El Gobierno de Zaragoza ha aprobado el proyecto de Reglamento del Servicio de Estacionamiento Regulado. Este Reglamento es el paso previo, imprescindible, para la licitación del próximo contrato de gestión de este servicio, ya que precisamente requerirá la implantación del mismo con dichas mejoras tecnológicas y de señalización. Por este motivo, aunque -tras su exposición pública, recepción de alegaciones y votos particulares y votación en la Comisión de Medio Ambiente y Movilidad y en el Pleno- el Reglamento pudiera ser aprobado en septiembre, su aplicación práctica será a lo largo del año próximo, cuando se adjudique y entre en funcionamiento el nuevo servicio.
En esencia, el sistema funcionará de manera similar al actual: se establecen diferentes zonas reguladas, dentro de las cuales habrá plazas de Rotación (ESRO, color azul) y plazas de Residentes (ESRE, color naranja). Se incorporan, además, las plazas de Carga y Descarga (CyD), reservadas para este tipo de servicio y que podrán ser, fuera de los horarios establecidos, reguladas o libres.
Bonos para pymes y talleres mecánicos
Otra novedad, muy destacada, es la creación de bonos para PYMES y para talleres mecánicos.
En el caso de las Pequeñas y Medianas Empresas habrá dos modalidades:
- Por un lado, bonificación para empresarios autónomos cuyos negocios estén incluidos en los ámbitos de comercios al por menor de frutas y hortalizas; carne y productos cárnicos; pescados y mariscos; o panadería, confitería y pastelería. En estos casos, podrán disponer de hasta tres bonos anuales por negocio que implicarán un importante descuento en comparación con un pago normalizado del ticket de aparcamiento en sus vehículos rotulados, para estacionar en su zona regulada.
- Para las llamadas “PYMES itinerantes” –instalaciones eléctricas y obras obras de construcción; actividades especializadas de construcción; acabado de edificios; reparación de ordenadores, de electrodomésticos, comercios de muebles, de iluminación, etcétera-, que requieran el uso de varios vehículos. En este caso, podrán estacionar en cualquier zona de la ciudad y en cualquier tipo de estacionamiento regulado. Se facilitarán hasta tres autorizaciones por empresa.
Los talleres mecánicos tienen un capítulo específico en el Reglamento. Para facilitar su labor empresarial, podrán disponer de autorizaciones anuales para los vehículos de los clientes, hasta un máximo de tres. Así, apuntando las matriculas correspondientes en la futura aplicación, podrán tener otros tantos vehículos en su zona, independientemente de que sea zona azul o naranja.
En el caso de los transportistas y repartidores, deberán estar dados de alta en la aplicación para poder hacer su trabajo en la ciudad y hacer uso de las zonas de carga y descarga, aunque no tendrán que pagar por ello.
Bonificaciones para residentes
Como principal novedad destacan la implantación de bonificaciones para residentes en función de su renta, así como facilidades de uso para PYMES y talleres mecánicos.
En el caso de los residentes, se establecen dos niveles, “vulnerables” (descuento del 50% en los bonos para residentes) y “vulnerables severos” (descuento del 75%). Para beneficiarse de esta ayuda, la renta anual deberá ser igual o inferior, por miembro de unidad familiar, al importe de la última actualización del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en vigor. Para los residentes “vulnerables severos”, la bonificación se aplicará si dicha renta es igual o inferior al 50% del IPREM en vigor.
Los horarios se mantienen
El Reglamento no recoge las tarifas a aplicar, ya que éstas estarán recogidas en la correspondiente Ordenanza Fiscal de 2025. No obstante, la intención inicial es que las tarifas generales -al margen de las citadas bonificaciones- se mantengan similares a las actuales.
También se mantienen invariables en el Proyecto de Reglamento los horarios (mañanas de 9:00 a 14:00 y tardes de 17:00 a 20:00 horas) y los días de aplicación del estacionamiento regulado (de lunes a viernes).
El Reglamento incluye el listado de exenciones previstas, entre ellas: ciclomotores y motocicletas, aunque si estacionan fuera de los lugares establecidos para ellas deberán mantener una distancia mínima de 5 metros entre ellas, de manera que pueda caber un automóvil entre ambas.
También seguirán exentos taxis con el conductor dentro y prestando servicio; vehículos para personas con movilidad reducida que exhiban su correspondiente tarjeta acreditativa; ambulancias y servicios médicos en servicio; o cualquier vehículo, siempre que esté menos de cinco minutos en el sitio y en el interior permanezca el conductor o una persona mayor de edad.
Asimismo, se bonificará con una reducción del 50% en el pago de las tasa a los vehículos clasificados como “0 emisiones” en el Registro de Vehículos de la DGT (eléctricos 100% e híbridos enchufables) que porten la pegatina acreditativa.
El nuevo Reglamento no incluye la rotación obligatoria: es decir, se podrá prorrogar la estancia una vez superado el tiempo límite inicial, aunque la tarifa que se cobrará en estos casos irá creciendo levemente para desincentivar este uso. No se podrá, sin embargo, reiniciar una segunda operación de estacionamiento, ni el mismo sitio ni en un radio inferior a 200 metros del lugar donde se hizo la primera operación de estacionamiento. Recordamos que el objetivo último de la zona azul es facilitar cierta movilidad de los vehículos, de manera que se favorezca la posibilidad de estacionar en zonas con más actividad comercial.
En caso de que no se consuma todo el importe abonado por estar menos tiempo, éste se devolverá la diferencia mediante el mismo método utilizado para el abono, aunque también se podrá generar un “saldo” para siguientes operaciones. Si el estacionamiento dura menos de 15 minutos, se devolverá el importe íntegro abonado.