Mes: septiembre 2022

  • CEPYME Aragón se adhiere a la Alianza Aragonesa para la Agenda 2030

    CEPYME Aragón se adhiere a la Alianza Aragonesa para la Agenda 2030

     

    El Gobierno de Aragón ha dado luz verde a la Alianza Aragonesa para la Agenda 2030, una plataforma con la que se van a visibilizar e impulsar los esfuerzos conjuntos que hacen posible el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). El acto inaugural ha tenido lugar este viernes en la Sala de la Corona.

    La Alianza constituye una nueva herramienta en la que se puede consultar quién trabaja en torno a los ODS y que permite que las entidades participantes compartan sus objetivos. Está abierta a cualquier entidad aragonesa que quiera comprometerse voluntariamente a diseñar, desarrollar, implementar, monitorizar y evaluar actuaciones de impacto que contribuyan directamente a la consecución de uno o varios ODS.

    En el acto de hoy, en el que ha participado también el comisionado para la Agenda 2030 del Gobierno de Aragón, Fermín Serrano, se han adherido a la Alianza Aragonesa una veintena de organismos, empresas y asociaciones, entre las que se encuentra CEPYME Aragón.

    La Alianza nace con carácter de permanencia para durar hasta el año 2030 y pueden adherirse todas las entidades que tengan base u operen en el territorio aragonés, como pueden ser: administraciones públicas, empresas, fundaciones, centros tecnológicos, asociaciones ciudadanas etc.

     

    Cómo adherirse a la Alianza

     

    El trámite para sumarse consiste en rellenar un cuestionario que se puede encontrar en la web, donde se pide una breve descripción de la entidad, los compromisos para alcanzar los ODS y la información necesaria para su seguimiento y valoración. Cuando se cumplimente, deberá enviarse a través de un email a la dirección agenda2030@aragon.es. El Gobierno de Aragón determinará si las candidaturas son válidas, así como la renovación o cancelación de la adhesión en función del grado de cumplimiento de cada compromiso.

    Asimismo, las entidades cuenten con algún tipo de reconocimiento por parte del Gobierno de Aragón u otra administración pública, tales como el sello RSA, la Red Aragonesa de Entidades Locales para la Agenda 2030, o el Sello Realidad ODS de centros educativos, simplemente tendrán que indicarlo y serán incluidas si así lo desean.

    Una vez validada la candidatura, se incluirá en el listado de entidades adheridas a la Alianza Aragonesa para la Agenda 2030 y para su publicidad. Las entidades adheridas lo estarán al menos durante dos años, renovando o cancelando la adhesión en función del grado de cumplimiento de los objetivos.

  • La II #AragónClimateWeek presenta su programa de actividades

    La II #AragónClimateWeek presenta su programa de actividades

     

    Ya está disponible el programa provisional de la II #AragónClimateWeek, que se celebrará del 18 al 24 de octubre. Entre las propuestas más destacadas de esta edición, están la proyección que abrirá las jornadas -a cargo del divulgador de naturaleza Andoni Canela-, una ‘batalla de gallos’ y las múltiples actividades que se desarrollarán en la red de espacios naturales y en los centros de interpretación del Gobierno de Aragón.

    El programa de jornadas técnicas, a celebrar los días 19, 20 y 21 de octubre en el CaixaForum de Zaragoza, abordarán temas como la emergencia climática, la comunicación medioambiental o la estrecha relación que existe entre el clima y las relaciones internacionales. Para ello, se contará con ponentes de diferentes ámbitos, entre los que destacan Cristina Monge, Gervasio Sánchez, Clemente Álvarez o José Luis Montero.

    Un taller para el cálculo de la huella de carbono para Pymes, visitas guiadas a las diferentes estaciones de calidad del aire, la presentación del documental ‘Al paso del hielo’ o la obra de ecoteatro ‘Historias desde el verde’ son algunas de las actividades más destacadas incluidas en el programa ‘Suma acciones’. Esta iniciativa continúa abierta para todos aquellos que quieran adherirse y pone de manifiesto el carácter participativo del programa. En la anterior edición ayuntamientos, asociaciones, colegios, centros de investigación o instituciones, entre otros muchos, se sumaron a la semana por el clima, llevando a cabo más de 100 acciones por toda la geografía aragonesa.

