La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a financiar proyectos estratégicos de los grupos de investigación, de I+D+i en el marco de la generación de conocimiento científico y técnico y de proyectos de excelencia para la mejora de las condiciones sociales, económicas y tecnológicas de la sociedad, desarrollados por los grupos reconocidos por el Gobierno de Aragón según lo dispuesto en el Título I de esta orden, así como aprobar la convocatoria de subvenciones para el periodo 2017-2019.
Beneficiarios
Los centros y organismos de investigación que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón que cumplan los requisitos establecidos en esta orden y sean seleccionados conforme a los criterios de valoración que se señalan a continuación y obtengan un mínimo de 65 puntos sobre los 100 totales:
- La calidad científica, novedad e interés del proyecto estratégico propuesto. Hasta 50 puntos.
- La adecuación a los objetivos y líneas estratégicas establecidos en el II Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimientos, así como en la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Aragón (RIS3 Aragón). Si se adecúa, 20 puntos, en caso contrario 5 puntos.
- La capacidad técnica del investigador principal y del equipo para realizar las actividades programadas. Hasta 15 puntos.
- Las contribuciones e impacto científico-técnico que se deriven del proyecto en el estado de la investigación en el área de que se trate. Hasta 15 puntos.
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de nueve millones de euros (9.000.000 €).
Plazo
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.