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Tras un detenido análisis en el marco del proyecto de rediseño del servicio prestado a la ciudadanía en materia de fianzas de arrendamientos, se ha concluido la necesaria eliminación del estampado del sello de la Unidad de Fianzas en los contratos de arrendamiento presentados ante el Gobierno de Aragón, tanto en el trámite del depósito de la fianza como en el de la devolución de la misma. Con ello se pretende contribuir a evitar una percepción errónea de la función que realiza el Gobierno de Aragón en cumplimiento del mandato de la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianzas de arrendamientos y otros contratos, agilizar la prestación del servicio y simplificar su tramitación.

En consecuencia, a partir de la publicación de esta Circular en el “Boletín Oficial de Aragón”, la forma de justificar que la fianza ha sido depositada o ha sido solicitada su devolución, se hará, única y exclusivamente, a través de la entrega del correspondiente justificante de depósito o devolución, según proceda, sin que quepa, en ningún caso, sellar los contratos de arrendamiento que se presenten en el curso de la tramitación. Al igual que ocurre en el régimen general, en el caso de las fianzas depositadas en el régimen concertado no procederá sellar los contratos de arrendamiento. En consecuencia, en el régimen concertado, la forma de acreditar el depósito de la fianza de un contrato de arrendamiento será, bien mediante la autoliquidación anual debidamente presentada y la justificación del ingreso correspondiente, o bien mediante un certificado emitido al efecto por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, previa solicitud por el interesado.

Se ha realizado una revisión del contenido de la página web para hacer una versión más accesible y que se pueda incorporar en breve el pago telemático. Además, se ha realizado un trabajo de coordinación entre las tres subdirecciones provinciales, revisando cuestiones que se tramitaban de forma diferente y garantizando una tramitación uniforme en todo el territorio de Aragón.

De esta forma, para formalizar el depósito de la fianza bastará con la justificación de que se ha hecho el ingreso y con la aportación de otros datos generales como una copia del contrato “y esto se podrá hacer íntegramente de manera telemática” ha señalado Soro. Seguirá siendo posible presentar la documentación de manera presencial en los registros del Gobierno de Aragón. El trámite se puede realizar a través del enlace de la web del Gobierno de Aragón.

Orden completa

Se elimina el sellado de contratos de arrendamiento y tramitación electrónica del pago de la fianza
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