Los términos y plazos administrativos se encuentran suspendidos en todo el Sector Público español desde el 14 de marzo de 2020 (incluido) debido a la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Durante el periodo de suspensión los canales de tramitación electrónica permanecerán abiertos, pero las solicitudes y documentos no se tramitarán hasta que se reanuden los plazos cuando se levante la suspensión. Algunos trámites concretos podrán deshabilitarse y otros en los que se levante la suspensión si el gestor así lo decide.
Sin embargo, el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo determina el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos desde el 1 de junio (el 4 para los procesales, y de prescripción y caducidad)
Es por ello útil recordar nuevamente la función de los distintos Registros de las AAPP, que, en su labor diaria seguirán afectados por las medidas y prevenciones de carácter sanitario impuestas por la COVID-19. Así, si bien se recupera la presencialidad en los registros físicos y atención al público, se impone el principio de cita previa para acudir a los mismos.
Registros físicos (con cita previa)
Gobierno de Aragón
- Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. Servicio de cita previa para la asistencia en materia de registro
Acceder
Delegación del Gobierno
- Servicio de cita previa en delegaciones y subdelegaciones del gobierno
Acceder
AEAT
- Cita Previa AEAT
Acceder
Registros electrónicos
Y para el supuesto de tramitación por medios electrónicos, no presenciales, y al margen de los específicos existentes en diversos sectores de la Administración, se recuerdan los generales:
Administración Central
- Registro Electrónico
Acceder
Gobierno de Aragón
- Registro Electrónico General del Gobierno de Aragón
Acceder