El Departamento de Presidencia, Interior y Cultura del Gobierno aragonés convoca las ayudas a la producción audiovisual en el año 2024, para la realización de cortos, medio y largometrajes por empresas del sector audiovisual.
Ayudas para la realización de mediometrajes o largometrajes
Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.
Se podrá solicitar ayuda para coproducciones, siempre que la empresa solicitante tenga su domicilio social en Aragón. Asimismo, deberá tener una participación como mínimo de un 20% en la fase de la coproducción para la que se solicita ayuda.
Modalidades
Las ayudas son para la realización de producciones audiovisuales en el formato de mediometraje, con una duración de 30 a 60 minutos, o de largometraje, con una duración superior a 60 minutos, pudiendo ser de ficción, documentales o de animación, y en las siguientes modalidades:
Ayudas para desarrollo de proyectos
A los efectos de esta convocatoria se considera desarrollo de proyecto la preparación y diseño de un mediometraje o largometraje, es decir, todas aquellas actividades previas al inicio del rodaje y necesarias para la correcta realización del mismo.
Ayudas a la producción y postproducción
Las ayudas de esta modalidad para realizar mediometrajes y largometrajes pueden ser solicitadas para una de las dos fases o para ambas
Cuantía
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros en ninguna de las dos modalidades.
La cuantía máxima de la subvención no será superior a 12.000 euros en la modalidad de proyectos y a 100.000 euros en la modalidad de producción y postproducción.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 16 de mayo de 2024.
Ayudas para la realización de cortometrajes
Beneficiarios
Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.
Se podrá solicitar ayuda para coproducciones, siempre que la empresa solicitante tenga su domicilio social en Aragón. Asimismo, deberá tener una participación como mínimo de un 20% en la fase de la coproducción para la que se solicita ayuda.
Modalidades
Las ayudas están destinadas para la realización de cortometrajes de ficción, documentales o de animación en las siguientes modalidades:
Cortometrajes realizados por un director novel
Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos realizados por un director novel (empresario individual) o por una productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio social en Aragón y que no hayan registrado anteriormente ninguna producción audiovisual en algún depósito legal.
Cortometrajes realizados por empresas con experiencia
Cortometrajes con una duración menor de 30 minutos, realizados por empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón, tanto empresario individual que con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria haya realizado y registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal, como empresa productora con más de dos años de antigüedad o que haya registrado alguna producción audiovisual en cualquier depósito legal.
En ambas modalidades la solicitud de subvención será para el proyecto completo, debiendo estar terminado el cortometraje y registrado en un depósito legal a fecha 13 de noviembre de 2024.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 16 de mayo de 2024.