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Red.es ha publicado la segunda convocatoria de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas de 3 a 9 empleados (Segmento II

Puede consultar el extracto  de la Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convoca las ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento II en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2022/08/02/pdfs/BOE-B-2022-24251.pdf

Beneficiarios/as

Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de, pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento II es decir Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.

No podrán ser beneficiarias en esta Convocatoria:

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores, en los términos previstos en la normativa aplicable, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.
  • Las uniones temporales de empresas (UTE), conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.
  • Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Para facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, es decir, que cualquier tercero sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa.

La empresa podrá solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica.

 Cuantía

 La cuantía de la ayuda será de 6.000€ y con ella las pymes podrán adquirir las soluciones de digitalización para áreas clave como: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad.

Además, en esta segunda convocatoria, se añaden dos nuevas categorías como son presencia avanzada en internet y marketplace.

Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento I son los siguientes:

  • Sitio Web y Presencia en Internet
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2.000 €
  • Comercio electrónico
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2.000 €
  • Gestión de Redes Sociales
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2.500 €
  • Gestión de Clientes
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2.000 € (incluye 1 usuario)
  • Business Intelligence y Analítica
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2.000 € (incluye 1 usuario)
  • Gestión de Procesos
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 3.000 € (incluye 3 usuarios)
  • Factura Electrónica
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 1.000 € (incluye 3 usuarios)
  • Servicio y herramientas de Oficina Virtual
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 250 € por usuario (hasta 9usuarios)
  • Comunicaciones Seguras
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)
  • Ciberseguridad
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
  • Presencia avanzada en Internet
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2000€

 

  • Marketplace
  • Meses de prestación del servicio: 12
  • Ayuda: 2000€

 

 Plazo

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de septiembre de 2022 y se mantendrá abierto durante 12 meses.

 

Cómo realizar la solicitud de ayudas de Kit Digital

El procedimiento para llevar a cabo la solicitud es el siguiente:

  1. Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
  2. Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es.
  3. Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).

 

Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el programa Kit Digital y el catálogo de agentes digitalizadores.  Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Las empresas interesadas en esta segunda convocatoria podrán consultar las bases reguladoras y todas sus novedades en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2022/07/29/pdfs/BOE-A-2022-12734.pdf  

Publicada la Segunda Convocatoria de ayudas para empresas de 3 a 9 empleados del programa KIT DIGITAL
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