Autor: CEPYME Aragón

  • CEPYME Aragón, Gobierno y los Agentes Sociales presentan el PEAC a los clústeres en una sesión informativa

    CEPYME Aragón, Gobierno y los Agentes Sociales presentan el PEAC a los clústeres en una sesión informativa

    Esta mañana ha tenido lugar en el CEEI Aragón la sesión informativa sobre el Procedimiento de
    Evaluación y Acreditación de Competencias Profesionales “PEAC” dirigida a los clústeres
    aragoneses. Este programa otorga una acreditación oficial a las personas sin titulación que
    puedan demostrar su experiencia laboral o formación sin reconocimiento en el campo pertinente
    a la cualificación profesional que se desea acreditar. Así pues, el PEAC permite la convalidación
    de los módulos correspondientes de un certificado de profesionalidad o de un título de formación
    profesional facilitando su obtención.

    En esta sesión, organizada y dinamizada conjuntamente por el Gobierno de Aragón, CEPYME
    Aragón, CEOE Aragón, UGT Aragón y CCOO Aragón, se ha presentado dicho procedimiento, sus
    ventajas y formas de participación a los clústeres del territorio.
    En la jornada se han dado a conocer las posibles necesidades de cualificación, acreditación y/o
    formación del sector para cada perfil profesional para poner en valor la importancia de impulsar el
    PEAC entre los trabajadores, como iniciativa para acreditar la cualificación con experiencia actual
    y pasada en las actividades del sector. También se ha resaltado el gran papel que juegan los
    Agentes Sociales en Aragón como acompañantes de estas personas.
    CEPYME Aragón ha trabajado realizando actuaciones de información y orientación dirigidas a las
    empresas y la población trabajadora vinculada a las ocupaciones de las cualificaciones
    profesionales.
    ¿Quiénes pueden participar en el PEAC?
    Los trabajadores que quieran acceder a este procedimiento de acreditación de competencias
    deben tener una experiencia laboral de tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en
    los últimos quince años, para cualificaciones de niveles II y III.

    En caso de querer acreditar una cualificación profesional de nivel I, se exige una experiencia
    laboral de dos años, con un mínimo de 1.200 horas trabajadas dentro de la horquilla temporal
    mencionada.
    En cuanto a la formación, se exigen 300 horas en los últimos diez años para cualificaciones de
    niveles II y III y 200 horas en el mismo periodo para cualificaciones de nivel I.
    Ventajas para empresas y trabajadores
    EL PEAC resulta interesante para las empresas porque la contratación de trabajadores con
    certificación profesional garantiza que poseen las competencias, habilidades y conocimientos
    necesarios, así como una experiencia demostrable, para su trabajo. El procedimiento también
    potencia la mejora profesional de su capital humano y, consecuentemente, aumenta la
    competitividad y adaptación a las necesidades cambiantes del mercado.
    Por otra parte, los trabajadores se benefician en tanto que el PEAC les abre la posibilidad de
    obtener un reconocimiento oficial a través de un certificado profesional o título de FP, completando
    la formación correspondiente. Esta acción significa una puesta en valor de su experiencia laboral
    y les impulsa en su progresión profesional y aprendizaje. Así, el PEAC favorece tanto la
    conservación y mejora del empleo como la posibilidad de encontrar uno nuevo.
    En definitiva, el objetivo final de este protocolo, abierto hasta 2024, es que el mayor número de
    trabajadores puedan participar en un procedimiento para que se les reconozca su cualificación y,
    de esta forma, incrementar su empleabilidad y la obtención de un título que les capacite para
    ejercer su profesión.

  • CEPYME Aragón valora positivamente el descenso  del paro, aunque avisa de que muchos de los  contratos son temporales

    CEPYME Aragón valora positivamente el descenso del paro, aunque avisa de que muchos de los contratos son temporales

    El paro registrado en Aragón en el mes de junio ha bajado en 1.970 personas respecto al mes
    de mayo, lo que supone una caída del 3,59%. Así, la Comunidad Autónoma contaba al finalizar
    el mes con 52.876 parados registrados en las oficinas públicas de empleo.
    La provincia que ha recogido el mayor descenso porcentual ha sido Huesca, con un 3,97% de
    variación mensual, que se traduce en 285 desempleados menos. Le sigue Zaragoza con una
    caída del 3,60%, que supone 1.547 personas desempleadas menos; y Teruel con una bajada
    del paro del 2,95% tras sumar 138 empleados.

