Mes: marzo 2022

  • Verso Suelto (31/03/2022) – Una vez más, ha primado la música política sobre la letra económica 

    Verso Suelto (31/03/2022) – Una vez más, ha primado la música política sobre la letra económica 

    VERSO SUELTO.
    Opinión de nuestro Presidente, D. Aurelio López de Hita, en relación al panorama empresarial actual.

    Tema: Una vez más, ha primado la música política sobre la letra económica 

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  • Subvenciones a agricultores y ganaderos para participar en regímenes de calidad

    Subvenciones a agricultores y ganaderos para participar en regímenes de calidad

     

    Se convocan subvenciones destinadas a apoyar la participación de agricultores, ganaderos y sus agrupaciones agrícolas y/o ganaderas, por primera vez en los regímenes de calidad, para el año 2022 en el marco del Programa para Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Aragón 2014-2020.

    La finalidad de la subvención es conferir un valor añadido a los productos obtenidos en las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la participación de sus titulares en alguno de los regímenes de calidad, mejorando así las posibilidades de comercialización de los frutos generados y aumentando la rentabilidad de las explotaciones. 

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser personas beneficiarias de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y aquellos que la solicitaron en los años 2018-2019-2020-2021 y su solicitud fue estimada por lo que este sería su 2º, 3º, 4º o 5º año de pago; en cualquiera de los regímenes de calidad siguientes:

    • Denominación de Origen Protegida (DOP) “Jamón de Teruel” / “Paleta de Teruel”
    • DOP “Aceite del Bajo Aragón”
    • DOP “Melocotón de Calanda”
    • DOP “Aceite Sierra del Moncayo”
    • DOP “Cebolla Fuentes de Ebro”
    • Indicación Geográfca Protegida (IGP) “Ternasco de Aragón”
    • DOP “Cariñena”
    • DOP “Campo de Borja”
    • DOP “Somontano”
    • DOP “Calatayud”
    • IGP “Valle del Cinca”
    • IGP “Bajo Aragón”
    • IGP “Ribera del Gállego-Cinco Villas”
    • IGP “Ribera del Jiloca”
    • IGP “Valdejalón”
    • Producción ecológica

     

    Gastos subvencionables

     

    Tendrán la consideración de gastos subvencionables de la actividad objeto de subvención, los gastos satisfechos por parte de las personas interesadas ocasionados por la participación en cualquier régimen de calidad y que obedezcan a los siguientes costes fijos:

    • Coste de la inscripción en el régimen de calidad
    • Cuota anual de participación en el mismo en los siguientes años; hasta un máximo de 5 años
    • Tarifa por los costes de los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones del régimen, en su caso, quedando excluidos los costes internos o de autocontrol

    No se considerarán gastos subvencionables los importes satisfechos en concepto de impuestos.

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de cuantificación establecidos, aplicado sobre el gasto subvencionable pagado por la persona beneficiaria, sin impuestos:

    • El porcentaje máximo de subvención será del 100%, para la puntuación máxima según los criterios de cuantificación, aplicado sobre el gasto subvencionable pagado por la persona beneficiaria, cuotas y tarifas, sin impuestos.
    • El importe máximo de subvención será de 3.000 euros por persona beneficiaria, año y régimen de calidad, durante un periodo máximo de cinco años.
    • El importe mínimo anual de la subvención será de 150 euros. En el supuesto de que la subvención resultante no alcance dicho importe, no se concederá la subvención en dicha anualidad.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes comenzará 1 de abril y finalizará el 3 de mayo.

    Orden completa

  • Ayudas para inversión, mejora y digitalización del pequeño comercio

    Ayudas para inversión, mejora y digitalización del pequeño comercio

     

    Se convocan las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora, así como de digitalización en el pequeño comercio correspondientes a los Programas de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

    Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales.