    Todas las acciones van destinadas a sensibilizar y concienciar a la población de la importancia de poner freno a la emergencia climática. Aquellas organizaciones que deseen formar parte activa de la celebración de la #AragónClimateWeek podrán organizar una o varias actividades relacionadas con el cambio climático mediante el formulario “SUMA ACCIONES”.

    El sábado día 22, por la tarde, se celebrará una ‘batalla de gallos’ -competición en la que dos raperos se baten en un duelo de rimas improvisadas- con temática exclusiva referente al cambio climático, y que está incluida dentro de la liga aragonesa de esta disciplina artística. También para esta edición, la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión realizará un seguimiento especial de la #AragónClimateWeek, para colaborar en su divulgación y promoción.

    El Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, el Instituto Pirenaico de Ecología, la Agencia Estatal de Meteorología de Aragón y el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico son otras de las instituciones que han confirmado su presencia en alguno de los actos, o que han organizado sus propias actividades incluidas en el programa de la semana. Todas las actualizaciones del programa, así como las noticias de cada jornada, estarán disponibles en la página web www.aragoncambioclimatico.es.

  • Publicada la nueva Ley de creación y crecimiento de empresas

    Publicada la nueva Ley de creación y crecimiento de empresas

     

    Se publica la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas. La Ley “Crea y Crece” es una de las principales reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dirigida a fomentar el dinamismo del tejido productivo y dar respuesta a las demandas y recomendaciones de los diferentes organismos internacionales

    La ley pretende impulsar la creación de empresas y facilita su crecimiento y expansión, especialmente de las pymes, poniéndolas en el centro de la política económica.

    Para ello la norma introduce modificaciones legales, entre otras, en estas áreas:

    • Reducir y agilizar los trámites y condiciones para la constitución de una Sociedades de capital
    • Generaliza el uso de la factura electrónica
    • Establece medidas para luchar contra la morosidad en operaciones comerciales
    • Impulsa la financiación alternativa potenciando mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva o el capital riesgo.

     

    Creación de empresas

     

    La Ley “Crea y Crece” facilita la creación de una empresa, al reducir el coste económico y simplificar los trámites para su constitución:

    • Eliminación del mínimo legal de capital: Se establece la posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros establecido hasta el momento, permitiendo a las empresas utilizar estos recursos en usos alternativo y facilitando la creación de nuevos negocios. con un régimen transitorio específico en tanto no se alcance la cifra de 3.000 euros (20% de los beneficios de la reserva legal y responsabilidad solidaria de los socios en caso de liquidación). En consecuencia, se suprimen las llamadas sociedades en régimen de formación sucesiva (Disposición Transitoria 2ª). Las sociedades limitadas nueva empresa pasan a ser sociedades limitadas ordinarias. (Disposición Transitoria 3ª).
    • Constitución telemática de empresas a través de la ventanilla única del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), lo que garantiza una reducción en los plazos para su creación y de los costes notariales y registrales.
    • Se modifica también en diversos puntos la Ley de Emprendedores de 2013. Así, en relación al emprendedor individual de responsabilidad limitada, se le permite excluir de responsabilidad en el ejercicio de su actividad, junto a la vivienda habitual, a determinados bienes de equipo productivos afectos a la explotación, siempre que se identifiquen y se inscriban en el Registro de Bienes Muebles, con el límite del volumen de facturación de los dos últimos ejercicios.
    • Puntos de atención al emprendedor: se incluye junto a las notarías a los registros mercantiles.
    • Sociedades exprés: se introducen ligeras modificaciones, como el empleo de todas las lenguas oficiales autonómicas en los estatutos tipo y apoderamientos; siendo de destacar, tratándose de sociedades sin estatutos tipo, la obligación de habilitar en todos los registros mercantiles un servicio remoto de evacuación de consultas, incluso mediante videoconferencia, sobre la inscribibilidad de cláusulas o pactos estatutarios.