    Estas cifras sitúan a Aragón como la quinta Comunidad Autónoma en la que más ha bajado el
    paro en el mes de junio. Por otro lado, en cifras interanuales y respecto al mismo mes de 2022
    el paro ha descendido un 8,19%.

    La presidenta de CEPYME Aragón, María Jesús Lorente, ha incidido en que “aunque un
    descenso del paro siempre es positivo, junio es un mes que generalmente registra
    descensos porque coincide con el comienzo de la campaña de verano que genera
    puestos de trabajo en el sector servicios, donde han bajado drásticamente las cifras. Sin
    embargo, debemos ser conscientes de que la clave para conseguir una economía estable
    es apostar por sectores estructurales como la industria o la construcción. No podemos
    depender de la estacionalidad”.

    Indicador de CEPYME sobre la Situación de las Pymes Españolas
    Aprovechando la valoración de los datos anteriormente explayada, hacemos hincapié en el
    Indicador de Situación de las Pymes Españolas en el primer trimestre que ha publicado
    CEPYME nacional en las últimas horas.
    El tejido empresarial aragonés está formado en un 99,9% por pymes y autónomos, atosigados
    por la subida del 4,4% de los costes laborales en el primer trimestre, según el recién publicado
    indicador de CEPYME.

    Este porcentaje se nutre de los incrementos salariales y evidencia el
    desigual impacto del alza de las cotizaciones y del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) según
    el tamaño, sector y territorio en el que se ubique la empresa
    “En CEPYME Aragón llamamos a la moderación. No se pueden aplicar las mismas
    medidas para todos los sectores y territorios. En casos como el de Teruel, la subida del
    SMI se ha traducido en un incremento del salario medio hasta el 87%, 27 puntos por
    encima de la recomendación de la Unión Europea que se sitúa en el 60%”, ha señalado
    Lorente. “Estas situaciones dificultan el trabajo y la contratación a las pequeñas y
    medianas empresas que dan vida a nuestro tejido empresarial”, ha concluido.
    También es importante mencionar que se materializa un contexto de restricción de la
    financiación bancaria coexistente con una contracción del crédito comercial. La concesión de
    nuevos créditos a pymes en el primer trimestre llegó a 43.800 millones, cifra similar a la de los
    tres trimestres anteriores. Aunque estos volúmenes de nuevos créditos son alrededor de un 6%
    mayores que los del primer trimestre de 2019. Se trata de un incremento de la financiación más
    aparente que real, ya que en esos cuatro años la inflación acumulada fue del 16%. Es decir, el
    nuevo crédito financia en términos reales un 10% menos

  • Comienza el período de confección  del Impuesto sobre Sociedades

    Comienza el período de confección del Impuesto sobre Sociedades

    Casi finalizado el plazo de presentación de las declaraciones fiscales de IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio, comienza el período de confección del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2022, cuyo plazo de presentación finará el próximo 25 de julio.

    Al igual que en los precitados impuestos, están ahora disponibles, para las sociedades y entidades obligadas a su presentación, los datos fiscales del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) correspondientes al ejercicio 2022, tanto para su consulta como para su descarga.

    Los vínculos que facilita la AEAT a tales efectos son los siguientes:

    Visualización de datos fiscales  Documentación y fichero de datos fiscales

  • Convocados los premios Talento Empleo

    Convocados los premios Talento Empleo

    “TalentoEmpleo” tiene como finalidad reconocer la labor de aquellas empresas y entidades, asentadas en el territorio Aragonés, que contribuyen a la creación de empleo estable y de calidad, así como al desarrollo de sus trabajadores, fomentando la actividad económica, la competitividad del territorio y la integración social. La iniciativa presentada en la última semana de junio está desarrollada de la mano de CEPYME Aragón junto con el Grupo San Valero y CEOE Aragón. El plazo para presentar presentar las candidaturas es  hasta el día 22 de septiembre.

