A partir del 1 de septiembre del año 2018, sólo se podrán matricular vehículos nuevos de las categorías M1, M2 y N1 clase I (aquellos con una Masa en Orden de Marcha no superior a 1280 kg) si sus emisiones de CO2 están medidas conforme a los preceptos establecidos en el propio Reglamento 2017/1151.