Mes: diciembre 2022

  • Novedades del Real Decreto de envases y residuos de envases

    Novedades del Real Decreto de envases y residuos de envases

     

    Se publica en BOE el nuevo Real Decreto de envases y residuos de envases que establece el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.

     

    Ámbito de aplicación

     

    Todos los envases puestos en el mercado y residuos de envases generados en el territorio del Estado, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios, hogares, o en cualquier otro sitio, sean cuales fueren los materiales utilizados.

     

    Objetivos

     

    El RD establece distintos objetivos en diferentes ámbitos como en prevención, en reutilización (establece, entre otros, objetivos concretos por ejemplo en el sector de la hostelería y restauración y establecimientos minoristas de alimentación), en reciclado y valorización (por materiales como plástico, madera, metales ferrosos, aluminio, vidrio, papel y cartón).

     

    Responsabilidad ampliada del productor (RAP)

     

    Además de las obligaciones de diseño, marcado e información, y dentro de esta última, se crea la sección de envases en el Registro de Productores de Productos (creado por el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo).  En el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto (29/12/2022) deberán inscribirse los productores de producto (envases) o sus representantes autorizados.

    En cuanto al régimen de RAP, el productor del producto estará obligado, entre otras, a:

    • Elaborar y aplicar planes empresariales de prevención y ecodiseño

     

    • Poner en el mercado los envases o, en su caso, los productos envasados cumpliendo los requisitos de fabricación, diseño, marcado e información

     

    • Contribuir al cumplimiento de los objetivos de prevención y reutilización

     

    • Alcanzar, como mínimo, los objetivos de reciclado fijados en el RD

     

    • Establecer sistemas de depósito, devolución y retorno, en el caso de la puesta en el mercado de envases reutilizables para garantizar su recuperación a través de toda la cadena de distribución, incluido, en su caso, el consumidor final, y organizar y financiar la gestión de los envases reutilizables al final de su vida útil

     

    • Financiar y organizar, total o parcialmente, la recogida y tratamiento de los residuos de envases de un solo uso

     

    Algunas de estas obligaciones podrán cumplirse a través de la constitución de sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP).

    El RD establece un regímenes  de RAP específicos:

    • En materia de envases domésticos (sección 3ª del CAPÍTULO III_Régimen de responsabilidad ampliada del productor).

     

    • En materia de envases comerciales (Sección 4.ª Régimen de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases comerciales).

     

    • En materia de envases industriales (Sección 5.ª Régimen de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases industriales).

     

    En las disposiciones adicionales se hace referencia a:

    • La gestión de envases de medicamentos

     

    • El RAP de los recipientes que se utilizan para contener alimentos y a los vasos de plástico de un solo uso para bebidas, incluidos sus tapas y tapones

     

    • Al RAP de difusores y trampas de captura y monitoreo que utilizan insecticidas, feromonas y otros productos para el control de plagas en el ámbito agroforestal

     

    En cuanto a la adaptación al nuevo régimen RAP para los productores de producto que con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto no tuvieran la obligación de participar en un sistema integrado de gestión, conforme a lo previsto en la Ley 11/1997, constituirán los sistemas de responsabilidad ampliada según lo establecido en este real decreto antes del 31 de diciembre de 2024. A estos efectos, antes del 31 de diciembre de 2023, se presentará a la autoridad competente la comunicación del sistema individual o la solicitud de autorización como sistema colectivo de responsabilidad ampliada.

    El resto de productores de producto constituirán o adaptarán los sistemas integrados de gestión a lo previsto en este real decreto antes del 30 junio de 2024. A estos efectos, antes del 30 de junio de 2023, se presentará a la autoridad competente la comunicación del sistema individual o la solicitud de autorización como sistema colectivo de responsabilidad ampliada.

     

    Entrada en vigor

     

    El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (28/12/2022). No obstante, las nuevas obligaciones de marcado previstas en el artículo 13 (Obligaciones de marcado y de información) se aplicarán desde el 1 de enero de 2025.

