Compártelo:

 

La Diputación de Zaragoza ha convocado sus ayudas para empresas que adquieran suelo industrial en los municipios de la provincia. Están dotadas con 300.000 euros y no incluyen a las localidades de la Comarca Central de Zaragoza por su cercanía con la capital.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que adquieran suelo industrial conforme el planeamiento urbanístico del municipio y lo destinen a actividad profesional o empresarial.

No podrán obtener la condición de beneficiario, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Municipios excluidos

  • Alfajarín
  • Botorrita
  • El Burgo de Ebro
  • Cadrete
  • Cuarte de Huerva
  • Fuentes de Ebro
  • Jaulín
  • María de Huerva
  • Mediana de Aragón
  • Mozota,
  • Nuez de Ebro
  • Osera de Ebro
  • Pastriz
  • La Puebla de Alfindén
  • San Mateo de Gállego
  • Utebo
  • Villafranca de Ebro
  • Villamayor de Gállego
  • Villanueva de Gállego
  • Zaragoza
  • Zuera

 

Actuaciones subvencionables

 

Se consideran actuaciones subvencionables las inversiones por adquisición de suelo industrial de propiedad municipal y/o público, destinadas a actividad empresarial, profesional o industrial, en alguno de los polígonos o áreas de desarrollo o suelo industrial de los municipios de la provincia de Zaragoza salvo los excluidos siempre que la adquisición del suelo tenga por finalidad:

  • La instalación de nuevas empresas,
  • La ampliación o aumento de superficie del centro empresarial, o
  • El traslado de empresas existentes del núcleo urbano a polígono o área de industrial

Dicha adquisición va vinculada al mantenimiento, durante un periodo mínimo de cinco años, a destinar el fin concreto para el que se concedió, que en este caso es la inversión para actividad empresarial, profesional o industrial conforme la naturaleza de dicho suelo, conforme el ordenamiento urbanístico y la titularidad del bien durante el mencionado periodo.

 

Gastos subvencionables

 

Se consideran gastos subvencionables, única y exclusivamente, el coste de adquisición del suelo, siendo considerado como tal, el importe reflejado en la escritura de compraventa con exclusión de los intereses, impuestos indirectos y sus recargos.

El plazo para la efectiva adquisición del suelo industrial se extenderá desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024 (ambos incluidos). Este plazo no es susceptible de prórroga.

 

Plazo

 

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de octubre de 2024 inclusive.

Más información

La DPZ convoca ayudas para empresas que adquieran suelo industrial
Compártelo:

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies