Mientras que las anteriores sentencias rechazaban la plusvalía municipal cuando se diese el caso de venta a precio inferior al de adquisición (algo lógico, pero que no se admitía por los ayuntamientos), esta sentencia acoge el argumento más “de fondo” y que desde hace mucho tiempo se venía alegando: no se puede hacer el cálculo de la plusvalía municipal (incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana) sobre el valor del suelo en el momento de la venta o transmisión, sino que debe hacerse –en lógica– sobre el valor del suelo en el momento de la adquisición. La diferencia en la cuota a pagar puede ser muy grande.
Plusvalía municipal. Corrección del cálculo