Esta orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la mejora en la gestión de los purines generados en las explotaciones porcinas en Aragón de conformidad con la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y en lo que no se oponga a la misma, al Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medioambiente y en las bases reguladoras previstas en la Orden DRS/600/2016, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la gestión de los purines generados en explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante, la orden de bases reguladoras).
La finalidad de la subvención convocada mediante esta orden es disminuir la repercusión del cierre de las plantas de secado de purines con cogeneración como consecuencia de la publicación de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines.
Actividades Subvencionables:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la orden de bases reguladoras serán susceptibles de subvención las siguientes actividades:
- Creación de infraestructuras para la gestión de purines
- Instalación de sistemas de tratamiento de purines individuales o colectivos
- Adquisición de cisternas para el transporte
- Adquisición de equipos de aplicación de purines en el suelo
- Adquisición de balsas móviles de almacenamiento de purines
- Construcción de balsas de almacenamiento de purines
Los proyectos de inversión consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad, que estén afectados por la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, deberán someterse a las exigencias establecidas en la misma.
Según el artículo 4.3 de la orden de bases reguladoras queda excluida de la subvención la construcción o adecuación de balsas de almacenamiento de purines u otras infraestructuras para el cumplimiento de la normativa nacional o comunitaria vigente con respecto a las explotaciones porcinas en materia de medioambiente, y otras materias relacionadas como la sanidad o el bienestar de los animales.
No podrán ser objeto de subvención actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Más Información: BOA nº139 de 20/07/2016