Mes: septiembre 2022

  • CEPYME Aragón se suma a la campaña #apoyamoslosODS promovida por el Pacto Mundial de la ONU España

    CEPYME Aragón se suma a la campaña #apoyamoslosODS promovida por el Pacto Mundial de la ONU España

     

    Con la intención de reforzar públicamente el valor de su compromiso y sensibilizar a sus grupos de interés,  CEPYME Aragón se une a la campaña #apoyamoslosODS lanzada por Pacto Mundial de la ONU España, iniciativa a la que pertenece, para trabajar en la difusión de estos Objetivos de las Naciones Unidas. El objetivo es actuar, desde su propio compromiso con los ODS, como altavoz y conseguir un efecto multiplicador para que se conozcan y trabajen a través de materiales de comunicación que se difundirán en sus canales.

    En 2019 CEPYME Aragón se adhirió a UN Global Compact, la mayor iniciativa mundial en sostenibilidad empresarial. Desde la aprobación de la Agenda 2030 en 2015, además de su apuesta por impulsar los Diez Principios, ha trabajado en alinear su gestión corporativa con los ODS, donde encuentra nuevas oportunidades de negocio, mejora la relación con sus grupos de interés y promueve la innovación.

    En este sentido, CEPYME Aragón ha establecido una serie de compromisos y buenas prácticas alineadas con su estrategia.

    Con este tipo de acciones, el Pacto Mundial de la ONU España y sus organizaciones miembros, buscan contribuir a la Agenda 2030 y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, labor que, en estos momentos de crisis e incertidumbre, se configura como la fórmula para crear el futuro sostenible que el mundo necesita.

     

    Impulsando la contribución de las empresas al desarrollo sostenible

    Hace ya siete años que la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Agenda 2030 con sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), por unanimidad de los 193 Estados participantes, entre ellos España. “No dejar a nadie atrás” es el eje del acuerdo. Los ODS proponen acabar con la pobreza y el hambre, reducir las desigualdades y abordar retos urgentes como el cambio climático.

    Para alcanzar tan ambiciosa Agenda se acordó la necesaria participación de todos: los gobiernos, las empresas, la sociedad civil y los ciudadanos de todo el mundo. Su fuerza proviene del carácter universal del acuerdo y de la ambición de sus 169 metas. Lograrlas requiere un esfuerzo sin precedentes, por parte de todos los sectores de la sociedad; y las empresas tienen un papel muy importante que desempeñar en este propósito. Conseguir los ODS exige combinar el empuje del sector público, de las empresas, de los inversores y de la sociedad civil.

    Estamos viviendo una era sin precedentes marcada por grandes desafíos globales como la crisis climática, la pandemia de COVID-19 y el aumento del número de conflictos a nivel mundial. Esta situación crítica, está poniendo en peligro los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.

    Ahora más que nunca, es importante movilizarnos y actuar a favor del desarrollo sostenible para seguir impactando positivamente en las personas y el planeta.

  • Participa en la Encuesta Iberoamericana de la MIPYME

    Participa en la Encuesta Iberoamericana de la MIPYME

     

    La Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), el Consejo de Empresarios Iberoamericanos (CEIB) y la Federación Iberoamericana de Jóvenes Empresarios (FIJE) ha lanzado la Encuesta Iberoamericana de la MIPYME”, una herramienta que servirá para conocer los principales mecanismos que utilizan las pymes de nuestra región para abordar los retos a los que se enfrentan en materia de innovación, digitalización, internacionalización y sostenibilidad.

    Los resultados y conclusiones se presentarán en el V Foro Iberoamericano de la Mipyme, que tendrá lugar el próximo mes de noviembre en Lisboa, y formará parte de los documentos de trabajo del XIV Encuentro Empresarial Iberoamericano, acto oficial de la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno de República Dominicana 2023.

    Participar en la encuesta

  • Principales novedades legales en materia laboral

    Principales novedades legales en materia laboral

     

    En estas últimas fechas se han publicado normas de especial relevancia y con repercusión directa en materia laboral. Nos referimos, en concreto, a las siguientes normas:

    • Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, BOE (06/09/2022)
    • Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. (BOE 07/09/2022)
    • Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. (BOE 08/09/2022)

    Se detallan a continuación, como resumen, las materias de trascendencia en materia laboral de cada una de ellas:

     

    Reforma de la Ley Concursal

     