    Real Decreto completo

     

    Jornada informativa

     

    ¿Tienes dudas sobre el nuevo Real Decreto? Dada la importancia de la norma aprobada y las afecciones que pueden suponer para nuestras empresas, la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza y CEPYME Zaragoza han organizado un seminario informativo en formato mixto (on-line o presencial) el jueves 19 de enero a las 9 h para intentar resolver dudas. 

    Más información

  • Ayudas para proyectos de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G

    Ayudas para proyectos de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G

     

    Se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de desarrollo experimental en el marco de la tecnología 5G que consigan la transformación digital de un sector económico.

     

    Beneficiarios

     

    • Los organismos de investigación y de difusión de conocimientos
    • Empresas

    Cuando el objetivo de la actuación lo requiera, ésta podrá ser desarrollada de forma individual o en cooperación.

    En el caso de proyectos desarrollados en forma de cooperación, según lo establecido en las bases reguladoras, el número de participantes estará limitado a un máximo de tres entidades.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Podrán recibir ayudas los proyectos de desarrollo experimental que desarrollen aplicaciones y servicios basados en 5G y ejerzan un papel tractor y demostrador para el sector concreto de aplicación. Las aplicaciones y servicios 5G desarrollados pueden ser desplegados sobre redes privadas, en régimen de autoprestación, sobre redes públicas o mixtas.

    El grado de madurez de las tecnologías se medirá utilizando el modelo de los “Technology Readiness Levels” (en adelante, TRL); estando esta convocatoria enfocada a proyectos en TRLs iniciales de 5 a 6.

     

    Cuantía

     

    Los proyectos deberán tener un presupuesto mínimo de 1 millón de euros y un máximo de 15 millones de euros.

    Se considerará plazo de ejecución del proyecto al periodo comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y la fecha de finalización del proyecto, que no podrá ser superior a la fecha de cumplimiento del hito CID, el 31 de diciembre de 2025.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día 13 de febrero de 2023 y finalizará el día 3 de marzo de 2023 a las 13 horas peninsulares.

    Bases reguladoras

    Resolución completa

  • CEPYME Zaragoza asegura que las nuevas medidas anticrisis no solucionan los problemas de pymes y autónomos

    CEPYME Zaragoza asegura que las nuevas medidas anticrisis no solucionan los problemas de pymes y autónomos

     

    CEPYME Zaragoza ha reunido esta mañana a su Comité Ejecutivo en el que han analizado el paquete de medidas anticrisis presentado ayer por Pedro Sánchez y han asegurado que no supone una solución a los problemas de las pymes y los autónomos.

    Los pequeños empresarios han recordado que las micropymes y los autónomos también son vulnerables, pues las consecuencias de la inflación afectan a todos por igual, y han criticado especialmente la decisión de suprimir la bonificación general al combustible que, entre otros aspectos, deja fuera a profesionales como los repartidores en furgoneta que igualmente son grandes consumidores de carburante.

    CEPYME Zaragoza denuncia además que, como viene siendo habitual, no se ha tenido en cuenta la opinión de los implicados. Así, a tres días de comenzar el nuevo año, ninguno de los sectores afectados por la medida sabe cómo se va a aplicar, ni estaciones de servicio, ni transportistas. Asimismo, como ya ocurrió con la puesta en marcha de esta bonificación, vuelve a ser el empresario el que debe adelantar el dinero, hasta ahora debían hacerlo las estaciones de servicio, ahora deberán hacerlo los propios transportistas, convirtiéndose así en financiadores de la propuesta.

    Por otro lado, respecto al bono de 200 euros para la compra, la organización empresarial insiste de nuevo en la falta de información sobre cómo y dónde deberá ser utilizado y reclama que no solo los grandes establecimientos sean los beneficiarios de los mismos.

