Mes: enero 2025

  • Aragón establece la máxima recomendación de uso de mascarilla que será obligatoria si la dirección de los centros sanitarios lo consideran

    Aragón establece la máxima recomendación de uso de mascarilla que será obligatoria si la dirección de los centros sanitarios lo consideran

     

    Publicada en el BOA del 10/01/2024, vigente desde ese momento y manifestando su carácter temporal, por el que mantendrá su vigencia hasta el momento en que la tasa de incidencia de gripe descienda por debajo del umbral epidémico, se establece la máxima recomendación de uso de mascarilla por parte de los  profesionales que prestan servicios en los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, durante cualquier actividad que suponga atención directa a la ciudadanía, como medida de autoprotección y para evitar contagios.

    Tal recomendación podrá pasar a tener el carácter de obligatoria si la dirección de los citados centros sanitarios así lo consideren necesario en función de su evaluación de riesgo, plan específico de actuación o plan de contingencia, en su caso.

    En cualquier caso, la norma establece como altamente recomendable el uso de la mascarilla (así como la correcta  higiene de manos y ventilación adecuada de espacios interiores):

    • Al resto de profesionales de los citados centros en el ejercicio de cualquier otra actividad que no suponga atención directa a la ciudadanía y se desarrolle en esos centros, así como a pacientes y usuarios.
    • A la ciudadanía en general como medida de protección en el acceso a los centros sanitarios, sociosanitarios y centros de servicios sociales especializados, así como en espacios interiores con aglomeraciones de personas.
  • Las transferencias de dinero instantáneas cuestan lo mismo que las normales desde el 9 de enero

    Las transferencias de dinero instantáneas cuestan lo mismo que las normales desde el 9 de enero

     

    Con efectos desde el 9 de enero, por ser la fecha límite de adaptación para las entidades bancarias, se modifica el tratamiento y disponibilidad de modos de transferencias en euros.

    Así, los proveedores deberán ofrecer a todos sus usuarios de servicios de pago un servicio de pago para el envío y la recepción de transferencias inmediatas.

    Los proveedores de servicios de pago a que se refiere el párrafo primero velarán por que todas las cuentas de pago que sean accesibles para transferencias sean también accesibles para las transferencias inmediatas las veinticuatro horas del día y cualquier día natural.

    Cuando ofrezcan el servicio de pago para el envío y recepción de transferencias inmediatas, los proveedores de servicios de pago ofrecerán a sus usuarios la posibilidad de cursar múltiples órdenes de pago de forma agrupada si los proveedores ofrecen esa posibilidad a sus usuarios para otras transferencias.

    Los proveedores de servicios de pago no impondrán límites al número de órdenes de pago que puedan cursarse en un grupo de transferencias inmediatas que sean inferiores a los límites que impongan en relación con otras transferencias agrupadas.

    En relación a las comisiones cobradas por un proveedor de servicios de pago a ordenantes y beneficiarios en relación con el envío y la recepción de transferencias inmediatas, estas no serán superiores a las comisiones cobradas por dicho proveedor de servicios de pago en relación con el envío y la recepción de otras transferencias de tipo equivalente.

    La norma introduce igualmente mecanismos actualizados de detección y prevención del fraude, así como servicios de verificación de la identidad del destinatario.

    Reglamento completo

  • El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica

    El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica

     

    El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica que establece las bases de ordenación del sector industrial y el marco de la política industrial española, así como los criterios de coordinación entre las administraciones públicas.

    La actual Ley se promulgó en 1992 y en muchos aspectos ha quedado desfasada. La Ley de Industria y Autonomía Estratégica tiene como objetivo impulsar una nueva estrategia industrial para incrementar el peso de la industria en la economía española y el empleo, mejorar su competitividad y resiliencia y hacer posible su contribución a los objetivos de descarbonización de la economía y de transformación digital.

    La nueva ley consolida y refuerza los instrumentos en los que se basa la participación de la industria española en el mercado interior europeo manteniendo entre sus objetivos la garantía y protección de la libertad de establecimiento de empresas industriales, la protección de la libre circulación de productos industriales, la garantía de la unidad de mercado y la coordinación administrativa, la promoción y control de la seguridad y calidad industriales y la regulación del régimen general de responsabilidad de la actividad industrial.

     

    Además, la Ley incorpora nuevos objetivos alineados con la estrategia industrial europea

    • La planificación y promoción de una mayor autonomía estratégica, resiliencia, salvaguardia y crecimiento de la base industrial.
    • El fomento del talento y la cultura industrial, la protección de la propiedad industrial y su uso estratégico, la adopción de tecnología e innovación (incluyendo tecnologías limpias).
    • El impulso de ecosistemas, proyectos tractores y estratégicos.
    • El crecimiento y la internacionalización de la empresa industrial.
    • El fomento de un entorno favorable al desarrollo de empresas industriales y a su adaptación a los cambios estructurales, especialmente en las pymes.
    • El fortalecimiento institucional y el impulso de la participación de los agentes sociales, el diálogo social y la negociación colectiva.
    • La transformación digital del sector industrial, incluyendo a los servicios, infraestructuras y otras actividades relacionadas.
    • La transformación hacia una industria de cero emisiones netas de aquí a 2050, compatibilizando la actividad industrial con la protección del medio ambiente, la transición energética y la descarbonización de la economía. Estructura y elementos de Gobernanza

     

