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El objetivo del Programa MOVELE 2015 es la concesión de ayudas para incentivar y promover la adquisición de nuevos vehículos eléctricos en 2015, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión proceda, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, entre otros:

  1. Los profesionales autónomos, que tendrán que estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  2. Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el apartado “a”.
  3. Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y de naturaleza jurídica tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.

No podrán tener la condición de beneficiarios las empresas dedicadas a la comercialización de vehículos, ni las empresas vinculadas, económica o comercialmente, a empresas dedicadas a la comercialización de vehículos.

Dichas adquisiciones deberán producirse a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 287/2015, de 17 de abril (19 abril), y hasta el 31 de diciembre del mismo año

Para más información: http://www.idae.es/index.php/relcategoria.4045/id.859/relmenu.451/mod.pags/mem.detalle

Programa MOVELE 2015. Ministerio de Industria.
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