Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
Se toman medidas para la incorporación ordenada de las instalaciones de producción de origen renovable en el sistema eléctrico y se regula el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para la promoción del autoconsumo, la electrificación de la demanda y la descarbonización de industria: liberación de capacidad para autoconsumo en los nudos reservados para concurso y se regulan los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para el impulso ordenado de la demanda de electricidad.
Extensión de medidas para contrarrestar las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania
- Prórroga del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.
- Prórroga de la flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica.
- Prórroga de la flexibilización temporal de los contratos de suministro de gas natural.
- Extensión temporal de los descuentos del bono social de electricidad, de garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables y de la aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares trabajadores con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética.
- Ampliación del alcance temporal de la limitación del precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo envasados.
- Prórroga de la limitación de la variación del valor del coste de la materia prima en la tarifa de último recurso de gas natural.
- Prórroga de la tarifa último recurso de gas natural aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios de hogares.
Otras medidas energéticas
- Aportación extraordinaria al sector eléctrico para financiar los costes asociados a los cargos del sistema eléctrico.
- Prórroga de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad.
- Previsiones relativas a la actualización de la retribución a la operación para las instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible a partir del 1 de enero de 2024.
- Valores unitarios de aplicación para la financiación del bono social y coste de suministro de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, correspondientes al año 2024.