     

    Crecimiento de las empresas

     

    Entre otras medidas:

    • Se modifica la Ley de medidas de liberalización del comercio, ampliándose el catálogo de actividades económicas exentas de licencia. Se incorporan al listado de la normativa básica estatal las actividades que hayan sido consideradas inocuas por al menos una comunidad autónoma.
    • Se modifica la Ley de Garantía de Unidad de Mercado para reforzar la cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas y los mecanismos de protección de empresas y consumidores frente a medidas que no respeten los principios de proporcionalidad y necesidad.

     

    Lucha contra la morosidad

     

    La norma incluye también medidas para avanzar en la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, una de las causas que más incidencia tiene en la liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas, con particular incidencia en las pymes:

    • Se incide en la obligación de expedir y remitir factura electrónica en todas las relaciones comerciales a empresas y autónomos, lo que garantizará una mayor trazabilidad y control de pagos. Esta medida, además de reducir los costes de transacción y suponer un avance en la digitalización de la operativa de las empresas, permitirá obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago, requisito imprescindible para reducir la morosidad comercial.
    • Se queda a la espera del desarrollo reglamentario – D. Final 7ª – en lo referente a la facturación electrónica y “homologación” de los sistemas informáticos y de contabilidad.
    • Para las PYMES y autónomos, el periodo de adaptación a la exigencia general de factura electrónica será (D. Final 8ª):
      • Para empresas y empresarios con facturación superior a 8 millones de euros: al año de aprobarse el desarrollo reglamentario antes indicado.
      • Para el resto de empresas y empresarios: a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario antes indicado.
    • Se establece que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión.
    • Se prevé la creación de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, que hará una seguimiento y análisis de los datos de los plazos de pagos y promoverá buenas prácticas. Entre sus actuaciones se incluye la publicación de un listado anual de empresas morosas (personas jurídicas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y que el importe total de las facturas impagadas sea superior a 600.000 euros).
    • Se incluye en la Ley de Sociedades de capital y la Ley de Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen en sus memorias anuales el periodo medio de pago a sus proveedores o el número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad. (Obligación de información que ya existía en el modelo de Cuentas Anuales hasta ahora vigente)

     

    Refuerzo de la financiación

     

    La norma incorpora medidas para mejorar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial alternativos a la financiación bancaria, como el crowdfunding o financiación participativa, la inversión colectiva y el capital riesgo.:

    • Crowdfunding: la Ley Crea y Crece adapta la regulación nacional a la normativa europea, introduciendo más flexibilidad para que estas plataformas presten sus servicios en Europa. Además, se refuerza la protección de los inversores y se permite la creación de vehículos para agrupar a los inversores y así reducir costes de gestión. Para ampliar el universo de proyectos empresariales elegibles se elevan los umbrales de inversión por proyecto (de 2 a 5 millones de euros) y se modifican los límites de inversión por proyecto para inversores minoristas, que pasan a ser el más alto entre 1.000 euros o el 5% de la riqueza.
    • Se impulsa la industria del capital riesgo, ampliándose el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades, incluyendo empresas financieras con un alto componente tecnológico.
    • Se amplían las figuras reconocidas para fondos cerrados, incluyendo estructuras de amplia trayectoria en otros países de nuestro entorno. Se trata de fondos de deuda que puedan invertir en préstamos, facturas o efectos comerciales, contribuyendo y mejorando la financiación empresarial de compañías que hayan visto deteriorada su estructura financiera como consecuencia de la pandemia.
    • Instituciones de Inversión Colectiva: se elimina el carácter obligatorio del informe trimestral, se establecen los medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.

