Mes: mayo 2023

  • Ayudas del 100% para modernizar la comunicación de tu asociación y de hasta un 80% para tus asociados

    Ayudas del 100% para modernizar la comunicación de tu asociación y de hasta un 80% para tus asociados

    El pasado 23 de mayo fue publicada la ORDEN ICD/648/2023, de 11 de mayo, por la que se convocan para el ejercicio 2023 ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el plazo para solicitar dichas ayudas finaliza el próximo día 6 de junio.

    As  Comunicación es pionera en Aragón en la elaboración de herramientas de comunicación innovadoras como es la realidad virtual propone a las asociaciones de comerciantes la posibilidad de desarrollar un tour virtual como herramienta para la promoción comercial y turística de los diferentes territorios, se trata de una experiencia inmersiva de realidad virtual que traslada al usuario a una bodega, un comercio, un museo… y puede realizar compras, simplemente con su Smartphone o PC o Tablet. Un escaparate virtual abierto al mundo.

    Para más información: 976220157 – anasa@asdecomunicacion.com

  • Empieza la campaña de la inspección de Trabajo y Seguridad Social en Aragón para el control de la temporalidad en la contratación

    Empieza la campaña de la inspección de Trabajo y Seguridad Social en Aragón para el control de la temporalidad en la contratación

    La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desarrolla en Aragón todos los años, junto con la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma, un programa de actuaciones de control sobre los contratos temporales a las empresas seleccionadas por su alta temporalidad comparada con las empresas de su misma actividad económica.

    En 2023 la reducción de la temporalidad se mantiene como un objetivo prioritario de la Comunidad Autónoma y del Gobierno de España, que lo incorporó en su acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprobó el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023. (BOE de 3 de diciembre). 

    Por otro lado, la reforma normativa realizada por el RDL 32/2021, ha modificado los tipos de contratos de trabajo, con la finalidad de incrementar la estabilidad en el empleo, haciendo preferente la contratación indefinida, reduciendo los contratos temporales y reforzando la causalidad de éstos. Los contratos realizados desde el 31 de marzo de 2022 ya deben adaptarse a esta regulación.

    En atención a lo anterior se procede a impulsar la actuación indicada, adaptándose la misma al momento actual, en el que ya está vigente la reforma laboral sobre contratación, y ya se ha producido en nuestra Comunidad Autónoma una importante reducción de la temporalidad, situándose en el mes del marzo en el 14,13%.

    A pesar de lo anterior se ha detectado un determinado número de empresas que a la fecha de hoy aún mantienen una temporalidad igual o superior al 33%, 18,7 puntos porcentuales por encima del promedio de Aragón. Por lo que se ha procedido a la selección de 205 empresas con alta temporalidad, situándose el promedio de trabajadores temporales contratados por ellas en el 58,75%

    Se le informa que estas empresas van a recibir  una comunicación de las inspecciones de trabajo de Zaragoza, Huesca o Teruel. instando a las mismas a que revisen su situación de contratación y transformen, en su caso, aquéllos contratos temporales que no responden realmente a una causa temporal al amparo de lo dispuesto en el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores.

    Esta acción es complementaria de las realizadas a nivel estatal. Desde el Organismo Estatal ITSS se están desarrollando otras acciones de control, (planes de choque) que pueden originar otras comunicaciones dirigidas a empresas de Aragón sobre contratos de trabajo concretos que debían ser indefinidos por el incumplimiento de los plazos legales de duración, encadenamiento, contratos de trabajo fijos discontinuos, contratos con empresas de trabajo temporal u otras características, que deberán ser igualmente atendidas pero que no será necesario que registre en este procedimiento.

     

    Posibilidad de cumplir con el requerimiento de la ITSS registrando los contratos temporales transformados en indefinidos

     

    Tras la recepción del requerimiento, en el caso de que las empresas decidan transformar contratos en indefinidos, deberán comunicar los contratos transformados mediante un procedimiento automatizado que se encuentra ubicado en la web del Gobierno de Aragón y que se indica en el requerimiento.

    La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desarrolla en Aragón todos los años, junto con la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma, un programa de actuaciones de control sobre los contratos temporales a las empresas seleccionadas por su alta temporalidad comparada con las empresas de su misma actividad económica. 

    Inicia la tramitación

  • Pymes #PorElClima: taller presencial en Fraga el próximo 31 de mayo

    Pymes #PorElClima: taller presencial en Fraga el próximo 31 de mayo

    El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental, con el apoyo de la Comunidad #PorElClima, la colaboración de CEPYME y la Comarca del Bajo Cinca, organiza el próximo 31 de mayo una sesión dirigida a que las pymes ahonden en el concepto de huella de carbono y comprendan su importancia en el camino hacia la descarbonización de la economía, entre otras cuestiones. El encuentro, en el que se presentará la herramienta gratuita de cálculo ScopeCO2, se celebrará de manera presencial en el Salón de la sede Comarcal del Bajo/Baix Cinca en Fraga (Huesca) y, previa inscripción obligatoria, es de acceso libre.

