Los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán permanecer abiertos al público, sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente sobre establecimientos con régimen especial de horarios, los días siguientes del año 2019:
- 7 de enero
- 5 de mayo
- 30 de junio
- 1 de septiembre
- 1 y 24 de noviembre
- 8, 15, 22 y 29 de diciembre
Los Ayuntamientos, para todo el comercio ubicado en su término municipal, pueden sustituir, del total de domingos y festivos de apertura autorizada establecida para cada año, hasta dos, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Comunicar a la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía del Departamento de Economía, Industria y Empleo los domingos y festivos cuya sustitución se propone con una antelación mínima de 15 días naturales, tanto a la fecha que se pretende sustituir, que se establece en esta orden, como a la nueva fecha propuesta y, en todo caso antes del 30 de abril del año 2019.
- El Ayuntamiento correspondiente deberá hacer públicas las sustituciones de los domingos y festivos con una antelación mínima de 15 días naturales, tanto a la fecha que se sustituye, que se establece en esta orden, como a la nueva fecha propuesta.