Beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.
Actuaciones subvencionables:
1. La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.
2. La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas. En concreto, de dinamizadores o gerentes comerciales que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades asociativas, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga.
Cuantía:
1. La cuantía total estimada para esta convocatoria es de un millón trescientos cincuenta mil euros (1.350.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria G/150040/6221/480.437/91002 que figura en la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.
2. Las ayudas relativas a los gastos subvencionables descritos en el apartado tercero, punto 1, podrán alcanzar respecto a la promoción y publicidad hasta un máximo del 80%, y respecto a la contratación laboral de dinamizadores o gerentes comerciales hasta un máximo del 60%, excepto en los casos en los que se solicite subvención para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial por beneficiario, cuya ayuda para los gastos subvencionables de la contratación del segundo y siguientes dinamizadores comerciales será de un máximo del 40%.
3. En cualquier caso, el presupuesto máximo solicitado total no podrá superar la cantidad de 35.000 euros, excepto para las entidades no gremiales que sean representativas, como mínimo, en un ámbito provincial, cuyo presupuesto máximo solicitado total no podrá superar la cantidad de 150.000 €.
4. En los casos en los que se solicite ayuda para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial, las entidades beneficiarias deberán ser representativas, como mínimo, en un ámbito provincial.
Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 4 de octubre de 2017, siendo este el último día en el que podrán realizarse las solicitudes, comenzando el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria.