Se convocan ayudas para financiar proyectos de mejora de eficiencia energética, medidas de gestión de residuos, acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad “Km 0”, mejoras en las instalaciones y equipos, digitalización, automatización y sistemas de gestión de edificios, concienciación y formación de plantilla y sensibilización de clientes.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de empresas turísticas conforme a lo establecido en el artículo 3 del texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón, o propietarios de edificios o locales en los que se desarrollen las actividades de dichas empresas, así como de otras actividades económicas vinculadas al sector turístico:
- Que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
- Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
- Y cuya actividad esté clasificada bajo alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):
- 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros NCOP.
- 551 Hoteles y alojamientos similares.
- 5510 Hoteles y alojamientos similares.
- 552 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
- 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
- 553 Campings y aparcamientos para caravanas.
- 559 Otros alojamientos.
- 5590 Otros alojamientos.
- 56 Servicios de comidas y bebidas.
- 561 Restaurantes y puestos de comidas.
- 5610 Restaurantes y puestos de comidas.
- 5621 Provisión de comidas preparadas para eventos.
- 5629 Otros servicios de comidas.
- 7911 Actividades de las agencias de viajes.
- 7912 Actividades de los operadores turísticos.
- 799 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
- 7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
- 8230 Organización de convenciones y ferias de muestras.
- 855 Otra educación.
- 9102 Actividades de museos.
- 9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
- 9329 Actividades recreativas y entretenimiento.
- 9604 Actividades de mantenimiento físico (solo se incluyen las actividades termales y de balnearios).
- 6420 Actividades de las Sociedades Holding, únicamente las actividades realizadas en las instalaciones de las estaciones de esquí.
- Que el establecimiento o la actividad para el que se solicita la ayuda se encuentre en Aragón.
- Se incluyen las empresas de turismo activo inscritas como tales en el Registro de Turismo de Aragón y se excluyen de estas ayudas las viviendas de uso turístico.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas:
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
- Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de seguridad en instalaciones frigoríficas.
- Implantación de instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones mediante la implantación de sistemas de digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edifcios u otras instalaciones.
- Implantación de medidas de gestión de residuos.
- Implantación de acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad (“km 0”).
- Implantación de acciones de formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes.
- Implementación de un programa de gestión sostenible de recursos y modernización y ampliación de equipos.
Cuantía
La inversión mínima subvencionable por establecimiento será de 25.000 euros.
La cuantía e intensidad de la ayuda está supeditada a los límites del Reglamento (UE). En concreto, la cuantía e intensidad de la ayuda no podrá exceder los porcentajes siguientes sobre los costes subvencionables:
- 35%, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
- 45%, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
- 55%, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.
En el caso del municipio de Zaragoza los citados porcentajes serán un 5% menos en cada caso.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 29 de octubre de 2024.