Etiqueta: comercio

  • Ayudas para inversiones y mejoras del pequeño comercio en la provincia de Teruel

    Ayudas para inversiones y mejoras del pequeño comercio en la provincia de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2326/2017, de 13 de diciembre, por la que se convocan ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio de la provincia de Teruel.

    Beneficiarios

    Empresas Pequeñas y medianas empresas (pymes), comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.

    Actuaciones

    – La realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales.

    – La incorporación del comercio electrónico a la PYME del sector del comercio minorista

    Importe

    El importe total de la convocatoria es de cuatrocientos cincuenta mil euros. La ayuda para realización de obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización, ampliación o acondicionamiento y el equipamiento de locales comerciales no superará el 35% de la inversión subvencionable. La ayuda para la incorporación del comercio electrónico a la PYME del sector del comercio minorista no superará el 50% de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 euros por beneficiario.

    Plazo

    Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Modificación de Código de Comercio, Ley de Sociedades de Capital y Auditorías de Cuentas

    Modificación de Código de Comercio, Ley de Sociedades de Capital y Auditorías de Cuentas

    BOE

    Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad

    Trasposición de Directiva comunitaria que regula el contenido de la información que deben facilitar las sociedades en materia “no financiera”, comprendiendo la responsabilidad social corporativa, medioambiental, cuestiones sociales, igualdad de género, medidas contra corrupción, etc.

    La información se deberá facilitar mediante marcos (modelos) nacionales, europeos o internacionalmente reconocidos. (Las empresas con registro EMAS cumplirían con el requisito formal al efecto).

    Al ser las Cuentas Anuales el medio nacionalmente reglado para facilitar tal información, se modifican en tal materia:

    • Ley de Sociedades de Capital
    • Código de Comercio
    • Ley de Auditoría de Cuentas
  • Nace el Observatorio Local de Comercio para apoyar al comercio de proximidad zaragozano

    Nace el Observatorio Local de Comercio para apoyar al comercio de proximidad zaragozano

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    El Gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza ha aprobado la creación del nuevo Observatorio Local de Comercio de Zaragoza. Un órgano de carácter consultivo que tendrá la finalidad de facilitar la coordinación de todos los agentes sociales y entidades implicadas en la dinamización del comercio de proximidad, para informar, asesorar y realizar propuestas relacionadas con el comercio de la ciudad de Zaragoza.

    Este órgano servirá para impulsar y mejorar la aplicación de las políticas de apoyo al comercio de proximidad con el objetivo de conseguir un modelo de ciudad consolidada más sostenible desde el punto de vista social y medioambiental, apostando por la revitalización de los barrios de la ciudad.

    En el nuevo Observatorio Local de Comercio tendrá representación de los grupos municipales, Gobierno de Aragón, Cámara de Comercio de Zaragoza, la Federación de Empresarios de Comercio y Servicios de Zaragoza y Provincia (ECOS), la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (Cepyme Aragón), la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA Aragón), tres representantes de las asociaciones de comercio, los sindicatos del sector comercio, Mercado Social Aragón (Cooperativa MESCoop), Federación de Asociaciones de Barrio de Zaragoza (FABZ), Unión Vecinal Césaraugusta, tres representantes de asociaciones de vecinos y vecinas, una de las asociaciones de consumidores y consumidoras, una del comercio intercultural de Zaragoza y una más de las asociaciones de inmigrantes.

  • Apertura autorizada de comercios en domingos y festivos 2018 en Aragón

    Apertura autorizada de comercios en domingos y festivos 2018 en Aragón

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    ORDEN EIE/1108/2017, de 21 de julio, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2018, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán permanecer abiertos al público los días siguientes del año 2018:

    • 7 de enero
    • 4 de marzo
    • 6 de mayo
    • 1 de julio
    • 2 de septiembre
    • 1 de noviembre
    • 8, 16, 23 y 30 de diciembre

    Los Ayuntamientos, para todo el comercio ubicado en su término municipal, pueden sustituir, del total de domingos y festivos de apertura autorizada establecida para cada año, hasta dos, cumpliendo los siguientes requisitos:

    • Comunicar a la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía del Departamento de Economía, Industria y Empleo los domingos y festivos cuya sustitución se propone con una antelación mínima de 15 días naturales, tanto a la fecha que se pretende sustituir, que se establece en esta orden, como a la nueva fecha propuesta y, en todo caso antes del 30 de abril del año 2018.
    • El Ayuntamiento correspondiente deberá hacer públicas las sustituciones de los domingos y festivos con una antelación mínima de 15 días naturales, tanto a la fecha que se sustituye, que se establece en esta orden, como a la nueva fecha propuesta.
  • Ayudas para actuaciones de promoción y dinamización comercial

    Ayudas para actuaciones de promoción y dinamización comercial

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    EXTRACTO de la Orden EIE/1019/2017, de 29 de junio, por la que se convocan para el ejercicio del año 2017, ayudas correspondientes a actuaciones de promoción y dinamización comercial, realizadas por entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio.

    Beneficiarios:

    Las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.

    Actuaciones subvencionables:

    1. La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.

    2. La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas. En concreto, de dinamizadores o gerentes comerciales que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades asociativas, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga.

    Cuantía:

    1. La cuantía total estimada para esta convocatoria es de un millón trescientos cincuenta mil euros (1.350.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria G/150040/6221/480.437/91002 que figura en la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.

    2. Las ayudas relativas a los gastos subvencionables descritos en el apartado tercero, punto 1, podrán alcanzar respecto a la promoción y publicidad hasta un máximo del 80%, y respecto a la contratación laboral de dinamizadores o gerentes comerciales hasta un máximo del 60%, excepto en los casos en los que se solicite subvención para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial por beneficiario, cuya ayuda para los gastos subvencionables de la contratación del segundo y siguientes dinamizadores comerciales será de un máximo del 40%.

    3. En cualquier caso, el presupuesto máximo solicitado total no podrá superar la cantidad de 35.000 euros, excepto para las entidades no gremiales que sean representativas, como mínimo, en un ámbito provincial, cuyo presupuesto máximo solicitado total no podrá superar la cantidad de 150.000 €.

    4. En los casos en los que se solicite ayuda para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial, las entidades beneficiarias deberán ser representativas, como mínimo, en un ámbito provincial.

    Plazo:

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 4 de octubre de 2017, siendo este el último día en el que podrán realizarse las solicitudes, comenzando el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria.

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