El Gobierno de Aragón aprueba una convocatoria de ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países, financiada íntegramente con fondos comunitarios en el marco del nuevo plan estratégico de la Política Agrícola Común.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
- Empresas vinícolas. Dichas empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud
- Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas
- Organizaciones interprofesionales
- Organizaciones profesionales que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción
- Órganos de gestión y de representación de las DOP e IGP vitivinícolas, así como sus asociaciones
- Las asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino
- Cooperativas que comercialicen vinos elaborados por ellas o por sus asociados
- Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos
- Los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción y comunicación de productos y mercados en terceros países, a condición de que dicho organismo no sea el único beneficiario de la ayuda
Productos susceptibles de subvención
Podrán ser objeto de la intervención de promoción los productos destinados al consumo directo siguientes:
- Vino
- Vino de licor
- Vino espumoso
- Vino espumoso de calidad
- Vino espumoso aromático de calidad
- Vino de aguja
- Vino de aguja gasificado
- Vino de uvas pasificadas
- Vino de uvas sobremaduradas
- Vinos ecológicos
- Vinos desalcoholizados
- Vinos parcialmente desalcoholizados
Y que pertenezcan a algunos de los siguientes grupos:
- Vinos amparados por una DOP.
- Vinos amparados por una IGP.
- Vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación.
Acciones subvencionables
Serán susceptibles de subvención cualquiera de las acciones siguientes:
- Acciones de promoción, publicidad o relaciones públicas que destaquen en particular las normas rigurosas de los productos de la Unión Europea, sobre todo en términos de calidad, seguridad alimentaria o medio ambiente.
- Participación en actos, ferias o exposiciones Campañas de información, en particular sobre los sistemas de la Unión Europea de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológicas de importancia internacional.
- Estudios de nuevos mercados o de mercados existentes, necesarios para la búsqueda y consolidación de nuevas salidas comerciales.
- Estudios para evaluar los resultados de las programas de promoción e información.
- Preparación de expedientes técnicos, incluidas pruebas de laboratorio y evaluaciones, relativos a prácticas enológicas, normas fitosanitarias e higiénicas, así como requisitos de terceros países respecto a la importación de productos del sector vinícola, para posibilitar el acceso a los mercados de terceros países o evitar que se restrinja dicho acceso;
Dichas acciones deberán llevarse a cabo en el marco de un programa de promoción y comunicación.
Se entenderá por programa a los efectos de la intervención de promoción, el conjunto de acciones de promoción coherentes que se desarrollen en uno o varios terceros países, cuyo alcance sea suficiente para contribuir a aumentar la información sobre los productos en cuestión, así como su comercialización.
Cuantía
La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50% de los gastos subvencionables y ña cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5% del presupuesto total destinado a la intervención de promoción.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 4 de septiembre de 2024.