    La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

    • 641
    • 642
    • 643
    • 644
    • 645
    • 647.1
    • 647.2
    • 647.3
    • 647.4
    • 651
    • 652.2
    • 652.3
    • 652.4
    • 653
    • 654.1
    • 657
    • 659
    • 661.3
    • 662.2

     

    Quedan excluidas del concepto de beneficiario las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución. También quedan excluidas las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/205, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3, así como los establecimientos no permanentes o los dedicados total o parcialmente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial en la venta de bienes integrados en alguno de los epígrafes previstos en la convocatoria.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación:

    Inversión y mejora de los comercios. Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:

    • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
    • Mejoras y equipamiento de escaparates.
    • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores

    Digitalización de la PYME

    • Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marketing digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
    • Transformación digital del comercio; creación de web, apps, mejora a la accesibilidad universal en las mismas, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad.
    • Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos terminal punto de venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a proveedores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y contabilidad.

     

    En ningún caso serán objeto de subvención los siguientes conceptos:

    • Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del COVID-19.
    • El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención.
    • Alquileres.
    • Equipos informáticos de uso genérico, cámaras fotográficas y teléfonos móviles.
    • Impuestos y tasas.
    • Los bienes usados.
    • Los gastos de reparación y mantenimiento.
    • Equipamiento destinado a la sala de ventas o almacén.
    • No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.

     

    Cuantía

     

    Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 4.000 euros por establecimiento comercial.

     

    Plazo

     

    Plazo de presentación de solicitudes finaliza el 3 de mayo de 2022.

    Orden completa

  • Los agentes sociales y el Gobierno de Aragón se unen para impulsar la iniciativa “Aragón en marcha con Ucrania”

    Los agentes sociales y el Gobierno de Aragón se unen para impulsar la iniciativa “Aragón en marcha con Ucrania”

     

    El Gobierno de Aragón y los agentes sociales se han unido, una vez más, para impulsar la iniciativa “Aragón en marca con Ucrania”, una campaña que tiene como objetivo fomentar y canalizar la solidaridad con Ucrania de empresas, empresarios y trabajadores.

    El Presidente del Gobierno de Aragón, Javier Lambán; la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, Mariví Broto; los secretarios generales de UGT-Aragón y CCOO-Aragón, Daniel Alastuey y Manuel Pina; el presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón (CEOE Aragón), Miguel Marzo, y el presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (Cepyme), Aurelio López de Hita, han firmado hoy un protocolo de colaboración que supone el arranque de esta iniciativa.

    Este protocolo surge ante la dramática situación humanitaria creada por la invasión rusa de Ucrania y los millones de personas amenazadas por la guerra que han visto destruidos sus hogares y medios de vida. Además de la labor de acogida a 1800 ucranianos que han llegado ya a Aragón huyendo de la guerra en su país, los agentes sociales y el Gobierno de Aragón consideran necesario comprometerse, a través del diálogo social, como parte activa en la articulación e impulso de la solidaridad de la sociedad aragonesa con Ucrania.

    Las partes implicadas colaborarán en aquellas actividades conjuntas que, en el marco de “Aragón en marcha con Ucrania”, resulten de interés común con la evolución de la guerra en Ucrania y sus efectos, así como con las recomendaciones expertas para lograr una ayuda lo más efectiva y eficaz posible.

    “Aragón en marcha con Ucrania” se concreta en el impulso y difusión de una campaña orientada a lograr donaciones económicas por parte de las empresas y los trabajadores a las entidades sociales integradas en el Comité de Emergencias de Aragón, que gestionan la ayuda a este país y sus ciudadanos con el conocimiento e infraestructuras necesarios para alcanzar una mayor efectividad y rigor.

    La iniciativa da continuidad a la campaña “Aragón en Marcha” en la lucha contra la pandemia de la COVID-19, fruto del diálogo social, y que logró reunir donaciones por valor de 6,4 millones de euros que permitieron proporcionar al Sistema de Salud de material sanitario imprescindible en los primeros meses de la pandemia, ante su escasez mundial, y acudiendo a mercados internacionales a través de las empresas aragonesas, así como la donación, posteriormente, de parte de estos fondos a entidades sociales para la atención a los colectivos más desfavorecidos, cuya situación se vio agravada por la crisis sanitaria y la subsiguiente crisis económica.