    CEPYME Zaragoza recuerda que el 99,9% del tejido empresarial aragonés está formado por PYMES y autónomos de los que el 95,43% son empresas con menos de 10 trabajadores. Asimismo, son las PYMES y los autónomos los que crean 7 de cada 10 empleos generados en nuestra Comunidad.

  • Se establecen las bases reguladoras para ayudas a proyectos de inversión que contribuyan a la transformación del modelo económico de la provincia de Teruel

    Se establecen las bases reguladoras para ayudas a proyectos de inversión que contribuyan a la transformación del modelo económico de la provincia de Teruel

     

    Se publican las bases reguladoras para la promoción o el fomento de determinados proyectos de inversión, públicos y privados, que contribuyan a la transformación del modelo económico de la provincia de Teruel.

    Las ayudas se instrumentarán a través de cuatro líneas en forma de subvenciones a fondo perdido para proyectos de inversión en activos fijos destinados a:

    • Promover el establecimiento, desarrollo y consolidación del tejido empresarial productivo, especialmente industrial, así como la creación y mantenimiento del empleo
    • Favorecer un modelo económico sostenible medioambientalmente
    • Fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación
    • Apoyar los proyectos de inversión para infraestructuras públicas

     

    Beneficiarios

     

    Empresas y empresarios cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicada en la provincia de Teruel, que realicen proyectos de inversión de alguna de las tipologías previstas en las bases reguladoras en el territorio de la propia provincia. Asimismo, podrán ser beneficiarios las entidades locales de las comarcas de Teruel afectas por el Plan Miner, que realicen proyectos de inversión en infraestructuras públicas que sean de su competencia.

     

    Proyectos susceptibles de subvención

     

    Se consideran inversiones que contribuyen al desarrollo económico de la provincia de Teruel aquéllas que incidan en la mejora o consecución de las siguientes prioridades temáticas:

    • Desarrollo de la capacidad innovadora, fundamentalmente tecnológica, la digitalización de procesos, promoción de activos intangibles
    • Modernización y diversificación de productos
    • Inversión en sectores productivos
    • Impacto positivo en el empleo estable, preferentemente cualificado, promoción de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en los ciudadanos
    • Mejora de la competitividad y la internacionalización: estabilización y crecimiento empresarial
    • Incremento de la conectividad y de la capacidad logística que favorezca la apertura de nuevos mercados
    • Inversiones de sostenibilidad medioambiental, mediante la introducción de mejoras protectoras
    • Desarrollos local y territorial equilibrados

    El importe mínimo de la inversión a subvencionar en cada línea de ayuda vendrá determinado en la correspondiente convocatoria, sin perjuicio de los porcentajes de intensidad de la ayuda que correspondan en función de la naturaleza de cada proyecto concreto, del límite máximo y de los umbrales de cada modalidad.

    Orden completa

  • Ayudas para proyectos de cooperación transfronteriza entre Aragón y Nueva Aquitania

    Ayudas para proyectos de cooperación transfronteriza entre Aragón y Nueva Aquitania

     

    Se convocan subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania durante el año 2023.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades:

    • Las empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Los entes públicos que tengan su sede y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Las entidades que integran la Administración Local aragonesa.

     

    Las entidades beneficiarias deberán tener, al menos, un socio en el proyecto que tenga domicilio social o sede en la región francesa de Nueva Aquitania, siendo necesario que el socio francés haya presentado, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Nueva Aquitania en la convocatoria correspondiente al año 2023.

     

    Proyectos subvencionables

     

    Serán susceptibles de subvención aquellos proyectos de cooperación transfronteriza que tengan relación con las siguientes áreas:

    • Medio ambiente y desarrollo sostenible.
    • Enseñanza superior, investigación, innovación y transferencia tecnológica.
    • Educación, formación, cultura y turismo.

    Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse desde el día 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2023.

     

    Cuantía

     

    Las subvenciones que se concedan no podrán superar el 50% de la inversión.

    El importe total de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste total de la actividad subvencionada.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes concluirá el 15 de febrero de 2023.

    Orden completa

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