Mes: junio 2023

  • Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Con motivo de la publicación de la Ley 13/2003, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, se han venido publicando sucesivas notas interpretativas o informativas en la sede electrónica de la AEAT, dado el gran número de novedades que implica tal Ley.

    Toca ahora el informar sobre la exigencia de acreditación de las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation (y el uso de la herramienta informática de análisis de conflictos de intereses, “MINERVA”):

     

    La modificación legal

     

    La Ley 13/2023, de 24 de mayo ha modificado el artículo 93 de la LGT, añadiendo una nueva letra e) en el apartado 1, y el artículo 95 de la LGT, añadiendo una nueva letra n) en el apartado 1.

    En virtud de esta modificación normativa, las entidades deberán proporcionar a la Administración tributaria la información referida a las personas físicas que son los titulares reales de las mismas, y la Administración tributaria podrá ceder cierta información en esta materia para ser utilizada en los procedimientos de análisis del conflicto de interés que deban realizarse en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, instrumento de estímulo económico financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus.

    Para la materialización de estas ayudas se creó el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, instrumento que pone a disposición de los 27 Estados miembros apoyo a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas y acometer reformas estructurales que contribuyan a la recuperación de la economía y el empleo y a abordar los principales retos económicos y sociales en los años post COVID-19.

    Dicho Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia exige a cada Estado miembro la elaboración de un Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La aplicación del Mecanismo debe efectuarse en consonancia con el principio de buena gestión financiera, incluyendo la prevención y persecución efectiva del fraude, en particular, el fraude y la evasión fiscal, la corrupción y los conflictos de intereses.

    En cumplimiento de lo anterior, la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, reguló el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, basándose en una herramienta informática bautizada como MINERVA, íntegramente desarrollada con los medios técnicos de la Agencia Tributaria.

    Esta herramienta verifica las relaciones existentes entre los miembros de los órganos de contratación y los órganos responsables de concesión de subvenciones, y los participantes en esas convocatorias, cuando los contratos o subvenciones sean financiados con los fondos Next Generation. Se trata con ello de prevenir situaciones en las que exista conflicto de interés.

    Para poder realizar el análisis de conflicto de interés ha sido necesario constituir una base de datos de titulares reales de personas y entidades jurídicas. Y es en este contexto, con objeto de mantener de una forma ágil y actualizada información de dichos titulares reales, en el que se ha modificado el artículo 93 de la LGT para solicitar que se comunique esta información en determinadas declaraciones tributarias.

    Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de que la base nacional de titularidades reales se constituya por parte del Ministerio de Justicia, responsable a estos efectos, con la participación de Notarios y Registradores.

    Por su parte, la modificación del artículo 95 de la LGT permite levantar la reserva de los datos e informaciones manejados por la administración tributaria, para comunicar los resultados del análisis del conflicto de interés sobre titularidad real y vinculaciones de tipo familiar, a los responsables de las operaciones que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que, en su caso, puedan adoptar las medidas de prevención del conflicto de interés que procedan.

    De esta forma se garantiza la gestión ágil y segura de los Fondos europeos mediante un adecuado análisis ex ante del conflicto de interés.

    Texto íntegro de la Ley

     

  • La mujer en la empresa y el relevo generacional, entre los objetivos estratégicos de CEPYME Aragón

    La mujer en la empresa y el relevo generacional, entre los objetivos estratégicos de CEPYME Aragón

    El pasado jueves 21 se reunió la junta directiva de CEPYME Aragón para abordar la actualidad del ecosistema económico que rodea a la PYME aragonesa, definir su línea estratégica y nombrar a tres vicepresidentes.

    En ese sentido, los participantes abordaron la problemática actual referente a la ausencia de trabajadores en, prácticamente, todos los sectores. Los miembros de la junta plantearon dos posibles soluciones. Por una parte, crear un modelo de políticas activas de empleo que reformule los requisitos de permanencia en el paro. Por otra, la posibilidad de aumentar el cupo de extranjería y facilitar legislativamente la contratación de especialistas foráneos.

    También se reflexionó sobre la incidencia de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en la economía, haciendo un especial hincapié en el impacto desigual que produce dependiendo del sector y del territorio. En ese sentido, CEPYME Aragón llama a la moderación ante casos como el de Teruel, donde la subida del SMI ha provocado un incremento del salario medio hasta el 87%, 27 puntos por encima de la recomendación de la Unión Europea que se sitúa en el 60%.

    Otro punto clave tratado en la reunión fue la trascendencia que adquirirán los informes no financieros a la hora de conseguir financiación y la necesidad de transmitir a las PYMES un modelo de actuación ante un cambio radical en los procesos de acceso a la financiación.

    Cabe mencionar que, además, se le trasladó al comité el documento de propuestas para la presidencia española al Consejo de la Unión Europea elaborado por CEPYME nacional.

    A efectos internos, se aprobó la liquidación de cuentas de 2022, el presupuesto para 2023 y la propuesta estratégica de CEPYME Aragón por el territorio, el emprendimiento, el relevo generacional y la mujer en la empresa.

    También se proclamaron tres vicepresidentes: Benito Tesier por Zaragoza, Fernando Luna por Huesca y Jesús Blasco por Teruel.