  • Ayudas para asociaciones empresariales de comercio

    Ayudas para asociaciones empresariales de comercio

     

    Se convocan para el ejercicio del año 2022, ayudas correspondientes a actuaciones de promoción, dinamización, y digitalización del comercio minorista, realizadas por entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Actividades de Promoción, Dinamización y apoyo a la distribución Comercial y contratación del personal necesario para estas actividades

    • La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.
    • El apoyo a medios logísticos de distribución comercial concertados por la asociación, para el servicio a sus asociados.
    • La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas. En concreto los perfiles de Dinamizador o Gerentes Comerciales, que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades de promoción y publicidad para el comercio minorista asociado, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga.

     

    Digitalización del pequeño comercio minorista

    • Actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, tales como: actividades formativas, marketing digital, redes sociales y web, analítica de datos, ventas con comercio electrónico y en “market places”, o transformación digital, entre otras.
    • La contratación de un empleado, con independencia del número de trabajadores que pudieran ocupar el puesto, que preste servicio a las asociaciones en materia de digitalización, nuevas tecnologías, redes sociales y gestión de productos en plataformas de comercio electrónico propias o ajenas, o en aquellas plataformas que tengan un sistema de fidelización personalizado para el consumidor, con generación de beneficios por compra realizada y análisis de resultados.

     

    Gastos subvencionables

     

    Actividades de Promoción, Dinamización y apoyo a la distribución Comercial y contratación del personal necesario para estas actividades

    Respecto a la promoción y publicidad de las actividades de dinamización del sector comercial, los gastos que se deriven de los siguientes conceptos:

    • Publicidad en radio, televisión, prensa, teléfono, SMS y aplicaciones para teléfonos móviles y smartphones, Internet, blogs y redes sociales u otros soportes.
    • Diseño, impresión, ejecución y distribución de carteles, folletos, revistas, boletines y videos relacionados con las campañas de promoción.
    • Realización de mercadillos u otras acciones de dinamización comercial en la vía urbana o en recintos específicos.
    • Tiques en aparcamientos públicos dentro del casco urbano, ofrecidos por las asociaciones a los clientes.
    • Contratación de acciones de consultoría
    • Formación, presencial o a distancia, relacionada con las buenas prácticas por parte de los empresarios de comercio y sus trabajadores en materia de manejo de EPIs y tareas de prevención de riesgos, higiene y limpieza en el establecimiento comercial para la prevención del COVID-19.
    • Estudios de hábitos de consumo
    • Gastos de matrícula y alojamiento para un único Dinamizador o Gerente de la Asociación que asista, en la residencia universitaria o alternativa facilitada desde la Dirección General, en el Curso Universitario de verano organizado por la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía.

    Respecto al apoyo a la distribución comercial, los gastos que se deriven de los siguientes conceptos:

    • Apoyo al uso de medios logísticos para la distribución comercial de productos de los asociados, concertados por la asociación.

    Respecto a la contratación de Dinamizadores o Gerentes Comerciales:

    • Gastos que deriven de los siguientes conceptos: salario neto, pagas extraordinarias, pagos del IRPF y cuotas de la Seguridad Social, siempre y cuando dicha contratación sea superior a seis meses en contratos temporales, o 5 meses en contratos indefinidos, salvo que el cese de la relación laboral sea por causas exclusivamente imputables al trabajador y con independencia del número de trabajadores que pudieran ocupar el puesto.

     

    Proyectos para la digitalización del pequeño comercio

    Respecto a las actividades de digitalización del pequeño comercio minorista:

    • Costes de consultoría dirigida a los comercios minoristas El gasto máximo subvencionable por asociación será de 10.000 euros.
    • Contratación de acciones de consultoría, no pudiendo superar los 1.500 euros.
    • Gasto corriente derivado del alojamiento de páginas web, y de gestión de servicios en webs, apps y en general de los medios de comercio electrónico, así como de herramientas tecnológicas que fomenten o potencien la conectividad e información con clientes.

    Respecto a la contratación de personal que presten sus servicios a las asociaciones en materia de digitalización:

    • La subvención se limitará a la contratación de un empleado, con independencia del número de trabajadores que pudieran ocupar el puesto. 

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Orden completa

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