Mes: enero 2023

  • CEPYME Aragón y Fundación Ibercaja renuevan su colaboración para ayudar a los jóvenes a descubrir su vocación profesional

    CEPYME Aragón y Fundación Ibercaja renuevan su colaboración para ayudar a los jóvenes a descubrir su vocación profesional

     

    Fundación Ibercaja y CEPYME Aragón continúan su colaboración para facilitar a los jóvenes estudiantes el acceso a la información y orientación académica y profesional a través de su programa “Ibercaja Orienta”. Se trata de un servicio online de asesoramiento que desde 2012 suma más de 600.000 usuarios, entre los que se encuentran jóvenes, padres y docentes.

    El director general de Fundación Ibercaja, José Luis Rodrigo, y la presidenta de CEPYME Aragón, María Jesús Lorente, han renovado su acuerdo de colaboración con el objetivo de seguir con el impulso de esta plataforma, a la que accedieron más de 65.000 personas a lo largo de 2022.

    El servicio digital Ibercaja Orienta comenzó en 2012 como un recurso de orientación académica y profesional con el fin de apoyar la toma de decisión sobre su futuro profesional y con ello mejorar e incrementar la inserción social y laboral de los jóvenes. Del mismo modo, se dispone como una herramienta útil a la hora de ayudarles en la elección de sus itinerarios de formación.

    Los principales destinatarios de la plataforma son los jóvenes que inician su etapa académica postobligatoria, eligiendo una opción formativa y profesional, pero igualmente los servicios pueden ser utilizados por los padres y también por los docentes, con más de 462 recursos a su disposición.

     

    Información sobre todas las opciones académicas en España

    La plataforma cuenta con una gran cantidad de información detallada sobre las diferentes titulaciones de Grado universitario y Formación Profesional (Grado Medio y Superior), Enseñanzas de Régimen Especial de artes plásticas, deportes, idiomas, música y danza, los distintos cuerpos de Seguridad y otros documentos específicos sobre las diferentes opciones educativas en distintas comunidades autónomas.

     

    “Diseña tu futuro: la información que necesitas”

    Como parte de la colaboración entre Fundación Ibercaja y CEPYME Aragón, durante el mes de marzo se desarrollará el programa “Diseña tu futuro: la información que necesitas”, formado por 4 videoconferencias que se llevarán a cabo los días 8,15,22 y 29 de marzo.

    A través de este ciclo, se ofrecerá una aproximación a la realidad del mercado laboral además de información sobre las diferentes opciones académicas y formativas.

    La primera ponencia “Impulsa tu talento: De los sueños a la inserción laboral” tendrá lugar el 8 de marzo y versará sobre las nuevas tendencias del mercado laboral, los sectores con más oportunidades y los perfiles profesionales más demandados. El ciclo continuará el día 15 con la charla “La Universidad y su adaptación al entorno laboral” a través de la cual, se informará sobre las últimas novedades en el ámbito universitario y las diferentes opciones que presenta. Por otra parte, la siguiente conferencia, el 22 de marzo, tratará sobre “La Formación profesional, un valor en alza” que dará a conocer su amplia oferta formativa, en muchos casos desconocida por el alumnado. El programa finalizará el día 29 con la charla “Enseñanzas artísticas o cómo hacer de tu pasión, una profesión”.

    Acceder a Ibercaja Orienta

  • Abierta la convocatoria de subvenciones para inversiones en instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas

    Abierta la convocatoria de subvenciones para inversiones en instalaciones de transformación e infraestructuras vitivinícolas

     

    Convocadas las subvenciones destinadas a fomentar las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización para el ejercicio FEAGA 2024.

     

    Beneficiarios

     

    • Empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Reglamento (UE), o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Organizaciones de productores vitivinícolas reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE), y sus asociaciones.
    • Asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Organizaciones interprofesionales.
    • Organizaciones profesionales.

     

    Gastos subvencionables

     

    Tendrán consideración de gastos subvencionables de la actividad auxiliada los siguientes:

    • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
    •  Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto. Dentro de estos gastos quedan incluidas las inversiones en activos materiales consistentes en sistemas que generen energía, siempre que la cantidad de energía anual generada no supere la cantidad de energía consumida anualmente en las instalaciones objeto de la inversión.
    • Gastos administrativos vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b tales como honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría, así como estudios de viabilidad, de acuerdo con el límite establecido del 4% de los costes subvencionables totales de una operación.
    • Adquisición o desarrollo de soportes lógicos de ordenador y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 1 de marzo de 2023.

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  • Ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística

    Ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística

     

    Se convocan, para el año 2023, ayudas destinadas a financiar actuaciones de entidades privadas turísticas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro de ámbito autonómico, provincial, comarcal o local, que se encuentren debidamente inscritas en el registro correspondiente y cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en Aragón.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerarán actuaciones subvencionables aquéllas que desarrollen la promoción y difusión de la oferta del sector turístico aragonés, así como los recursos disponibles, al objeto de consolidar Aragón como destino turístico competitivo. Concretándose en las siguientes líneas de actuación:

    • Campañas publicitarias y edición de material de promoción turística en distintos soportes; así como la creación de contenido turístico para el desarrollo on line y of line, la gestión de las redes sociales, encaminadas a la promoción turística, así como la creación de webs y la adquisición de programas informáticos relacionados con la promoción turística.
    • Asistencia a ferias y actos de promoción, tanto dentro como fuera de Aragón.
    • Organización de celebraciones, concursos y eventos turísticos y gastronómicos; así como jornadas de sensibilización y formación, viajes de familiarización y jornadas inversas; también quedan incluidas en este apartado las actuaciones encaminadas a la creación de productos turísticos a través de la organización de rutas y paquetes turísticos por Aragón. En todos los casos el tema central de la celebración deberá guardar una estrecha relación con la entidad que lo promueve. Tanto el evento en sí mismo como las actuaciones concretas que se organicen, con carácter generalizado, deberán demostrar la capacidad de captar una afluencia importante de visitantes de fuera de Aragón.

