Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas turísticas (PYMES), que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren inscritas en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente.
Actuaciones subvencionables
Se considerarán objeto de subvención aquellas actuaciones que supongan una modernización, impulso y mejora de la calidad de las infraestructuras de los establecimientos turísticos aragoneses como herramienta de impulso de la productividad y competitividad.
Cuantía
La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 570.000 euros. La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 20% (30% en el caso de las empresas de turismo activo), de los gastos subvencionables para cada actuación. Siendo necesario acreditar una inversión mínima de 10.000 y máxima de 300.000 euros en establecimientos turísticos y una inversión mínima de 2.000 y máxima de 20.000 euros en empresas de turismo activo (sin IVA).
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.