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El artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado”, número 180, de 29 de julio de 1983) sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos en relación con el artículo 37.2 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece que la autoridad laboral competente, a propuesta del Pleno del ayuntamiento correspondiente, determinará hasta dos fiestas locales de carácter inhábil, retribuido y no recuperable.

La mayor parte de los ayuntamientos de la provincia de Zaragoza, Huesca y Teruel han efectuado sus respectivas propuestas que procede acoger, quedando así completado el calendario de fiestas laborales para el año 2022.

Fiestas locales en los municipios de ZaragozaResolución complementaria municipios Zaragoza

Fiestas locales en los municipios de Huesca – Resolución complementaria municipios Huesca

Fiestas locales en los municipios de Teruel – Resolución complementaria municipios Teruel

Conoce los festivos de Aragón

Calendario laboral 2023: Festivos locales
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