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Las empresas y entidades aragonesas ya pueden solicitar nuevos Acuerdos de Formación con Compromiso de Contratación con el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) para formar a futuros trabajadores a medida de sus necesidades. A través de este programa, que este año cuentan con un presupuesto de 400.000 euros, el INAEM financia procesos formativos a la carta y las compañías se comprometen a contratar posteriormente a, al menos, el 60% de las personas desempleadas que finalicen dichas formaciones.

 

Beneficiarios

 

  • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
  • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios
    con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria la que asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
  • Las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en el punto 2 del artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo

 

Personas destinatarias

 

Las acciones formativas irán dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, siempre que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo. La consideración como persona desempleada vendrá determinada por la situación laboral en que se halle al inicio de la formación.

Para la selección del alumnado, las empresas que asuman el compromiso de contratación, deberán presentar con anterioridad a la fecha de inicio de la acción formativa, las correspondientes ofertas de empleo, selladas y firmadas, ante la oficina de empleo del Instituto Aragonés de Empleo que corresponda. El proceso de selección de las personas trabajadoras participantes se llevará a cabo por el Instituto Aragonés de Empleo, en colaboración y de acuerdo con la empresa o, en su caso, con el centro de formación que pueda resultar beneficiario de la subvención. La última fase
del procedimiento de selección corresponderá siempre a la empresa o al centro de formación, salvo que renuncien expresamente a ello. 

En los procesos de selección del alumnado, se tendrá en especial consideración el acceso a este programa de las personas trabajadoras con mayores dificultades de inserción, siempre que cumplan con el nivel y requisitos de acceso requeridos para participar en la acción formativa. Igualmente, y siempre que sea posible, se dará prioridad a las personas jóvenes menores de 35 años, en cumplimiento del Plan para la mejora de la empleabilidad Joven del Gobierno de Aragón, así como a las personas paradas de larga duración mayores de 45 años, entendiéndose por tales aquellas que hayan permanecido en situación de desempleo 360 días durante los 540 días anteriores a su incorporación a la acción formativa. Por último, también se garantizará el cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación y se tenderá a la paridad entre mujeres y hombres.

 

Compromiso de contratación

 

La entidad beneficiaria se compromete a contratar, en un máximo de 6 meses desde la finalización del curso a, al menos, el 60% de las personas trabajadoras formadas.

La duración del contrato será como mínimo de 6 meses en caso de jornada a tiempo completo y de 9 meses cuando la jornada sea a tiempo parcial (mínimo 50% de la jornada).

La contratación deberá realizarse en una ocupación relacionada con la especialidad formativa impartida. La contratación deberá tener por objeto el aumento neto de plantilla, respecto al mes anterior de realización de la contratación por la que se solicita subvención.

 

Acciones formativas subvencionables

 

La formación será a medida de las necesidades de la empresa, con el fin de preparar al alumnado para su incorporación posterior.

El curso puede ser impartido por la propia empresa, en sus instalaciones y con su personal o bien puede contratar su impartición con un centro de formación.

La duración del curso tendrá un mínimo de 50 horas y un máximo de 360, salvo que esté dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, o bien se trate de especialidades formativas conducentes a la obtención de un título o habilitación profesional que tenga carácter necesario para el ejercicio de una actividad laboral o profesional concreta.

Las acciones formativas podrán iniciarse a partir de su aprobación y en el plazo de cuatro meses siguientes a la fecha de la resolución de concesión y finalizar antes del 15 de noviembre de 2022.

 

Cuantía

 

La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa será el resultado de multiplicar el número de horas de la acción formativa por el número de alumnos/as y por el importe del módulo económico recogido en la convocatoria.

 

Plazo

 

La solicitud podrá presentarse hasta el día 31 de julio de 2022.

Orden completa

Abierto el plazo para que empresas y entidades soliciten ayudas para formar a nuevos trabajadores
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