras materias de especial transcendencia, lo referente a situaciones de pérdidas o insolvencias empresariales y sus consecuencias jurídicas derivadas de las mismas.

    En la norma hoy publicada se establece la prórroga exclusivamente durante el ejercicio 2021 de la medida excepcional prevista en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre. En consecuencia:

    • A los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas, no se computarán las de los ejercicios 2020 y 2021, sin que surtan efecto las pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto hasta la mitad del capital social hasta el resultado del ejercicio 2022.
    • Asimismo, se extienden hasta el 30 de junio de 2022, las moratorias previstas en el artículo 6 de la citada Ley, para evitar el desencadenamiento automático de procesos concursales.

    Todo ello con el fin de dotar de un margen de tiempo adicional para que las empresas que están pasando por mayores dificultades como consecuencia de la situación económica generada por la crisis de la COVID-19, puedan restablecer su equilibrio patrimonial, evitando una innecesaria entrada en concurso.

    Esta prórroga se corresponde con la ampliación del marco temporal de ayudas concedido por la Comisión europea en su Decisión de 18 de noviembre de 2021 y proporciona seguridad jurídica durante el periodo transitorio hasta que se complete la tramitación legislativa en curso para la modernización del régimen concursal español en el marco de la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). Dicha reforma, prevista en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, pretende modernizar el sistema concursal español, dotándolo de nuevos instrumentos para la reestructuración temprana de empresas viables, avanzando en la segunda oportunidad para empresarios personas físicas y agilizando y haciendo más eficientes los procesos concursales.

    Por otro lado, se modifica el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, en lo relativo a la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas, con el objetivo de habilitar a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para poder efectuar los reintegros derivados de la no ejecución de las ayudas con anterioridad al anterior plazo previsto del 31 de marzo de 2022, y para que retengan las cantidades necesarias para hacer frente a los pagos que eventualmente puedan derivarse de la estimación de los recursos en vía administrativa interpuestos contra resoluciones denegatorias dictadas antes del 31 de diciembre de 2021 y que estén pendientes de resolución.

    Real Decreto completo

  • CEPYME Zaragoza acoge la presentación del Informe GEM sobre emprendimiento

    CEPYME Zaragoza acoge la presentación del Informe GEM sobre emprendimiento

     

    La Fundación Aragón Emprende junto a CEPYME Zaragoza ha celebrado conjuntamente una jornada en la que se han presentado los resultados del informe Global Entrepreneurship Monitor (GEM) 2020-2021, elaborado por la Cátedra Emprender de la Universidad de Zaragoza con la colaboración de la Fundación Aragón Emprende y el Gobierno de Aragón y que se ha encargado de cerrar el vicepresidente y consejero de Industria, Arturo Aliaga.

    En la jornada, además, han participado los emprendedores Luis Antonio Martín Nuez, CEO y fundador de Academia de Inventores, Sara Acero Nuñez, gerente de La Zarola, Eva Muniesa Diaus, gerente de Arte a bocados, Jorge Terreu Serrano, Director fundador de Maximiliana y Pedro Malo Perisé, CTO de Maximiliana; que han compartido su experiencia empresarial.

    El informe GEM proporciona datos e información sobre el perfil de los emprendedores, el tipo de actividad o las variables que influyen a la hora de crear una empresa, entre otros. La información se extrae a través de muestras informativas y entrevistas en profundidad. En 2020, el Índice de Actividad Emprendedora (TEA) en Aragón en personas de entre 18 y 64 años estuvo en un 4,2% frente al 5,2% a nivel nacional. Sin embargo, el emprendimiento consolidado en la Comunidad se sitúa en un 9,7% frente al 6,7% del resto de España.

    Sobre el perfil de los emprendedores en Aragón en 2020, el 46% son mujeres con una edad media de 41,9 años. El 58% tienen estudios superiores y la mitad tienen formación previa en emprendimiento. La inversión media en los nuevos proyectos de emprendimiento es de 20.000 euros.

    Informe completo

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