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  • Recordatorio de la normativa sobre el cobro de bolsas de plástico en comercios

    bolsascampaña

    Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores.

    Como recordatorio de nuestras anteriores Circulares, publicadas con motivo de la promulgación del Real Decreto, reproducimos a continuación el texto informativo de la Dirección General de Sostenibilidad sobre la materia, destacando en todo caso del texto de la  norma lo siguiente:

    “ … c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.

    d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores”.

    Información útil para ciudadanos y comerciantes

    El Real Decreto indica que a partir del 1 de julio de 2018:

    Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico, a excepción de las muy ligeras (de menos de 15 micras) y las gruesas (de espesor igual o superior a 50 micras) con un porcentaje de al menos el 70% de plástico reciclado.

    El precio lo fija el comerciante, aunque el anexo I del Real Decreto establece los siguientes precios orientativos (con el IVA incluido):

    Espesor <15 micras necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granel.

    gratuitas

    Espesor <15 micras NO necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granel.

    0,05 € / bolsa

    Espesor ?15 micras y <50 micras.

    0,15 € / bolsa

    Espesor ?50 micras con un contenido en plástico reciclado <50%

    0,15 € / bolsa

    Espesor ? 50 micras con un contenido en plástico reciclado ?50% pero <70%

    0,10 € / bolsa

    espesor ? 50 micras con un contenido en plástico reciclado ? 70%

    gratuitas

    El comerciante debe informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.

    A partir del 1 de enero de 2020:

    • Se prohíben las bolsas de plástico fragmentable (fabricadas con aditivos que facilitan la fragmentación del plástico)
    • Las bolsas gruesas (de espesor igual o superior a 50 micras) deben contener al menos un 50% de plásticos reciclado

    A partir del 1 de enero de 2021:

    • Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor, excepto si son de plástico compostable.

    Estas medidas afectan tanto a las bolsas de plástico entregadas en los puntos de venta como a las que puedan suministrarse en la venta online y las entregadas a domicilio.

    Información útil para fabricantes e importadores de bolsas de plástico

    El Real Decreto también establece una serie de obligaciones para aquellos que ponen por primera vez bolsas de plástico en el mercado nacional. Estos son los fabricantes nacionales y los importadores de bolsas de plástico terminadas.

    Es obligatoria su inscripción antes del 19 de agosto de 2018 en la sección de bolsas de plástico del Registro de Productores de Productos, adscrito a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica, así como es obligatorio proporcionar la información anual relativa a la puesta en el mercado de bolsas de plástico.

    En breve se pondrá a disposición de los fabricantes la aplicación informática para su inscripción en el registro. En cuanto esté disponible se anunciará en la página web del Ministerio de Transición Ecológica.


    Modelo/Ejemplo (descargable) de cartel OBLIGATORIO para comercios y establecimientos:

    20180703_BolsasCEPYME

  • Concursos y Licitaciones: BOA – 16/05/2017

    Concursos y Licitaciones: BOA – 16/05/2017

    BOA_EscudoBoletin

    • Impartición de talleres de habilidades para el empleo.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Acuerdo marco de homologación del suministro, por precios unitarios, de papel de fibra virgen para fotocopiadoras, impresos de carácter general; bolsas y sobres de carácter general; papel y sobres para gabinetes y cartuchos de tóner, cintas de nylon y de transferencia térmica para impresoras, fax láser, de inyección, matriciales y térmicas con destino a los Departamentos y organismos Públicos de la Comunidad autónoma de Aragón.
      [Ver ANUNCIO BOA] – [RECTIFICACIÓN POSTERIOR]
    • Suministro de productos alimenticios para las guarderías infantiles de titularidad del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Servicio de alimentación del Centro de Rehabilitación Psicosocial “San Juan de Dios” de Teruel
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Suministro de implantes diversos para varios Servicios.
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Servicio limpieza, lavandería y plancha de los Centros de Salud de Albarracín, Aliaga, Cella y Utrillas
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Suministro de sondas de gastrostomía y otras sondas
      [Ver ANUNCIO BOA]
    • Suministro e instalación de un cluster de ordenadores para cálculo científico intensivo, con software incluido e integración en el mismo de 3 nodos de cálculo ya existentes en la Universidad de Zaragoza.
      [Ver ANUNCIO BOA]

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