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Se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2020, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia simplificada, de las subvenciones para paliar los efectos que están teniendo los empresarios feriantes de Aragón como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

La financiación de estas subvenciones se realizará con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón por valor de 252.500 €. 

 

Beneficiarios

 

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria los empresarios que cumplan los siguientes requisitos:

  • Realicen su actividad empresarial en el sector de los feriantes, siempre que estuvieran dados de alta al menos durante 5 meses en el ejercicio 2019 en los epígrafes 663.1, 982.2 y 982.4 del Impuesto de Actividades Económicas.
  • Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente, mediante resolución administrativa firme, con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  • Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación medioambiental, en relación al tratamiento de residuos que en su caso produzca.
  • Cumplir con los requisitos exigidos en la legislación tanto en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como en materia laboral.
  • Cualesquiera otras no citadas expresamente que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o en la resolución de concesión.

Asimismo, los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social

 

Cuantía

 

La cuantía total a percibir por cada beneficiario será de 2.500 €.

 

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta orden en el “Boletín Oficial de
Aragón”, finalizando a las 15 horas del último día hábil. Es decir, el plazo finalizará el 14 de diciembre de 2020.

Orden completa

 

Ayudas para empresas feriantes
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