    La Ley recoge diferentes elementos para la Gobernanza

    • La Estrategia España de la Industria y Autonomía Estratégica es el documento que contiene las líneas generales y directrices básicas de la política industrial. Esta estrategia se elaborará tras un proceso de consultas con comunidades autónomas y agentes económicos y sociales.
    • El Plan Estatal de Industria y Autonomía Estratégica es el instrumento del Gobierno para el desarrollo y consecución de los objetivos de la estrategia. Su vigencia será de tres años. Incluirá programas de mejora de la competitividad industrial, digitalización, innovación, entornos colaborativos, formación y autonomía estratégica.
    • Se crea el Consejo Estatal de Política Industrial (CEPI) como órgano consultivo, que coordinará las acciones de la AGE en el desarrollo del PIAE. Formarán parte del Consejo los representantes de los departamentos ministeriales que se definan reglamentariamente con rango mínimo de Secretario de Estado o Subsecretario.
    • La Conferencia Sectorial de Industria y PYME es el órgano de cooperación entre la AGE y las CCAA en los ámbitos regulados en esta ley.
    • El Foro de Alto Nivel de la Industria Española es un órgano colegiado con autonomía funcional que asesorará al MINTUR en el diseño de las políticas del Gobierno en materia de política industrial y autonomía estratégica. Su composición se determinará mediante orden ministerial y será mixta, integrada por representantes el MINTUR y de los agentes económicos y sociales del sector industrial de ámbito nacional.

     

    Otras medidas de la Ley

    Se reconoce una especial protección a la industria intensiva en energía (eléctrica o gas). El Gobierno establecerá medidas de apoyo que faciliten la descarbonización de sus procesos y su transición energética. Las instalaciones industriales que se acojan a estas medidas deberán disponer de un plan de eficiencia energética y transición ecológica a largo plazo, que describa la senda de descarbonización de la instalación.

    La nueva ley dota a los grandes proyectos industriales de una nueva herramienta destinada a facilitar y acelerar la implementación de la inversión industrial.

    Se articularán medidas de apoyo a los Ecosistemas Industriales Estratégicos. Se habilita la posible concesión de ayudas públicas sin concurrencia competitiva, y grupos de trabajo específicos de simplificación administrativa.

    Podrán reconocerse nuevos Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) más allá de la vigencia del PRTR que tendrán que estar enmarcados en al menos un ecosistema industrial o un reto identificado como estratégico.

    Además, la Ley pretende asegurar las inversiones realizadas en España y, por eso, regula que cualquier empresa que quiera finalizar su actividad industrial en nuestro país, tenga que anunciarlo con 9 meses de antelación al Gobierno y, en el caso de haber recibido ayudas públicas superiores a 3 millones de euros, tengan que devolverlas si reducen en más de un 65% su producción o en 500 personas o más su plantilla.

    Se crea la Reserva Estratégica de las Capacidades Nacionales de Producción Industrial, la RECAPI. Se trata de un instrumento, un fondo, de productos y capacidades estratégicas, susceptibles de movilizarse con rapidez ante una situación de crisis. No se trata tanto de tener productos almacenados, como de disponer de un listado de artículos estratégicos, y de capacidades de producción nacional, ante casos excepcionales de situaciones críticas.

    Por último, se detalla el régimen de infracciones y sanciones. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta ley será de cinco años para las muy graves, tres para las graves y uno para las leves. Los importes de las sanciones se mantienen:

    • Las infracciones leves con multas de hasta 60.000€.
    • Las infracciones graves con multas de hasta 6M€.
    • Las infracciones muy graves con multas de hasta 100M€

     

    Transformación de SEPIDES en Entidad Pública Empresarial

    El Consejo de Ministros ha aprobado también la transformación de la Sociedad Mercantil Estatal SEPI Desarrollo (SEPIDES) en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Estatal. Esta entidad es una sociedad mercantil, cuya titularidad corresponde a SEPI, y que actualmente está en el ámbito del Ministerio de Industria y Turismo.

    SEPIDES ya cuenta con una importante experiencia en materia de apoyo al sector industrial, entre otras actuaciones, con la gestión del Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP).

    Con la conversión de SEPIDES en EPE, el Gobierno da un paso más en su apuesta por la reindustrialización y la transformación, racionalizando y mejorando la eficiencia en la gestión de los fondos dirigidos a la promoción y el impulso de la actividad industrial.

    SEPIDES gestionará las nuevas convocatorias de los PERTE financiadas con los fondos europeos de la adenda. Por ejemplo, la cuarta convocatoria del PERTE del Vehículo Eléctrico y Conectado, del PERTE Agro o las nuevas convocatorias del PERTE de descarbonización industrial.

    Texto del proyecto

  • El IVA de la electricidad vuelve a ser del 21%

    El IVA de la electricidad vuelve a ser del 21%

     

    De acuerdo con lo indicado en el Real Decreto-ley 8/2023 del 27 de diciembre de 2023, durante el año 2024 y para los contratos de luz con potencia contratada inferior o igual a 10 kW, se ha venido aplicando el tipo reducido de IVA del 10% cuando el precio del mercado diario (medio aritmético del mes anterior) hubiera superado los 45 euros/MWh y, en cualquier caso, para los consumidores vulnerables severos y vulnerables severos en riesgo de exclusión social.

    Este período temporal de aplicación del tipo reducido de IVA ha finalizado el pasado 31 de diciembre, por lo que desde el 1 de enero de 2025  se recupera la cuota de IVA ordinaria del 21% para el consumo de electricidad.

    A mayor abundamiento, esta cuota incrementada se aplicará a un precio de la luz que ha tenido en los últimos días un incremento cercano al 13%.

  • Calendario contribuyente. Enero 2025

    Calendario contribuyente. Enero 2025

     

    • 13 enero
      • Intrastat
    • 20 enero
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las primas de seguros
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 30 enero
      • Renta
      • IVA
      • Impuestos especiales y medioambientales
    • 31 enero
      • Renta
      • Declaraciones informativas
      • IVA
      • Impuesto sobre determinados servicios digitales
      • Impuesto sobre las primas de seguros
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • Renta y sociedades

    Fuente: AEAT

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