Mes: noviembre 2022

  • Medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores de terceros países

    Medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores de terceros países

     

    Se publica el Real Decreto 993/2022, de 29 de noviembre, por el que se adoptan medidas de control para la importación de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores procedentes de terceros países.

    Este real decreto tiene por objeto establecer los procedimientos para el control e  inspección de aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, AEE), y de pilas y acumuladores, procedentes de terceros países previos al despacho a libre práctica en la Unión Europea, con el fin de verificar que:

    • Los AEE importados cumplen con las normas establecidas en materia de  restricciones a la utilización de sustancias peligrosas en los mismos.
    • Los responsables de la introducción en el mercado de la Unión Europea de AEE  y las pilas, acumuladores y baterías hayan cumplido con sus obligaciones respecto al  Registro Integrado Industrial establecido en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en lo relativo a los residuos de AEE,  y el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión  ambiental de sus residuos, en lo relativo a residuos de pilas y acumuladores.

    A efectos de este real decreto, entre otros aspectos señala que:

    Los importadores establecidos en España que comercialicen AEE, pilas y acumuladores en el mercado español, incluidos los que realizan ventas a distancia desde otros países, deberán estar inscritos en el Registro Integrado Industrial conforme al artículo 8 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, y la disposición adicional primera del Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero.

    El importador podrá nombrar a un representante autorizado, en los términos contemplados en el real decreto sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, quién será responsable de cumplir la obligación de registro, o en su defecto habrá un productor afincado en España responsable de esa comercialización que facilitará el número de Registro Integrado Industrial.

    En caso de que el importador no esté establecido en España deberá nombrar un representante autorizado obligatoriamente. Además, los importadores de mercancías sometidas al ámbito de aplicación de este real decreto o sus representantes aduaneros, con carácter previo al despacho a libre práctica de sus mercancías, deberán presentar una notificación, a modo de solicitud de control, ante el Servicio de Inspección SOIVRE de la Dirección Territorial y Provincial de Comercio que corresponda.

    La presentación de la notificación se realizará a través del denominado Punto Único de Entrada sobre Restricción del uso de ciertas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos, sobre Reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (en adelante, PUE ROHS/RAEEs) en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    La documentación técnica que avale el cumplimiento de los requisitos en relación con el contenido en sustancias peligrosas de los AEE, de referencias importadas con asiduidad, podrá ser proporcionada de manera anticipada o en el momento del despacho a libre práctica al Servicio de Inspección SOIVRE para su incorporación al repositorio documental.

     Real Decreto completo

  • Participa en el último barómetro #LAPYMEHABLA del año de CEPYME

    Participa en el último barómetro #LAPYMEHABLA del año de CEPYME

     

    Ya está en marcha la última edición del Barómetro de CEPYME, que incluye preguntas esenciales sobre el impacto de la inflación y la guerra en Ucrania en las pymes españolas. 

    El Barómetro de CEPYME es una iniciativa que se puso en marcha en plena pandemia y que ha ayudado en los últimos dos años a conocer mejor cuál es la situación real de las PYMES, principalmente en asuntos económicos y de empleo. Ante el actual escenario inflacionista y cuando hay temores de que se produzca una nueva recesión, creemos que sigue siendo una herramienta fundamental para seguir dando voz a las pymes de nuestro país.

    En la difícil situación que están atravesando las PYMES españolas en estos momentos –en la que están sufriendo una fuerte reducción de los márgenes empresariales como consecuencia del aumento de los costes, de la baja productividad o los altos niveles de endeudamiento, entre otros factores– cobra especial importancia llevar a cabo este tipo de acciones que permite conocer el impacto de la crisis en el día a día de las empresas y su opinión acerca de las medidas que se están poniendo en marcha.

    Realizar encuesta

  • Jornada: Nuevo sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RD ley 13/2022)

    Jornada: Nuevo sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RD ley 13/2022)

     

    El Real Decreto Ley 13/2022 de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad (BOE de 27 de julio de 2022) ha introducido cambios en el sistema de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos modificando el sistema actual de elección de las bases de cotización por un sistema basado en los rendimientos anuales de las personas autónomas.