    • En caso de venta de la unidad productiva, el juez determinará la sucesión de empresa en los aspectos laborales y de seguridad social (art. 224) y, para ello recabará Informe de la ITSS relativo a las relaciones laborales afectadas por la enajenación de la unidad productiva.
    • Se prevé la solicitud de concurso con presentación de oferta de adquisición de acreedor, tercero o personas trabajadoras de una o varias unidades productivas (art. 224 bis), creando un compromiso de permanencia de la unidad productiva.
    • Cuando se reciba más de una oferta cuyos contenidos difieran, objetivamente, en el modo en que se garantiza la continuidad de la empresa o del establecimiento mercantil, el mantenimiento de los puestos de trabajo o la satisfacción de los créditos, el deudor o la administración concursal, oídos los representantes de los trabajadores, presentarán un informe al juez, con propuesta de resolución, para que este resuelva (art. 710.1.5º).
    • Se da una nueva redacción a la regulación de la gestión de los contratos de alta dirección (art. 621).
    • En cuanto a los planes de reestructuración y los derechos de información y consulta de las personas trabajadoras, se recalca que cualquier modificación o extinción de la relación laboral que tenga lugar en el contexto del plan de reestructuración, se llevará a cabo de acuerdo con la legislación laboral aplicable.
    • En relación con las normas de derecho internacional privado, los efectos del concurso sobre los contratos de trabajo y las relaciones laborales sometidas al derecho español se regirán exclusivamente por esta Ley (art 745 bis).
    • El concurso de acreedores no podrá dar lugar a la resolución judicial del plan de pensiones del concursado (disposición final sexta).
    • Se posibilita la capitalización de la prestación por desempleo para la adquisición de la condición de sociedad laboral o la transformación en cooperativa de la sociedad mercantil en concurso (disposición final octava).

    Ley completa

     

    Ley de garantía integral de la libertad sexual

     

    • Se determina que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, debiendo arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular las víctimas de estas conductas, incluyendo las sufridas en el ámbito digital.
    • Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal, y deberán incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras.
    • Las empresas que adecúen su estructura y normas de funcionamiento a lo establecido en la ley serán reconocidas con el distintivo de «Empresas por una sociedad libre de violencia de género».
    • Entre los derechos laborales reconocidos a las trabajadoras víctimas de violencias sexuales, destacar el derecho a la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la adaptación de su puesto de trabajo y a los apoyos que precisen por razón de su discapacidad para su reincorporación, a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y a la extinción del contrato de trabajo.
    • Las empresas que formalicen contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia sexual, que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo, tendrán derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes.
    • Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de las violencias sexuales se considerarán justificadas y serán
    • En el marco de los planes anuales de empleo se incluirá un programa de acción específico para las víctimas de violencias sexuales inscritas como demandantes de empleo.
    • Las víctimas acreditadas de violencia sexual tendrán la consideración jurídica de víctimas de violencia de género a los efectos del programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

    Ley completa

     

    Mejora de las condiciones de las personas trabajadoras del hogar

     

    • Se establece la cotización al FOGASA y por desempleo a partir del 1 de octubre del 2022.
    • Asunción por parte de las personas empleadoras de las obligaciones en materia de cotización con relación a las personas trabajadoras al servicio del hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales.
    • Se mantiene la reducción del 20 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes y se establece una bonificación del 80 por ciento en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial.
    • Se exige un contrato por escrito en los términos del Estatuto de los trabajadores. De no realizarse se presumirá el carácter indefinido de la relación laboral.
    • Se elimina la posibilidad de extinguir la relación laboral por desistimiento del empleador.
    • En el caso de insolvencia o concurso del empleador se asegurará la cobertura indemnizatoria del FOGASA.
    • La Ley de Prevención de Riesgos Laborales será de aplicación, reconociendo el derecho a la seguridad y la salud en el trabajo.
    • En otro orden de cosas, se ha incluido en este Real Decreto una modificación, a través de la disposición adicional quinta, de la distribución de fondos para acciones propias de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales.

    Real Decreto completo

  • Aprobada la nueva Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

    Aprobada la nueva Estrategia de Seguridad y Salud Laboral

     

    El Pleno del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL) ha aprobado este lunes este nuevo plan estratégico hasta 2027 diseñado en el marco del diálogo social. En él se incluyen medidas como la elaboración de una Encuesta Aragonesa de Condiciones de Trabajo este mismo año para la que el Gobierno de Aragón ya ha licitado y adjudicado el contrato, o la puesta en marcha de una red de médicos centinelas en el ámbito de la atención primaria que permita mejorar la detección, notificación y reconocimiento de las enfermedades profesionales.

    La reunión del CASSL en la que se ha aprobado la nueva estrategia ha contado con la participación de la consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón, y la consejera de Sanidad, Sira Repollés, además de otros miembros del Gobierno de Aragón, el director territorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Román García, y representantes de los cuatro agentes sociales: CEOE, CEPYME Aragón, UGT y CCOO.

    La estrategia se desarrolla en torno a siete objetivos principales. El primero de ello es analizar y evaluar la siniestralidad laboral y la gestión preventiva, dentro del cual se ubica la elaboración de la nueva Encuesta de Condiciones de Trabajo, que permitirá contar con información específica para analizar la gestión de la prevención de riesgos laborales, identificar grupos de riesgo y cuestiones preocupantes, supervisar tendencias y orientar de forma eficiente la formulación de políticas regionales.