    Las bases reconocen el empleo generado en el año 2022 en base a cuatro categorías:

    • Microempresa.
    • Pequeña y mediana empresa.
    • Gran empresas
    • Tercer sector (fundaciones, organizaciones sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo, entidades de inserción social, etc

    Toda la información en la web del grupo San Valero

    https://www.gruposanvalero.es/talentoempleo

    En la edición anterior se alzaron con este reconocimiento: en la categoría de Micropymes, Ibersyd; en la categoría de Pequeñas y Medianas Empresas, Magaiz; en Grandes Empresas, Adidas y en la que engloba a las entidades del Tercer Sector, Atades. El acto de presentación ha contaba con la presencia de Miguel Marzo, presidente de CEOE Aragón; Mª Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Aragón; César Romero, director general del Grupo San Valero.

  • Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Las empresas deberán acreditar las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation

    Con motivo de la publicación de la Ley 13/2003, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, se han venido publicando sucesivas notas interpretativas o informativas en la sede electrónica de la AEAT, dado el gran número de novedades que implica tal Ley.

    Toca ahora el informar sobre la exigencia de acreditación de las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation (y el uso de la herramienta informática de análisis de conflictos de intereses, “MINERVA”):

     

    La modificación legal

     

    La Ley 13/2023, de 24 de mayo ha modificado el artículo 93 de la LGT, añadiendo una nueva letra e) en el apartado 1, y el artículo 95 de la LGT, añadiendo una nueva letra n) en el apartado 1.

    En virtud de esta modificación normativa, las entidades deberán proporcionar a la Administración tributaria la información referida a las personas físicas que son los titulares reales de las mismas, y la Administración tributaria podrá ceder cierta información en esta materia para ser utilizada en los procedimientos de análisis del conflicto de interés que deban realizarse en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, instrumento de estímulo económico financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus.

    Para la materialización de estas ayudas se creó el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, instrumento que pone a disposición de los 27 Estados miembros apoyo a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas y acometer reformas estructurales que contribuyan a la recuperación de la economía y el empleo y a abordar los principales retos económicos y sociales en los años post COVID-19.

    Dicho Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia exige a cada Estado miembro la elaboración de un Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La aplicación del Mecanismo debe efectuarse en consonancia con el principio de buena gestión financiera, incluyendo la prevención y persecución efectiva del fraude, en particular, el fraude y la evasión fiscal, la corrupción y los conflictos de intereses.

    En cumplimiento de lo anterior, la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, reguló el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, basándose en una herramienta informática bautizada como MINERVA, íntegramente desarrollada con los medios técnicos de la Agencia Tributaria.

    Esta herramienta verifica las relaciones existentes entre los miembros de los órganos de contratación y los órganos responsables de concesión de subvenciones, y los participantes en esas convocatorias, cuando los contratos o subvenciones sean financiados con los fondos Next Generation. Se trata con ello de prevenir situaciones en las que exista conflicto de interés.

    Para poder realizar el análisis de conflicto de interés ha sido necesario constituir una base de datos de titulares reales de personas y entidades jurídicas. Y es en este contexto, con objeto de mantener de una forma ágil y actualizada información de dichos titulares reales, en el que se ha modificado el artículo 93 de la LGT para solicitar que se comunique esta información en determinadas declaraciones tributarias.

    Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de que la base nacional de titularidades reales se constituya por parte del Ministerio de Justicia, responsable a estos efectos, con la participación de Notarios y Registradores.

    Por su parte, la modificación del artículo 95 de la LGT permite levantar la reserva de los datos e informaciones manejados por la administración tributaria, para comunicar los resultados del análisis del conflicto de interés sobre titularidad real y vinculaciones de tipo familiar, a los responsables de las operaciones que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que, en su caso, puedan adoptar las medidas de prevención del conflicto de interés que procedan.

    De esta forma se garantiza la gestión ágil y segura de los Fondos europeos mediante un adecuado análisis ex ante del conflicto de interés.

    Texto íntegro de la Ley

     

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