  • Estos son los días que debes marcar como festivos en el calendario de 2024

    Estos son los días que debes marcar como festivos en el calendario de 2024

    Este es el listado de fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2024 en la Comunidad Autónoma de Aragón, recogido en el  Decreto 93/2023, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón.

    Así pues, los trabajadores aragoneses podrán desconectar de la oficina los siguientes días: 

    1 de enero, lunes, Año Nuevo.

    6 de enero, sábado, Epifanía del Señor.

    28 de marzo, Jueves Santo.

    29 de marzo, Viernes Santo.

    23 de abril, martes, San Jorge, Día de Aragón.

    1 de mayo, miércoles, Fiesta del Trabajo.

    15 de agosto, jueves, Asunción de la Virgen.

    12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional de España.

    1 de noviembre, viernes, Todos los Santos.

    6 de diciembre, viernes, Día de la Constitución Española.

    9 de diciembre, lunes, en sustitución de día 8, domingo, Inmaculada Concepción.

    25 de diciembre, miércoles, Natividad del Señor.

     

    A los efectos de cómputo de plazos, de acuerdo con el artículo 30.7, de  la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán días inhábiles las fiestas relacionadas en el artículo anterior  y – además –  las que se determinen como fiestas locales por la autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos correspondientes, pendientes de publicación oficial.

     

    Accede al Decreto

  • ¿Cómo se va a realizar la campaña de control de las obligaciones en materia de cuota de reserva de trabajadores con discapacidad de la ITSS?

    ¿Cómo se va a realizar la campaña de control de las obligaciones en materia de cuota de reserva de trabajadores con discapacidad de la ITSS?

    En próximas fechas se procederá a la ejecución de las actuaciones de control de las obligaciones en materia de cuota de reserva de trabajadores con discapacidad.

    Este programa de actuaciones se viene desarrollando en Aragón desde el año 2000, en estrecha colaboración y coordinación con el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM).

    En función de la experiencia adquirida y en cumplimiento de los objetivos aprobados para 2023 en la Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en Aragón, se van a desarrollar tres líneas de trabajo o acciones por parte de la ITSS:

     

    1. Control de inspección mediante visita directa a 61 empresas para verificar el cumplimiento de las obligaciones en la materia señalada. Se trata de empresas que deberían tener más de una persona con discapacidad contratada pero no consta esta información, ni su cumplimiento mediante medidas alternativas. Estas empresas recibirán la carta que se adjunta a continuación

    Ejemplo de la carta

    1. Remisión de escrito de requerimiento de la ITSS sin visita a 100 empresas con declaración de excepcionalidad en vigor para recordar sus obligaciones anuales de cumplimiento y comunicación de las medidas alternativas autorizadas en sustitución total o parcial de la obligación de contratación. Estos requerimientos se reiteran a las empresas cada uno de los 3 años de vigencia de la declaración de excepcionalidad y deben justificar ante el INAEM la aplicación de las cantidades equivalentes autorizadas. Es importante elaborar la correspondiente memoria anual justificativa y remitirla al INAEM para evitar ser objeto de inspección directa al año siguiente.

     

    1. Remisión de escrito de requerimiento a 142 empresas que no han realizado comunicación obligatoria anual en 2023, y que consta que deberían tener contratada a una persona con discapacidad.

     

    Con la difusión previa de este programa se pretende incentivar el cumplimiento de las obligaciones vigentes con independencia de la actuación inspectora, mediante la revisión del cumplimiento por parte de las empresas obligadas respecto de la cuota de reserva del 2% a favor de trabajadores con discapacidad contemplado en el artículo 42 del  Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, (BOE de 3 de diciembre)  y de la aplicación, en su caso, de medidas alternativas.

    La experiencia de esta metodología de actuación desarrollada en años anteriores pone de manifiesto que las empresas incrementan el grado de cumplimiento de sus obligaciones en esta materia, permitiendo la finalidad última de facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en nuestra Comunidad Autónoma.

  • Novedades en el programa Activa Startups de Aragón

    Novedades en el programa Activa Startups de Aragón

    Como ya se ha explicado en un publicación anterior, la Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial y primera escuela de negocios de España) ha puesto en marcha el “Programa de Aceleración de Startups- Regional” que ofrece asesoramiento individualizado y formación específica para el crecimiento y desarrollo de las startups de Aragón. De la mano de la EOI, el Grupo Init, ha sido seleccionado en España para liderar el programa Activa Startups en Aragón.

    El inicio del programa se ha retrasado al 13 de Septiembre y tiene una duración estimada de cinco meses de duración con 21 horas lectivas al mes distribuidas en 50 horas de talleres grupales, 40 horas de mentoring individual y cinco eventos para la búsqueda de financiación y networking con agentes activos del ecosistema inversor y empresarial.

    Más información

     

    Cambios en los requisitos

     

    Los requisitos para acceder al programa se han modificado. Hasta el momento, era imperativo ser una startup innovadora de reciente creación (sin más de 5 años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industriales). Sin embargo, ahora también pueden inscribirse autónomos que hayan iniciado su actividad hace no más de cinco años, que sean innovadores y que tengan una previsión de escalabilidad. 

    Para más información:

      876 069 985

      ejimenez@theinit.com

    Es necesario rellenar el formulario de inscripción para poder participar, ya que las plazas son limitadas. 

    Formulario

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