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RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2015, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se convocan para el año 2015 las subvenciones reguladas en la Orden de 22 de junio de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo.

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2015 (BOA 11/09/2015)


En el BOA de 14 de junio, el DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO, publicó la ORDEN de 22 de junio de 2015, del Departamento de Economía y Empleo, por el que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen la bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo.

Ha sido en el BOA del viernes 11 de septiembre de 2015, en el que se publica la Resolución de 18 de agosto de 2015, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se convocan para el año 2015 las subvenciones reguladas en la Orden de 22 de junio de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo.

Son contratos susceptibles de subvención los indefinidos a tiempo completo o tiempo parcial con jornada mínima del 50% y los contratos temporales o de duración determinada –en cualquier modalidad– con duración pactada de 6 meses o más, a tiempo completo o tiempo parcial con jornada mínima del 50%.

El contrato deberá suponer un incremento de la plantilla total de la empresa en la provincia respecto a la plantilla existente el 31 de agosto de 2015.y deberán haberse realizado entre el 14 de julio de 2015 y el 31 de octubre de 2015, ambos inclusive.

Como requisito subjetivo, los trabajadores deberán ser jóvenes, desempleados, que no hayan trabajado en los treinta días naturales anteriores y que se hallen inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil [+] en el momento de la contratación y, por tanto, cumplir con los requisitos que se exigen para tal inscripción:

  • Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar su inscripción en el fichero.
  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.
  • No haber recibido acciones educativas de más de 40 horas mensuales en los 90 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.
  • No haber recibido acciones formativas de más de 40 horas mensuales en los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción en el fichero.

El plazo de solicitud de las subvenciones es de un mes desde la fecha de la contratación. (Para las contrataciones realizadas antes del 12 de septiembre de 2015, el plazo finalizará el 12 de octubre de 2015).

Por tanto, desde el día 12 ya pueden solicitarse –además de otros incentivos en forma reducciones o bonificaciones de cuotas de Seguridad Social– las siguientes subvenciones:

  • 350 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización 10 y 11.
  • 400 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización 9 al 5.
  • 500 € por mes (hasta máximo 12 meses), por joven contratado en grupo de cotización del 4 al 1

El Gobierno de Aragón facilita modelos normalizados de solicitud, especificando la documentación a aportar, en su página web: www.aragon.es/inaem

PROGRAMA OPORTUNIDAD EMPLEO JOVEN. SUBVENCIONES.
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