    Entre los asistentes se seleccionarán 3 empresas a las que se apoyará en el desarrollo del cálculo de su huella de carbono.

    Programa

    Inscripción

  • Ya puedes consultar la Ampliación de la Deducción por maternidad y el incremento adicional por gastos de guardería de 2020, 2021 y 2022.

    La página web de la AEAT pone disposición púbica una guía de aplicación de la Ampliación de la Deducción por maternidad y el incremento adicional por gastos de guardería de 2020, 2021 y 2022.

    Hasta el 31 de diciembre de 2022 sólo se podía aplicar la deducción por maternidad por aquellos meses en los que se realizaba una actividad por cuenta propia o ajena de alta en la Seguridad Social o mutualidad.

    A través de la disposición final quinta de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, se ha añadido un nuevo apartado 4 a la Disposición Adicional trigésima octava de la LIRPF por el que se amplía la Deducción por maternidad prevista en el artículo 81 de la LIRPF.

    Con este nuevo apartado, también generarán derecho tanto a la Deducción por maternidad como al incremento por gastos de guardería por todos los meses de 2020, 2021 y 2022 en que se encuentren en estas nuevas situaciones- las mujeres en que a partir del 1 de enero de 2020 hayan pasado a estar en alguna de las siguientes situaciones:

    Trabajadoras por cuenta ajena que pasen a situación legal de desempleo por:

    • A.1 Haber quedado suspendido su contrato de trabajo. Esta situación se produce en los siguientes casos:
    • A.1.1- ERTE con suspensión total
    • A.1.2- Víctimas de violencia de género
    • A.2 Encontrarse en un período de inactividad productiva de las trabajadoras fijas-discontinuas

    Trabajadoras por cuenta propia que pasen a percibir la prestación por cese de actividad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada.

    La aplicación de esta ampliación de la deducción para estos tres años (2020, 2021 y 2022) se realizará en la declaración de Renta 2022, no obstante, a efectos de la aplicación práctica de la deducción debe diferenciarse:

     

    Deducción de 2022:

     

    Se calculará el importe de la deducción por Renta WEB tanto para los meses en que se realice una actividad por cuenta propia o ajena como para los meses en que concurra cualquiera de estas nuevas circunstancias. Por ello, en las casillas ordinarias relativas a la “Deducción por maternidad. Ejercicio 2022” deberá señalar no sólo los meses en que exista actividad por cuenta propia o ajena, como se hacía hasta ahora, sino también los meses en que concurra cualquiera de estas nuevas circunstancias.

     

    Deducción de 2020 y 2021:

     

    Se han creado para cada uno de estos años unas casillas específicas en Renta WEB 2022, para que consigne el importe de la deducción por maternidad y del incremento por gastos de guardería correspondiente a aquellos meses en que con la normativa original no se tenía derecho a la deducción y en los que ahora sí se tiene.

    No obstante, en aquellos casos en que hubieran aplicado en las declaraciones de 2020 y 2021, el importe correspondiente a los meses en que concurran estas nuevas causas y todavía no hubieran sido objeto de regularización por la Agencia Tributaria, se mantendrán sin cambios estas declaraciones y no se aplicarán estos importes en la declaración de Renta 2022.

    Para facilitar la cumplimentación de estas casillas correspondientes a 2020 y 2021, cuando la AEAT disponga de todos los datos y antecedentes necesarios, calculará el importe de las mismas según lo establecido en los dos párrafos anteriores y lo trasladará de forma automática a la declaración. Por tanto, en estos casos, cuando la contribuyente acceda a Renta WEB las casillas 1911 a 1916 “Ejercicios 2020 y 2021. Ampliación de la deducción por maternidad a otras situaciones” ya le aparecerán cumplimentadas.

    En caso contrario la AEAT mostrará un aviso al acceder a Renta Web indicando al contribuyente los años en que pudo tener derecho para que compruebe si le corresponde el derecho a la ampliación y revise las casillas de su declaración donde se deben incluir los importes de esta ampliación.

     

    Consulta AEAT

  • Calendario contribuyente. Junio 2023

    Calendario contribuyente. Junio 2023

     

    • 12-06-2023  Hasta el 12 de junio
      • Intrastat
    • 20-06-2023  Hasta el 20 de junio
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuesto Especial y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 27-06-2023  Hasta el 27 de junio
      • Renta y patrimonio
    • 30-06-2023  Hasta el 30 de junio
      • Declaraciones informativas
      • IVA
      • Renta y patrimonio

    Fuente: AEAT

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