Se añade, en esta modificación parcial de la Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, en la Comunidad Autónoma de Aragón, una nueva causa de prohibición para ser beneficiario:
(Art. 3): “5. Las empresas y entidades solicitantes sancionadas por Resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género no podrán tener la condición de beneficiario. A tal efecto, las empresas y entidades solicitantes deben presentar, junto con la solicitud de la ayuda, una declaración responsable del hecho de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias”.
Se produce igualmente una modificación de la composición de la comisión técnica de valoración:
(Art. 9) Apartado 2, de la Orden; “2. La evaluación se realizará por una comisión técnica de valoración constituida por el Jefe del Servicio competente en la materia y dos funcionarios de dicha Dirección General designados por el Director General”.