Como ya adelantamos anteriormente, mediante la Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública, se modificó el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, dando nueva redacción al artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre.
La aplicación de las modificaciones introducidas en este artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, exigía determinadas precisiones reglamentarias para desarrollar algunas cuestiones previstas en ella, fundamentalmente el procedimiento de autorización de los almacenistas de gases fluorados.
Por ello, se publica en el BOE 209 de 31 de agosto el Real Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
El RD regula la liquidación y pago del impuesto, devoluciones y deducciones, la autorización de almacenistas, el código CAF y obligaciones contables, además del Registro territorial del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para las siguientes actividades:
G1: Fabricante de gases fluorados.
G2: Adquirente intracomunitario de gases fluorados.
G3: Importador de gases fluorados.
G4: Almacenista de gases fluorados.
G5: Representante de contribuyente del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero no establecido en territorio español.
Este Real Decreto entrará en vigor el 1 de septiembre de 2022
El mismo BOE 209, de 31 de agosto, publica la Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Autoliquidación» y el modelo A23 «Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Solicitud de devolución», se determinan la forma y procedimiento para la presentación de los mismos, y se regulan la inscripción en el Registro territorial y la llevanza de la contabilidad de existencias.