Beneficiarios
- Pymes y autónomos que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
- Asociaciones y fundaciones que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
- Organizaciones empresariales y sindicales que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza.
Finalidad
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para las pequeñas y medianas empresas (pymes), trabajadores autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza referidas a gasto corriente y/o inversión, cuyo objeto sea la creación de nuevos empleos o el mantenimiento de los ya existentes y se desarrollen en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
Cuantía
A) Importe de 500.000 euros, susceptible de ampliarse hasta un límite de 500.000 euros de importe adicional mediante la pertinente modificación presupuestaria en su caso, cuyos créditos iniciales y su distribución se realiza, con carácter estimativo, de la siguiente manera:
1. Pymes y autónomos:
- 275.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
- 56.250 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.
2. Asociaciones y fundaciones:
- 25.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital, que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.
- 18.750 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.
3. Organizaciones empresariales y sindicales:
- 125.000 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.
B) El importe máximo subvencionable es de 30.000 euros teniendo en cuenta lo siguiente:
1.º Para los gastos en inversión, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 24.000 euros.
2.º Para los gastos corrientes, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 6.000 euros. No obstante, en el caso de organizaciones empresariales y sindicales, al subvencionarse únicamente gasto corriente, la cuantía máxima a otorgar no superará la cantidad de 30.000 euros.
Plazo
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 11 de julio.