    Estos cambios entran en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

    Por ello CEPYME Aragón y CEPYME Zaragoza organizan de manera conjunta una jornada el próximo 15 de diciembre de 2022 a las 12 horas que contará con Mª Dolores Martín Hueso, directora provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y con Ricardo Pérez Luján, director de la Administración nº4 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza, que nos darán a conocer las claves y la operativa del nuevo sistema de cotización al RETA.

     

    Programa

     

    12:00 Inauguración
    Mª Jesús Lorente Ozcariz. Presidenta de CEPYME Aragón

    12:10 Ponencia: Novedades en el sistema de cotización del RETA de la Ley 13/2022
    Mª Dolores Martín Hueso. Directora provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
    Ricardo Pérez Luján. Director de la Administración nº4 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza.

    La jornada podrá seguirse de manera presencial en nuestras instalaciones (Plaza Roma F-1 oficinas 2ª Planta) u on-line. Es imprescindible la inscripción.

    Inscripción

  • Formación gratuita en prevención de riesgos laborales para autónomos

    Formación gratuita en prevención de riesgos laborales para autónomos

     

    La Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) va a publicar y gestionar cursos de formación en materia de prevención de riesgos laborales dirigidos a trabajadores autónomos.

    Estos cursos son gratuitos y la formación será totalmente online. Además, a la finalización del curso se le entregará un diploma al alumno participante.

    El objetivo es capacitar a las personas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para el desarrollo de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales recogidas en el Reglamento de Servicios de Prevención.

    Los requisitos para poder inscribirse en estos cursos son los siguientes:

    • Estar al corriente de pago de la cuota de autónomos del mes de noviembre de 2022
    • Tener domicilio fiscal en Aragón

    Más información

  • Ayudas a empresas para la contratación de jóvenes

    Ayudas a empresas para la contratación de jóvenes

     

    La Fundación ”la Caixa” lanza la cuarta convocatoria Empleo Joven que pretende ser una ayuda directa a empresas y entidades para la contratación de personas jóvenes (mayores de 16 y menores de 30 años) inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras:

    • Las empresas, incluidos/as los/las empresarios/as autónomos/as.
    • Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

    No podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras:

    • Las uniones temporales de empresas.
    • Las sociedades civiles.
    • Las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica.
    • Los entes del sector público estatal, autonómico y local

     

    Contratos subvencionables

     

    Son subvencionables aquellos contratos que se ajusten a las previsiones del  Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo y/o a su normativa específica de aplicación y que sean contratos indefinidos, a tiempo completo, con un periodo mínimo de permanencia de 6 meses.

    A efectos del cómputo del período mínimo de permanencia de 6 meses, si el contrato de la persona joven trabajadora continua vigente, pero se ve afectado por un ERTE motivado por el COVID-19, ya sea de suspensión total o de reducción de jornada, el período afectado por el ERTE se considerará como mantenimiento a efectos de cómputo del periodo mínimo de permanencia.

    No tendrán la consideración de contratos subvencionables los siguientes:

    • Contrato para la formación y el aprendizaje
    • Contrato en prácticas
    • Contrato de interinidad
    • Contrato temporal
    • Contrato fijo discontinuo
    • Contrato de puesta a disposición

     

    Cuantía

     

    Por cada contrato indefinido subvencionado al amparo de las presentes bases se otorgará una ayuda máxima de 4.800 euros, correspondiente a una cuantía fija de 800 euros mensuales durante los SEIS (6) primeros meses de contrato (periodo de permanencia mínima).

     

    Plazo

     

    El plazo de solicitud de las ayudas se inicia el día 22 de noviembre de 2022 y finalizará una vez agotado el crédito disponible en la convocatoria o el 31 de marzo de 2023 .

    Más info

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