     

    Otras disposiciones

     

    • La disposición adicional 8ª permite la inscripción el registro mercantil de las sociedades civiles.
    • La disposición adicional 9ª prevé el impuso de desarrollos tecnológicos para la creación vía CIRCE de las llamadas entidades de economía social, incluyendo cooperativas, sociedades laborales, sociedades civiles, comunidades de bienes y empresarios de responsabilidad limitada.
    • La disposición adicional 10ª reconoce las llamadas “sociedades de beneficio e interés común”, que son aquellas que recogen en sus estatutos su compromiso con objetivos sociales y medioambientales, remitiendo a un futuro desarrollo reglamentario los criterios y la metodología de validación de esta nueva figura empresarial.
    • La disposición adicional 12ª sobre información del Registro Mercantil, prevé la creación de una comisión interministerial para estudiar las medidas necesarias para que dicha información se proporcione en un formato abierto que facilite su descarga y tratamiento. Los registros mercantiles proporcionarán información anual a los Ministerios de Justicia y Asuntos Económicos sobre el volumen y tipología de las demandas de información atendidas desde su plataforma, así como el coste de funcionamiento, incluyendo el de mantenimiento y mejoras introducidas.
    • La disposición final 2ª modifica la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales de 2010 en materia de protección de datos de carácter personal.

    Ley completa

  • Ayudas para la transformación y desarrollo industrial en Aragón

    Ayudas para la transformación y desarrollo industrial en Aragón

     

    El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial convoca esta nueva línea de ayudas destinadas a proyectos empresariales para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón, a través de la línea TDI-FEDER. 

    El objetivo final de esta convocatoria es que las empresas cuenten con un soporte concreto para sus proyectos de inversión que se inician en la última mitad del año 2022 y puedan continuar en 2023, concretamente el periodo que incluye comienza el 1 de septiembre de 2022 y se extiende hasta el 31 de agosto de 2023, ambas fechas inclusive.

     

    Beneficiarios

     

    Está especialmente dirigida a los proyectos de las empresas, ya sean pyme o gran empresa, que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de cualquier índole, que tenga potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social, sirva para incentivarlos mediante el fomento de la inversión productiva, el desarrollo de proyectos de I+D, la innovación en organización y procesos, la protección de la innovación a través de la propiedad industrial y el desarrollo de proyectos de consultoría técnica, para actuaciones de nivel estratégico y para proyectos específicos de diseño industrial.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se podrán subvencionar las actuaciones relacionadas con proyectos que se realicen e implanten de forma efectiva en Aragón, requiriendo el mantenimiento del empleo en Aragón. Las ayudas se pueden solicitar en categorías diferenciadas:

    • Ayudas regionales a la inversión: activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
    • En el caso de grandes empresas, en el tramo en el que la ayuda se acoja al Reglamento General de Exención por Categorías, solo se concederá para una inversión inicial en favor de una nueva actividad económica en la zona de que se trate.
    • Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental.
    • Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización.
    • Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial: la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
    • Ayudas para servicios de consultoría técnica: actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico.

     

    Cuantía

     

    Como novedad, se limita el importe máximo de la ayuda, que podrá acumular, en su caso, distintas categorías y no excederá de los 500.000 euros por solicitud o beneficiario.

    Esta convocatoria de ayudas se tramita en régimen de concurrencia competitiva y tendrán el carácter de ayudas “de minimis”, ayuda «de minimis», y/o de ayuda de Estado ordinaria.

     

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive.

    Extracto de la Orden

  • VII Ciclo de conferencias en diseño y empresa

    VII Ciclo de conferencias en diseño y empresa

     

    La Facultad de Economía y Empresa de la Universidad de Zaragoza y el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI) del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, organizan el VII CICLO DE CONFERENCIAS EN DISEÑO Y EMPRESA, en la Facultad de Economía y Empresa (campus Paraíso) los días 13, 25 y 27 de octubre y en el Edif. Lorenzo Normante (campus Río Ebro) los días 17 y 20 de octubre.

    A través de una serie de conferencias y casos prácticos se mostrará el papel clave que tiene el diseño en la empresa, su importancia creciente dentro de la gestión y dirección, y las tendencias actuales como el design thinking y otras metodologías en el de diseño de productos y servicios.

    Este es un ciclo gratuito de la Universidad de Zaragoza y va dirigido a estudiantes de cualquier escuela, facultad o enseñanza universitaria, así como a cualquier empresa, persona o profesional interesado

    Programa

    Inscripción

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