Lo dispuesto en este real decreto será de aplicación a los contratos del sector público cuyo objeto consista en el transporte regular interurbano de viajeros por carretera mediante vehículos propulsados por motor de combustión interna alimentado con gasóleo.
El real decreto aprueba ocho fórmulas tipo de revisión de precios para los contratos de transporte regular de viajeros por carretera, aplicables a dichos contratos en función de las características del recorrido y del tipo de vehículo a utilizar, así como de la eventual utilización de estaciones sujeta a pago de cánones o tarifas. Las fórmulas incluyen un parámetro, representado por el símbolo X, que traslada al precio el impacto de la reducción en el consumo de gasóleo experimentado por los vehículos de transporte colectivo de viajeros por carretera desde la fecha de aprobación del real decreto hasta la fecha de revisión de dicho factor X