Se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2023 con el objetivo de contribuir a la modernización y la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Aragón.
Beneficiarios
- Las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida
- Las agrupaciones de apicultores/as en la medida que sus socios o asociados beneficiarios de las ayudas cumplan con los requisitos establecidos
- Los laboratorios que desarrollen programas de investigación en el sector de la apicultura y sus productos y de análisis de productos apícolas, acreditados por la norma ISO 17025.
Acciones subvencionables
Serán objeto de ayudas los siguientes tipos de intervención:
- Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, incluso mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/as y organizaciones de apicultores/as
- Inversiones en activos materiales e inmateriales así como acciones destinadas a:
1.º Luchar contra los invasores y las enfermedades de las colmenas, en particular la varroosis
2.º Prevenir los daños ocasionados por fenómenos climáticos adversos y fomentar el desarrollo y la utilización de prácticas de gestión adaptadas a unas condiciones climáticas cambiantes
3.º Repoblar las colmenas en la Unión Europea, incluso mediante la cría de abejas
4.º Racionalizar la trashumancia
5.º Inversiones en activos materiales e inmateriales
- Acciones destinadas a los laboratorios en el análisis de productos apícolas, para evitar la pérdida de abejas o las caídas en la productividad, y de sustancias potencialmente tóxicas para las abejas;
- Acciones para preservar o aumentar el número de colmenas existentes en la Unión Europea, incluida la cría de abejas
- Promoción, comunicación y comercialización, incluidas acciones y actividades de vigilancia del mercado destinadas, en particular, a concienciar a los consumidores sobre la calidad de los productos apícolas
- Acciones para aumentar la calidad de los productos
Quedan excluidas de la subvención las siguientes actividades:
- Las compras de material y equipos que no sean nuevos.
- La adquisición de bienes mediante leasing (contrato de alquiler con derecho a opción de compra del bien al final del mismo).
- Aquellos seguros en los que la cobertura de responsabilidad civil esté garantizada en el sistema de Seguros Agrarios Combinados.
- Los gastos por tratamientos contra la varroosis no autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Las inversiones en explotaciones apícolas inferiores a 600 euros.
- Las inversiones destinadas a explotaciones de menos de 50 colmenas.
Cuantía
La cuantía individualizada de la subvención, que no podrá superar el gasto efectivamente ejecutado, se determinará en proporción al coste de la inversión; así como, al número de colmenas declaradas en el caso de los solicitantes individuales, y al número de socios y colmenas en el caso de los solicitantes colectivos, atendiendo a criterios de valoración establecidos.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 6 de junio de 2023.