La Orden jus/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el esquema de seguridad laboral y el plan de desescalada para la administración de justicia ante el covid-19, establece que el retorno a la actividad ordinaria de la administración de justicia se realizará en cuatro fases sucesivas de incorporación presencial del personal incluido en su ámbito de aplicación, que preste servicio en los centros de destino establecidos en el artículo 521 de la ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Desde el 26 de mayo de 2020 estaba activa la fase 2 del mencionado plan de desescalada.
Con la presente Orden, y con efectos desde el próximo día 9, se accede a la fase 3 del citado plan de retorno a la actividad ordinaria.