    El segundo objetivo es mejorar la eficiencia del trabajo institucional en este ámbito, con medidas como el desarrollo y puesta en marcha de un sistema de “médicos centinelas” orientado a la detección, notificación y reconocimiento de las enfermedades profesionales dentro de la atención primaria, incorporando a la historia clínica la información sobre vida laboral y potenciando la formación del personal sanitario. Esta acción se apoya también en la creación progresiva de Unidades de Salud Laboral para apoyo al personal facultativo de Atención Primaria y Atención Especializada en las distintas áreas organizativas del Salud. Dentro de ese segundo objetivo de la estrategia se establece también el desarrollo de actuaciones junto a la Dirección General de Tráfico en materia de seguridad vial para reducir los accidentes laborales en carretera, y la creación de una mesa de enfermedades profesionales para profundizar en su conocimiento y promover su diagnóstico precoz y su prevención.

    Otros de los objetivos del plan son reforzar la participación de los interlocutores sociales -dentro de cual se prevé, por ejemplo, poner en marcha acciones que permitan acercar la Prevención de Riesgos Laborales a los trabajadores, especialmente en empresas de menos de 50 empleados- y promover, apoyar y fomentar la prevención de riesgos labores, con medidas como el impulso de la Red Aragonesa de Empresas Saludables con formación específica para sus integrantes que se va a poner en marcha este mismo año. Además, la estrategia recoge también la realización de un Plan Director para la eliminación del amianto en Aragón.

    El quinto objetivo es impulsar la formación y educación en seguridad y salud, para lo que se pretende estrechar la colaboración con el departamento de Educación para implantar programas de ese tipo en todas las etapas de la educación reglada, además de tratar de potenciar la formación en el ámbito laboral –también entre los autónomos- y el sanitario.

    Los últimos dos objetivos son impulsar la innovación en prevención –colaborando principalmente con la Universidad para realizar proyectos de investigación-; e intensificar la vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en prevención, estableciendo programas específicos en función de criterios de siniestralidad y también ligados a riesgos especiales, como cancerígenos, psicosociales, o amianto.

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  • Convocadas ayudas a empresas para formar a trabajadores en función de sus necesidades con compromiso de contratación

    Convocadas ayudas a empresas para formar a trabajadores en función de sus necesidades con compromiso de contratación

     

    El Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) abre una nueva convocatoria del programa de Acuerdos de Formación con Compromiso de Contratación, dotada con 905.874 euros. Esta herramienta del departamento de Economía, Planificación y Empleo permite a empresas y entidades recibir subvenciones y acompañamiento para formar a futuros trabajadores a medida de sus necesidades a cambio de comprometerse a contratar, al menos, a la mitad de los participantes en la formación organizada.

     

    Beneficiarios

     

    Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.

     

    Compromiso de contratación

     

    Las entidades beneficiarias deberán contratar entre sus centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos al 60% de las personas trabajadoras formadas en aquellos casos en los que el contrato que se realice no tenga carácter indefinido. Cuando el contrato que se formalice vaya a tener carácter indefinido, el porcentaje mínimo de contratación anterior será del 50% de las personas trabajadoras formadas.

    Para facilitar también la ejecución de actuaciones con alto contenido social e inclusivo, en los casos en los que la acción formativa se dirija en su totalidad a personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, el porcentaje mínimo de contratación será del 40%, independientemente de la modalidad del contrato de trabajo.

    Asimismo, en los casos en los que las personas a contratar formen parte de un programa de integración social y laboral de personas con discapacidad, podrá admitirse la sustitución del compromiso inicial de contratación de una empresa por el suscrito con otra distinta que mejore las condiciones.

     

    Acciones formativas subvencionables

     

    Las acciones formativas que se incluyan dentro de los compromisos con contratación podrán ser:

    • Acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad
    • Acciones formativas de especialidades formativas no conducentes a la obtención de un certifcado de profesionalidad

    La formación será teórico-práctica y se impartirá, en todo caso, en modalidad presencial, con un número máximo de 25 participantes por acción formativa.

    La formación tendrá una duración mínima de 50 horas y máxima de 360 horas. Se excepcionan aquellos casos en los que la formación esté dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, cuya duración será la establecida en los correspondientes reales decretos que los regulan, o bien se trate de especialidades formativas conducentes a la obtención de un título o habilitación profesional que tenga carácter necesario para el ejercicio de una actividad laboral o profesional concreta, cuya duración será la establecida en el Catálogo de Especialidades Formativas.

     

    Plazo

     

    La solicitud podrá presentarse hasta el día 30 de noviembre de 2022.

    Orden completa

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