    Los proyectos propuestos, que podrán dirigirse a promocionar la oferta turística y gastronómica aragonesa tanto al público profesional como al consumidor final, buscarán la mayor eficacia de impacto, habrán de adaptarse a las nuevas circunstancias del mercado turístico y tener en cuenta las posibilidades de comunicación que ofrecen las nuevas tecnologías.

    De conformidad con el Plan Aragonés de Estrategia Turística, las actividades que se planifquen deberán ir encaminadas a la diferenciación, la especialización, la personalización y la innovación de Aragón como destino turístico.

     

    Cuantía

     

    La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 100% de los gastos subvencionables, sin que la inversión mínima aceptada pueda ser inferior a cuatro mil euros (4.000 euros) ni superior a sesenta mil euros (60.000 euros).

    Si el presupuesto aprobado resulta insuficiente para atender con el máximo porcentaje a los proyectos que cumplan con los requisitos de la convocatoria, se procederá, teniendo en cuenta la puntuación obtenida, al prorrateo entre los beneficiarios, estableciendo una correspondencia por tramos relacionando los puntos alcanzados en la valoración con el porcentaje a aplicar para la obtención de la subvención.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de enero de 2023.

    Orden completa

  • Las empresas del área de Zaragoza ya pueden solicitar las ayudas para el transporte colectivo de trabajadores a polígonos

    Las empresas del área de Zaragoza ya pueden solicitar las ayudas para el transporte colectivo de trabajadores a polígonos

     

    Publicado en BOA el acuerdo del Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza por el que se aprueban las bases del procedimiento administrativo y primera convocatoria para la concesión de ayudas a las empresas que contraten servicios de transporte público regular de trabajadores a polígonos industriales y empresas en el ámbito territorial del CTAZ.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de esta subvención todas aquellas personas jurídicas que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito de actuación del CTAZ que así lo soliciten en el plazo establecido en estas bases.

    También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo las actuaciones objeto de subvención.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las subvenciones podrán financiar dos líneas de actuación:

    • Los servicios mancomunados de transporte público regular de viajeros de uso especial (trabajadores) prestados en el ámbito de territorial del CTAZ, que se mantengan activos en el momento de publicación de la convocatoria.
    • La implementación de nuevos servicios mancomunados de transporte público regular de viajeros de uso especial (trabajadores) dentro del ámbito territorial del CTAZ. La obtención de la subvención en este supuesto estará condicionada a la puesta en marcha del servicio en el plazo que se indique en la correspondiente convocatoria de las ayudas.

    A efectos de la aplicación de las presentes bases se entiende como servicio mancomunado aquel que proporciona servicio a trabajadores de más de una empresa realizando para ello más de una parada en destino.

     

    Cuantía

     

    Las subvenciones otorgadas se instrumentarán como entrega, sin contraprestación, de un porcentaje de los costes subvencionables que será el siguiente en cada una de las líneas de actuación:

    En el caso de la primera línea de actuación equivaldrá al 20% de los costes operativos anuales subvencionables acreditados y dicho porcentaje se percibirá por el beneficiario con carácter definitivo cuando se certifiquen los costes incurridos. El límite máximo de ayuda por solicitud será el indicado en la convocatoria.

    En el caso de la segunda línea de actuación equivaldrá al 30% de los costes operativos subvencionables acreditados incurridos durante el período que se indique en la correspondiente convocatoria de las ayudas y, en su caso, el 50% de aquellos costes que estén relacionados con la implementación de desarrollos tecnológicos aplicados a la gestión del servicio también incurridos en el mismo período que indique la referida convocatoria. En esta segunda línea de actuación la subvención será percibida por el beneficiario cuando se verifique la ejecución del proyecto y se certifiquen los costes incurridos. El límite máximo de ayuda por solicitud será el indicado en la convocatoria.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de enero de 2023.

    Acuerdo completo

  • Consulta pública del Proyecto de Real Decreto para la concesión de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera

    Consulta pública del Proyecto de Real Decreto para la concesión de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera

    Abierta la consulta pública previa del Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte de la Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), recientemente publicado por el Ministerio de Industria Comercio y Turismo.

    La norma busca aprobar un régimen de ayudas, en concurrencia simple, con ventanilla abierta de forma continua, para impulsar la descarbonización de los procesos de la industria manufacturera en el marco del PRTR.

    Este régimen de ayudas se dirigirá al apoyo de proyectos estratégicos de cierto tamaño que podrán realizar empresas industriales manufactureras individualmente o en colaboración con otras, pudiendo estar en Régimen de Derechos de Emisión o no. El objetivo principal será apoyar inversiones para la reducción de emisiones en las instalaciones industriales. En caso de consorcios, además de las empresas industriales manufactureras, podrán participar en los mismos otras empresas no necesariamente industriales que participen en la consecución de los proyectos.

    Es necesaria la reforma de Real Decreto para esta norma reguladora, con el fin de poder responder a la concesión directa por concurrencia simple de las ayudas que cumplan los requisitos y superen los umbrales recogidos en el mismo.

    El plazo para presentar alegaciones finaliza el 30 de enero de 2023 y las alegaciones podrán remitirse a: PERTEDescarbonizacion@mincotur.es

    Texto completo

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